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Oferta parcial de empleo público

09/05/2025
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Decreto Foral 42/2025, de 30 de abril, por el que se aprueba oferta parcial de empleo público del ámbito de Administración Núcleo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos correspondiente al año 2025 (BON de 8 de mayo de 2025). Texto completo.

DECRETO FORAL 42/2025, DE 30 DE ABRIL, POR EL QUE SE APRUEBA OFERTA PARCIAL DE EMPLEO PÚBLICO DEL ÁMBITO DE ADMINISTRACIÓN NÚCLEO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS CORRESPONDIENTE AL AÑO 2025.

La Ley 31/2022, de 23 de diciembre Vínculo a legislación, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogada para el año 2025, dispone en su artículo 20.Uno apartado 1 que la incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida a las administraciones públicas se llevará a cabo a través de la oferta de empleo público, como plasmación del ejercicio de la planificación en un marco plurianual.

Asimismo, en su artículo 20.Dos apartado 1 establece que la oferta de empleo público se articulará a través de una tasa de reposición de efectivos del 120 por cien en los sectores prioritarios y del 110 por cien en los demás sectores, así como del 125 por ciento para los cuerpos de policía autonómica, considerado sector prioritario.

Del mismo modo, en su artículo 20.Dos Vínculo a legislación apartado 4 Vínculo a legislación establece que cada Administración podrá autorizar, con carácter extraordinario, la tasa específica que sea necesaria para dar cumplimiento del objetivo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, de que la temporalidad en el empleo público no supere el 8 por ciento de las plazas de naturaleza estructural en cada uno de sus ámbitos, siempre que venga justificado de acuerdo con el instrumento de planificación plurianual con que deberá contar.

Finalmente la Ley 31/2022, de 23 de diciembre Vínculo a legislación, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, establece en su artículo 20.Tres los límites en la incorporación de nuevo personal a las administraciones públicas, así como las excepciones aplicables en determinados sectores de la actividad pública. Entre las excepciones que contempla, dispone que no computarán para el límite máximo de tasa de reposición, las plazas que se convoquen por promoción interna pública.

Del análisis de los datos de la plantilla del ámbito de Administración Núcleo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra se extrae que esta oferta parcial de empleo público para el año 2025 es de un total 315 plazas relativas al ámbito de Administración Núcleo, distribuidas en 269 plazas correspondiente a la tasa de reposición específica en los términos establecidos por el artículo 20.Dos apartado 4 de la antedicha Ley 31/2022, 20 plazas de agente de Policía Foral correspondiente a la tasa de reposición de personal en los términos establecidos por el artículo 20.Dos apartado 1 de la antedicha Ley 31/2022 y 26 plazas de cabo bombero/a, que no computan a los efectos de la tasa de reposición de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre Vínculo a legislación, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

El Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, una vez negociada en la Mesa General de Negociación del personal funcionario y estatutario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, propone al Gobierno de Navarra la aprobación de una oferta parcial de empleo público para el año 2025 que comprende un total de 315 plazas relativas al ámbito de Administración Núcleo.

A la entrada en vigor del presente decreto foral las 315 plazas figurarán como vacantes en la plantilla orgánica, y cuentan con la suficiente dotación presupuestaria para su provisión.

Por último, en cumplimiento del Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las administraciones públicas, el número de plazas de esta oferta parcial de empleo público que configuran los turnos de reserva para personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 es de 23 y, una vez emitidos los informes de los órganos competentes del Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo y de la Comisión Mixta de promoción del acceso al empleo público de las personas con discapacidad en el ámbito de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, se concretan los puestos de trabajo en que se aplica dicha reserva.

Igualmente, en cumplimiento de la Ley Foral 17/2019, de 4 de abril Vínculo a legislación, de Igualdad entre Mujeres y Hombres, el número de plazas de esta oferta parcial de empleo público que configuran el turno de reserva para mujeres víctimas de violencia de género es de 7 y se concretan los puestos de trabajo en que se aplica dicha reserva.

