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Convocatorias de empleo público

Andalucía aplica cambios en las nuevas convocatorias de empleo público para reducir la temporalidad

22/07/2024
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La Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública ha iniciado la convocatoria de empleo público correspondiente a la oferta de 2022 y 2023 en la que ha incorporado una de las modificaciones recogidas en la nueva Ley de Función Pública con el objetivo de reducir la temporalidad en la Administración de la Junta de Andalucía.

SEVILLA, 20 Jul. (EUROPA PRESS) -

Se trata de un 20% de plazas adicionales a las convocadas en cada proceso que serán cubiertas en caso de que entre esta convocatoria de empleo y la próxima se produzcan vacantes por jubilaciones. Aquellas personas que hayan aprobado el proceso de selección, pero que aun así no hayan logrado plazas, serán las que cubran estos puestos como funcionarios de carrera en lugar de hacer con personal temporal, según lo recogido por la Junta en una nota de prensa.

De esta forma, todas las nuevas convocatorias de empleo de la oferta 2022 y 20223, que se están publicando ya en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) incluyen esta medida como novedad. Es decir, en aplicación a la disposición adicional vigésimo-octava de la Ley de Función Pública se están incorporando al proceso, además de las plazas establecidas, este 20% adicional para cada cuerpo y especialidad.

"Se trata de una medida que nos permite controlar y bajar la tasa de temporalidad en la Administración andaluza, que es uno de los objetivos que nos hemos marcado en el Gobierno de Juanma Moreno", ha recordado el consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, José Antonio Nieto. El objetivo de la Consejería es lograr que esa tasa de temporalidad esté por debajo del 5%, algo fundamental "para el nuevo modelo de función pública en el que estamos trabajando y que queremos para Andalucía".

Estas plazas adicionales tienen por objeto cubrir las posibles futuras vacantes a cargo de las ofertas de empleo público de los dos años siguientes, a contar desde la fecha de la finalización del proceso selectivo. La adjudicación de estas plazas adicionales, en el caso de que se produzcan las vacantes, se efectuará una vez que se determine la tasa de reposición correspondiente de ese año.

Las personas que se incorporen con estas plazas adicionales serán aspirantes que, aun superando y aprobando el proceso de selección se hayan quedado sin puesto. Estos pasarán a formar parte de una lista rigurosamente ordenada en función de la nota obtenida y serán llamados a incorporarse, en caso de que se produzca la vacante, como funcionarios de carrera o como personal laboral fijo (si la convocatoria es de personal laboral), no como interino.

Estas relaciones de personas aspirantes que hayan aprobado los procesos selectivos pero que no han obtenido plaza quedarán automáticamente sin efecto una vez transcurridos dos años a contar de la fecha de resolución de la convocatoria del proceso selectivo correspondiente o cuando se resuelva una posterior convocatoria de otro proceso selectivo de acceso al mismo cuerpo, especialidad, escala o categoría profesional, tal y como viene recogido en la nueva Ley andaluza.

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