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CGPJ

El CGPJ avala el anteproyecto de ley sobre el derecho de rectificación pero recomienda incluir sanciones

13/02/2025
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El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado este miércoles por unanimidad el informe sobre el anteproyecto de la ley reguladora del ejercicio del derecho de rectificación, que en líneas generales ha valorado positivamente, pese a lo cual ha emitido una serie de recomendaciones, entre ellas que se incluya un régimen de sanciones que pueda imponer la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC).

MADRID, 12 (EUROPA PRESS)

Según ha informado el CGPJ, el informe aprobado "valora de forma positiva la decisión del prelegislador de actualizar el ejercicio de este derecho para adaptarlo al entorno digital".

Aprecia igualmente que se haya hecho como anteproyecto de ley orgánica porque, aunque es "un derecho de configuración legal" guarda relación con los derechos fundamentales. En concreto, indica que "es una manifestación del derecho de libertad de comunicación, pues mediante su ejercicio se promueve el pluralismo en el proceso de comunicación pública al hacer llegar a sus destinatarios 'contraversiones o relatos fácticos contrapuestos'".

El informe realiza, además, varias consideraciones. Así, aunque aplaude "la obligación de que los medios digitales y plataformas incorporen un mecanismo accesible y visible que permita al interesado la remisión directa e inmediata de la rectificación", sugiere que, "con el fin de lograr una mayor efectividad, el articulado incorpore un mínimo régimen sancionador, pudiendo atribuir la competencia sancionadora a la CNMC".

Respecto al plazo de diez días para ejercer el derecho de rectificación, el CGPJ cree que, "dadas las especificidades de la publicación de información en Internet", se podría haber ampliado a tres meses --como en Francia-- o haber fijado el comienzo del cómputo del plazo en el momento en el que la persona afectada tiene conocimiento de la información, no en la fecha de su publicación.

Por otro lado, el borrador amplía los sujetos obligados a acatar el derecho de rectificación para incluir a los llamados 'influencers', que se suman de esta forma a los medios tradicionales. Para el CGPJ, se trata de una "novedad importante" pero pone el foco en la audiencia requerida para tener esa consideración. En este sentido, señala que la reduce a "la décima parte", pasando de uno o dos millones de seguidores a 100.000 o 200.000.

El informe considera razonable la importante reducción del número de seguidores requerido para ser considerado persona usuaria de especial relevancia, porque permite que "personas afectadas por informaciones inexactas publicadas por estos usuarios puedan exigir la publicación de una rectificación en un mayor número de supuestos".

No obstante, propone que se incluyan las causas de esta modificación en el anteproyecto porque "la exigencia de cuantificar la audiencia en el caso de usuarios de especial relevancia contrasta con el resto de sujetos pasivos del derecho de rectificación", ya que un medio digital o tradicional está obligado por el derecho de rectificación independientemente de su audiencia.

Asimismo, advierte de que la norma debe dejar claro que recae en el titular del derecho de rectificación el deber de acreditar el número de seguidores de la persona usuaria de plataformas en línea. Por eso, recomienda arbitrar algún mecanismo que facilite el ejercicio del derecho de rectificación, como puede ser la creación de un registro de usuarios de especial relevancia.

LIMITA LA INCLUSIÓN DE OPINIONES

Otra novedad que resalta el CGPJ es "la regulación del ámbito objetivo del derecho de rectificación al permitir, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, la inclusión de opiniones o juicios de valor al contenido de la rectificación".

El CGPJ afea que se "limita la inclusión de opiniones o juicios de valor a aquellos que 'resulten imprescindibles para entender el contexto y no se puedan escindir de los hechos', límite que no imponen ni la jurisprudencia constitucional ni la del Tribunal Supremo, que priman la publicación íntegra de la rectificación, aunque en ella se contengan juicios de valor".

En consecuencia, el CGPJ ve conveniente que "el anteproyecto adecúe la redacción empleada al canon establecido por la jurisprudencia, máxime cuando la interpretación de la regulación del objeto del derecho de rectificación está orientada por el derecho fundamental de la ciudadanía a recibir información y su modificación no está al alcance del legislador".

En otro orden de cosas, aconseja incorporar una regla específica para el ejercicio de este derecho por parte de los menores al entender que "la fijación de un límite de edad aportaría seguridad jurídica a los menores", que entonces podrían instar la rectificación de aquellas informaciones inexactas que les perjudiquen, especialmente cuando se difunden 'online', dado el impacto que tienen entre la población más joven. Y los vocales proponen los 16 años.

Finalmente, el CGPJ critica que el anteproyecto "no siempre utiliza un lenguaje inclusivo", por lo que insta a revisarlo y, por ejemplo, a sustituir términos como usuario por "persona usuaria", legitimados por "persona legitimada" y discapacitados por "personas con discapacidad".

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