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Audiencia de Sevilla

Penas de hasta 22 años de cárcel y casi 1 millón de euros a los acusados de matar a un hombre a tiros en Torreblanca

05/11/2025
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Los tres hermanos enjuiciados por un jurado popular el pasado septiembre en la Audiencia de Sevilla por el crimen que costó la vida a un hombre que fue tiroteado mientras conducía su vehículo en dirección contraria tras una acalorada discusión entre ambas familias en el barrio de Torreblanca de la capital en noviembre de 2022 han sido condenados a penas de hasta veintidós años de prisión y una indemnización total de 990.000 euros para la familia de la víctima.

SEVILLA 3 Nov. (EUROPA PRESS) -

Así lo recoge la sentencia, facilitada por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que ha condenado al primero de los hermanos, único autor confeso del crimen, como autor responsable de un delito de asesinato a veinte años de prisión, así como a dos años y tres meses de prisión por delitos de tenencia ilícita de arma corta y larga. Durante la última sesión, el jurado popular consideró probado que este hombre habría poseído una pistola y escopeta con las que llegó a disparar a la víctima.

Por su parte, el segundo hermano, que según consideró probado el jurado popular efectuó disparos que pudieron no llegar a alcanzar a la víctima pero participó "de forma activa y pasional" en el incidente tras una discusión previa, ha sido condenado por delito de asesinato y tenencia ilícita de arma corta, por los que asumirá una pena de 18 años de prisión.

Por último, la sentencia ha ratificado la decisión del jurado, que consideró al tercero de los hermanos no culpable de los delitos de relación con la tenencia de armas, aunque lo ha condenado a siete años y siete meses de prisión en calidad de cómplice del asesinato.

Asimismo, el tribunal ha condenado a los tres hermanos, aunque el tercero de ellos de forma subsidiaria, ha abonar "conjunta y solidariamente" un total de 990.000 euros a la familia de la víctima, así como a asumir las costas del procedimiento legal.

Cabe enmarcar que, en su escrito inicial de acusación, la Fiscalía solicitaba para cada uno de los tres acusados veinte años de prisión por un delito de asesinato, un año y seis meses de cárcel por un delito de tenencia ilícita de arma corta y nueve meses de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas largas, así como la indemnización conjunta y "solidariamente" con un total de 956.000 euros a los padres y los hijos del fallecido, además de la cantidad para cada uno de los hermanos, de 20.000 euros si fueran mayores de 30 años y con 26.000 euros si tuvieran 30 años o menos.

En su escrito, el tribunal ha considerado probado que la hija de la víctima mantenía una relación sentimental con el hijo del principal acusado, hecho que promovió "malas relaciones" entre ambas familias y que motivó que el primero se presentase "de mal talante" en el domicilio de los hermanos.

A consecuencia de este encuentro, el segundo, para evitar "problemas futuros" decidió acabar con la vida de la víctima, tal y como dicta el tribunal, por lo que reunió a sus hermanos para llevar a cabo la hazaña. No obstante, el tercero de los acusados solo estuvo de acuerdo en ayudar a sus hermanos, sin llegar a participar en el incidente de forma directa.

Posteriormente, mientras que la víctima conducía su coche en dirección contraria, los acusados dispararon en varias ocasiones desde la vivienda con una pistola y una escopeta. En concreto, el principal autor llegó a alcanzar al hombre disparando hasta en seis ocasiones con este último arma a través de la ventanilla del copiloto y, después, a través de la parte posterior del coche.

El tercero de los hermanos no habría propiciado disparos, aunque sí habría avisado de la presencia de la víctima. Tras el episodio, los tres emprendieron una huida con otros familiares en una furgoneta, o vehículo similar.

Según el tribunal, el ataque fue "sorpresivo e inesperado", por lo que la víctima, que no portaba arma según la sala, no tuvo posibilidad de defenderse.

Cabe enmarcar que el varón, de 40 años de edad en el momento de los hechos, sufrió múltiples impactos por disparos de arma de fuego de proyectil múltiple, en concreto perdigones, que afectaron a la región craneal, facial, miembros superiores, tórax y abdomen. En consecuencia, permaneció en estado vegetativo hasta que finalmente falleció el 31 de octubre de 2023.

En este sentido, el tribunal ha detallado que, aunque la muerte final se produjo a consecuencia del cáncer de pulmón que padecía, esta no es independiente de los disparos que sufrió dado que, de no haber estado en el estado vegetativo mencionado, se podría haber detectado y tratado dicho tumor.

Respecto a la tenencia de armas, el escrito especifica que el autor principal era propietario de una pistola y al menos una escopeta, mientras que el segundo tenía en su poder una pistola, sin tener ninguno de ellos licencia para las armas mencionadas.

En este contexto, cabe mencionar que el jurado popular declaró culpables a los tres hermanos del delito de asesinato, el tercero de ellos como cooperador, y consideró probado por unanimidad que el principal autor de los hechos actuó por "inquina", sin que nada tuviese que ver una supuesta actuación bajo la influencia de sustancias estupefacientes.

Al respecto, el tribunal también ha indicado que el principal autor actuó "en plano uso de sus facultades", sin influencia alguna de estupefacientes. Asimismo, ha resaltado que este varón confesó desde su detención su participación en los hechos, lo que despejó parte de la investigación.

En definitiva, en la descripción de los hechos probados, el tribunal ha considerado al primer hermano principal protagonista de la causa tras su confesión de los hechos, propiedad de armas y participación en la pelea previa a los hechos, así como ser padre de la pareja del hijo de la víctima.

Respecto al segundo de los acusados, ha sido probado como el principal colaborador, según el tribunal, del primer hermano al propiciar disparos con una pistola, tal y como se extrae del análisis de los hechos, de los testimonios y las intervenciones telefónicas.

El tercero de los hermanos, por su parte, habría participado como un mero ayudante, dando aviso de la presencia de la víctima desde la azotea del edificio y huyendo después, sin llegar a portar arma.

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