La queja presentada al Defensor del Pueblo por una marroquí residente en España, que se sintió discriminada por la aplicación a su demanda de divorcio de la legislación de su país, favorable al hombre, va a finalizar en una reforma del Código Civil.
De esta forma, el Ministerio de Justicia, llevará a cabo una reforma del artículo 107 del Código Civil para permitir que mujeres provenientes de Estados con una normativa sexista o contraria a los derechos de la mujer en materia de divorcio y separación puedan solicitar la aplicación de la Ley española en su beneficio.
El nuevo artículo 107 permitirá que, cuando ambos cónyuges residan en España, la parte demandante de una separación o un divorcio pueda elegir que se le aplique la Ley española.
El vigente artículo 107 del Código Civil establece que “la separación y el divorcio se regirán por la Ley nacional común de los cónyuges en el momento de la presentación de la demanda”.
Este problema afecta a todas las mujeres inmigrantes, pero es especialmente acuciante en el caso de las musulmanas. Así, el Defensor del Pueblo recuerda que a estas mujeres, que han cesado su convivencia de hecho con sus maridos, no se les reconoce la separación solicitada, dado que los Jueces y Tribunales españoles aplican el artículo 107 del Código Civil de manera restrictiva.
Según el Defensor del Pueblo, la aplicación del artículo 107 del Código Civil vulnera el principio de igualdad, entre otros consagrados por la Constitución y los Convenios Internacionales de Derechos Humanos.
Ante esta situación, el secretario de Estado de Justicia, señala que a la vista del progresivo aumento en la sociedad española de población de origen musulmán, es previsible el incremento de juicios sobre separación y divorcio en los que deberán ser aplicadas las normas de Derecho Internacional Privado.
En su opinión, se acabaría así dando lugar a la consolidación de una doctrina jurisprudencial que asegurará una interpretación y aplicación uniforme de estas disposiciones. No obstante, subraya, que mientras esta doctrina se consolidara, se daría una importante situación de inseguridad jurídica para aquellas mujeres que se vieran implicadas en estos procesos. Por ello, coincide plenamente con el Defensor del Pueblo en la necesidad de modificar el mencionado artículo.