MADRID, 25 (EUROPA PRESS)
Después de que el magistrado Santiago Pedraz acordara en febrero unificar las acusaciones para evitar dilaciones indebidas, los de Pedro Sánchez recurrieron directamente ante la Sala de lo Penal para tratar de evitar ejercer la acusación en el mismo saco que el PP, Vox, la asociación Liberum y Hazte Oír.
Pero la Sección Tercera, en un auto recogido por Europa Press, explica que la pretensión del PSOE no puede ser acogida porque no describe "suficientemente" las vulneraciones de su derecho como parte que pueden derivar de la unificación.
"Su aplicación, por tanto, no vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva en ninguna de sus vertientes, dado que se trata de una decisión legal ajustada al mandato constitucional, como así lo reconoció el Tribunal Constitucional" en reiterada jurisprudencia, explica la Sala.
Resalta que ante este tipo de unificaciones siempre hay que valorar "si concurre la convergencia de intereses", y explica que en este caso concreto no pueden compartir la tesis del PSOE de que "ya se han puesto de manifiesto situaciones en las que las discordancias de las partes son evidentes".
"La múltiple intervención de los profesionales en la práctica de las diligencias de investigación y en el desarrollo de las pruebas, llegado que fuera el momento de celebrar el juicio oral, necesariamente generaría dilaciones y contribuiría a la dispersión del objeto del procedimiento y a hacer su paso sensiblemente más pesado, máxime si tenemos en cuenta que son siete las acusaciones populares personadas", recalca.
Y aclara que en este caso concreto, "al margen de las posibles disimilitudes políticas de los convergentes, por otro lado evidentes", es patente que convergen en intereses respecto a tres perspectivas: todos buscan que se haga justicia; los investigados contra los que todas las acusaciones dirigen la acción penal son los mismos; y también coinciden en las conductas objeto de reproche penal.
El tribunal va más allá y considera que las diferentes orientaciones ideológicas "podrían llevar a quebrar la posición activa unitaria que en este procedimiento deben llevar a cabo las acusaciones populares, con peticiones absolutamente disfuncionales y antagónicas entre sí, más próximas incluso a los postulados de la defensa que harían inviable la tramitación de una causa como la que nos ocupa, ya de por sí muy compleja".
"INSATISFACCIÓN DE LOS CIUDADANOS"
Así, insiste en que de no acordar la unificación de las acusaciones populares, ello conllevaría "la inevitable multiplicación de resoluciones en un procedimiento de indiscutible complejidad".
Y apunta que si se produjeran dilaciones indebidas, esto provocaría además "la general insatisfacción de los ciudadanos ante una respuesta penal lenta e insuficiente de la justicia, especialmente cuando se trata de delitos relacionados con la corrupción política, uno de los problemas que más inquieta a la sociedad española".
Por todo ello, considera el tribunal que Pedraz ha seguido criterios "respetuosos con la diversidad y pluralidad de sujetos personados" al unificar las acusaciones populares, y recuerda que está sobre la mesa la "personación virtual" que permite tener conocimiento de primera mano y de modo inmediato del resultado de las investigaciones.