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CLASIFICACIÓN, ENVASADO Y ETIQUETADO DE PREPARADOS PELIGROSOS

03/03/2003
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Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos (BOE de 4 de marzo de 2003).

El Real Decreto 255/2003 garantiza una mayor protección de la salud de la población y establece un sistema de información sanitaria para la prevención y el tratamiento de intoxicaciones o accidentes.

Regula el Real Decreto la clasificación, envasado y etiquetado de los preparados peligrosos para la salud humana y el medio ambiente, así como los requisitos específicos de determinados productos que pueden representar un riesgo, estén o no clasificados como peligrosos.

El Real Decreto 255/2003 incorpora al ordenamiento interno español la Directiva 1999/45/CE, la Directiva 2001/60/CE y parcialmente la Directiva 2001/58/CE en lo referente a las fichas de datos de seguridad de los preparados peligrosos.

El Real Decreto establece que la evaluación de los peligros para la salud se realizará mediante la determinación de sus propiedades toxicológicas.

Asimismo, la nueva norma exige que los envases estén fabricados de forma que no haya pérdidas de contenido, ni siquiera en el caso de cierre reutilizable. Por tanto, los recipientes con determinados preparados vendidos al público incluidos en el Real Decreto 255/2003 deberán estar provistos de un cierre de seguridad.

Establece el Real Decreto que en el etiquetado de estos preparados figurará el nombre comercial, la identificación del responsable de su comercialización, la denominación química de las sustancias del mismo, indicaciones de peligro, frases de riesgo, consejos de prudencia y cantidad nominal del contenido.

El Real Decreto 255/2003 introduce, además, los criterios para la clasificación y etiquetado de preparados peligrosos para el medio ambiente e incluye en el ámbito de aplicación de esta norma a los biocidas y a los productos fitosanitarios.

Una modificación muy importante es la incorporación de una guía mucho más completa y precisa en cuanto a las orientaciones dadas a los responsables de la comercialización de los preparados peligrosos para la elaboración de las fichas de datos de seguridad.

Por último, la norma prevé establecer un sistema de información sanitaria para la prevención y el tratamiento de intoxicaciones o accidentes, en colaboración con el Instituto Nacional de Toxicología.

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