En su virtud, a propuesta de la consejera de Interior, Función Pública y Justicia y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día treinta de abril de dos mil veinticinco,

DECRETO:

Artículo 1.º Aprobación de oferta parcial de empleo público en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, que incluye:

1.1. Una oferta parcial de empleo público de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos para el año 2025, que comprende 269 plazas del ámbito de Administración Núcleo, correspondiente a la tasa de reposición específica prevista en el artículo 20.Dos Vínculo a legislación apartado 4 Vínculo a legislación de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogada para el año 2025.

1.2. Una oferta parcial de empleo público que comprende 26 plazas de cabo bombero/a en el Servicio de Bomberos de Navarra-Nafarroako Suhiltzaleak y 20 plazas de agente de Policía Foral correspondiente a la tasa de reposición de personal.

1.3. El detalle de las plazas figura en el anexo I.

1.4. Los números de plazas a proveer en las convocatorias de ingreso en cada puesto de trabajo serán los correspondientes a las plazas que queden como resultas en los concursos de traslado.

No obstante lo anterior, con objeto de mantener el número total de 315 plazas incluidas en esta oferta parcial de empleo público, los números de plaza podrán ser sustituidos por otros, en los supuestos en que una plaza sea adjudicada a personal fijo que deje de desempeñar una jefatura sin reserva de plaza, a quienes reingresen al servicio activo desde la situación de excedencia voluntaria, a participantes en los concursos de traslado con nombramiento de diferentes puestos de trabajo, o por cualquier otra causa o forma de provisión de plazas prevista en el ordenamiento jurídico, así como por motivos organizativos o por necesidades del servicio debidamente justificadas.

Artículo 2.º Turnos de reserva para personas con discapacidad.

Uno.-El número de plazas de esta oferta parcial de empleo público que configurarán los turnos de reserva para personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 es de 23.

Dos.-Los puestos de trabajo en que se aplicará dicha reserva son:

-Técnico/a de administración pública (rama económica): 1 plaza.

-Diplomado/a ciencias empresariales: 1 plaza.

-Titulado/a de grado medio en formación y empleo: 1 plaza.

-Trabajador/a social: 1 plaza.

-Administrativo/a: 8 plazas.

-Oficial 1.ª: 1 plaza.

-Oficial mantenimiento: 1 plaza.

-Conserje: 3 plazas.

-Cuidador/a gerontológico: 1 plaza.

-Servicios generales: 5 plazas.

Artículo 3.º Turno de reserva para mujeres víctimas de violencia de género.

Uno.-El número de plazas de esta oferta parcial de empleo público que configurarán el turno de reserva para mujeres víctimas de violencia de género es de 7.

Dos.-Los puestos de trabajo en que se aplicará dicha reserva son:

-Ingeniero/a industrial: 1 plaza.

-Técnico/a de administración pública (rama económica): 1 plaza.

-Diplomado/a ciencias empresariales: 1 plaza.

-Técnico/a de grado medio en formación y empleo: 1 plaza.

-Técnico/a de grado medio en euskera: 1 plaza.

-Relaciones laborales: 1 plaza.

-Trabajador/a social: 1 plaza.

Artículo 4.º Plazas con exigencia de la nacionalidad española.

Se faculta al director general de Función Pública para que mediante resolución determine, con carácter previo a la aprobación de las convocatorias de pruebas selectivas de ingreso correspondientes, las plazas que implican el ejercicio de potestades públicas o la responsabilidad en la salvaguarda de los intereses de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, a los efectos de exigir la nacionalidad española para el acceso a las mismas.

Artículo 5.º Las plazas incluidas en la oferta pública de empleo aprobada mediante el presente decreto foral se ofertarán con los requisitos con los que figuren en la plantilla orgánica a la fecha de aprobación de la respectiva convocatoria de ingreso.

DISPOSICIONES FINALES

Disposición final primera.-Habilitación para el desarrollo y ejecución del decreto foral.

Se faculta a la consejera de Interior, Función Pública y Justicia para dictar las disposiciones precisas en desarrollo y ejecución del presente decreto foral.

Disposición final segunda.-Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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