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  • EDICIÓN DE 20/08/2002
 
 

ENSEÑANZAS DE BACHILLERATO

20/08/2002
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Decreto 208/2002, de 23 de julio, por el que se modifica el Decreto 126/1994, de 7 de junio, por el que se establecen las enseñanzas correspondientes al Bachillerato en Andalucía (BOJA de 20 de agosto de 2002).

Por un lado, el Estatuto de Autonomía de Andalucía otorga a esta Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

Y. por otro, la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, determina que las Administraciones educativas de las Comunidades Autónomas establecerán el currículo de los distintos niveles, etapas, ciclos, grados y modalidades del sistema educativo, del que formarán parte, en todo caso, las enseñanzas mínimas.

El Decreto 208/2002 modifica determinados aspectos estructurales del Bachillerato vinculando las materias comunes a un curso concreto, introduciendo nuevas materias propias de modalidad y dotando de mayor concreción a los currículos de las diferentes materias.

La finalidad del nuevo Decreto es favorecer la madurez intelectual y humana de los alumnos, así como los conocimientos y habilidades que les permitan desempeñar sus funciones sociales con responsabilidad y competencia y prepararlos para estudios posteriores.

El anexo del Decreto 208/2002 establece los objetivos, contenidos y criterios de evaluación para las materias comunes y las propias de cada modalidad de bachillerato.

Tanto la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía de Andalucía como la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo pueden consultarse, respectivamente, en el Libro Segundo y Séptimo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

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