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Un reinado tan difícil como ejemplar; por Pedro González-Trevijano, ex presidente del Tribunal Constitucional y académico de número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España

19/06/2024
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El día 19 de junio de 2024 se ha publicado, en el diario El Mundo, un artículo de Pedro González-Trevijano en el cual el autor opina sobre los diez años de reinado de Felipe VI.

UN REINADO TAN DIFÍCIL COMO EJEMPLAR

En un panorama tan sobresaltado, tanto por razones personales en el seno de la Familia Real como por la irrupción de la nueva política y el desafío independentista, el hacer de Don Felipe ha sido ejemplar

Nada ni nadie podía presagiarlo. Asentada la Monarquía tras una larga y feliz singladura por y en la persona de Don Juan Carlos -Ley de Sucesión a la Jefatura del Estado de 1947, Ley Orgánica del Estado de 1967, Decreto de Honores de 1968, Sucesor a la Jefatura del Estado a título de Rey en 1969, acceso al trono en 1975, Ley para La Reforma Política y renuncia de Don Juan Borbón a sus derechos dinásticos en 1977, y, singularmente, tras la aprobación en referéndum de la Constitución de 1978-, todo hacía pensar que la sucesión se produciría en su momento de forma natural y sin sobresaltos. Fallecido Don Juan Carlos, inequívoco impulsor de la Transición política y garante de nuestro régimen constitucional ante el golpe de Estado del 23 de febrero de 1981, se satisfaría el mandato del artículo 57.1 de la Constitución: “La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica”. En ese momento, y reinstaurada la Monarquía -que no instaurada, ni restaurada-, la Corona pasaría al Príncipe de Asturias (artículo 57.2). A tal sentido responden las conocidas expresiones “El Rey ha muerto. Viva el Rey” o “El Rey no puede morir”.

Pero los hechos no discurrieron así. Don Juan Carlos abdicó en junio de 2014. Al margen de sus concretas motivaciones, las abdicaciones no son hoy tan excepcionales dada la longevidad de los monarcas reinantes: Holanda, Bélgica (2013) y Dinamarca (2014).

Se abría, de esta suerte, un reinado nada fácil por razones de diferente índole.

En primer lugar, de carácter personal, vinculado al hilo de sobrevenidos y desafortunados acontecimientos acaecidos en el seno de la Familia Real: la imputación y pérdida del Ducado de Palma de la Infanta Doña Cristina; y la regularización fiscal, la supresión de su asignación económica y residencia de facto fuera de España de Don Juan Carlos. Don Felipe renunciaba además simbólicamente a la herencia de su padre.

En segundo término están las razones de naturaleza política. Me refiero a la irrupción de nuevos partidos, de la nueva política, que han alterado y polarizado el mapa electoral. Y, finalmente, a su discurso del 3 de octubre de 2017 -hay que entender que con el presunto y prescriptivo refrendo del Gobierno- con ocasión de la declaración de independencia de Cataluña.

Ante la gravísima deriva, Don Felipe VI, dentro de sus competencias constitucionales, fue bien explícito: “Se han vulnerado de manera sistemática las normas aprobadas legal y legítimamente, demostrando una deslealtad inadmisible hacia los poderes del Estado”.

En un panorama tan sobresaltado, el hacer de Don Felipe ha de calificarse, sin duda, de continuadamente ejemplar a lo largo de estos diez años.

En una Monarquía parlamentaria como la nuestra -”La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria” (artículo 1.3 de la Constitución)-, el Rey carece de poderes políticos propios. Las Cortes Generales tienen atribuida la potestad legislativa (artículo 66.2), el Gobierno dirige la política interior y exterior (artículo 97), y los jueces y magistrados desempeñan la función jurisdiccional (artículo 117.3). Una institución que redefine algunas características de lo que Benjamin Constant (Principios de Política) denominó “pouvoir neutre”; y también cercana a las facultades desgranadas por Walter Bagehot (La Constitución inglesa), de “ser consultada, estimular y advertir”. De ahí la afirmación de que “el Rey reina, pero no gobierna”; o de que dispone de “auctoritas, pero no de potestas”.

De forma paralela, la persona del Monarca es inviolable y no está sujeta a responsabilidad (artículos 56.3 y 64 CE), ya que los actos en que interviene no son de autoría material propia, pero sí preceptivamente debidos. No reclamemos, por tanto, si queremos preservarla de imposibles intromisiones: injustificadas admoniciones, espurias acciones directas o extrañas negativas a sancionar ciertas leyes, como en su momento la del aborto o ahora la de amnistía. Esta última será enjuiciada, en su caso, por el Tribunal Constitucional y/o por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El Rey no es hoy, como apuntaba Carl Schmitt (Teoría de la Constitución), el guardián de la Constitución ni su supremo intérprete, lo que compete al Tribunal Constitucional (Título IX CE). Salvo que nos mueva una oculta, torticera y premeditada acción de entredicho, acoso y derribo. A sensu contrario, nada hay más peligroso también que la patrimonialización excluyente de una Monarquía que es de todos de los españoles. Y que no requiere tampoco para su correcto funcionamiento del desarrollo de ninguna hipertrofiada Ley de la Corona, pues esta no suscita problemas ni en su regulación en la Constitución ni en la práctica política, y carecería además de toda apoyatura constitucional.

Siendo esta la caracterización de la Monarquía -”el Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones”(artículo 56.1 CE)-, su legitimidad se fundamenta en la intangible ejemplaridad y en su correlativa utilidad. A diferencia de las Cortes Generales, cuyo proceder es verificado periódicamente tras la celebración de las elecciones (artículos 66.1, 68 y 69), o del Gobierno, que requiere de la fiducia del Congreso de los Diputados (artículo 108), el papel del Monarca, situado “au-dessus de la mêlée”, esto es, fuera de la refriega política, se satisface, parafraseando a Max Weber (Economía y sociedad), con una escrupulosa y aleccionadora legitimidad de ejercicio.

Esta idea estaba presente en la Roma del siglo I a. C. Horacio esgrimía (Epístolas): “Rex eris, si recte facies”; esto es, “Rey eres, si obras rectamente”. Y San Isidoro de Sevilla fue (Etimologías), durante la Monarquía visigoda, más allá: “Si non facies, non eris”; es decir, “No eres [Rey] si no actúas como tal”. Y así lo testimoniaba también el personaje del jardinero en la obra de Ricardo II de Shakespeare: “¡Ah, qué pena que no haya cuidado y cultivado el reino cual nosotros el jardín!... Si él lo hubiera hecho con los que le encumbran, ellos le habrían dado frutos de lealtad y él los habría saboreado Si lo hubiera hecho, tendría la Corona, que ha perdido disipando tantas horas”. En esta línea, Ernst Kantorowicz (Los dos cuerpos del Rey) distinguió en el siglo XX entre el “cuerpo físico” del Rey, sometido a las debilidades y pasiones humanas, y el superior “cuerpo político”, que guiaba al pueblo. De modo próximo, Manuel García Pelayo (Idea de la Política y otros escritos) diferenció entre una “auctoritas institucional” y una “auctoritas individual”. Y, más recientemente, el escritor Robert Green ha acuñado (Las 48 leyes del poder) una máxima semejante: “Actúa como tal para ser tratado como un Rey”.

Pues bien, Don Felipe ha obrado, en todo momento, como tal. Lo que ha valido el restablecimiento de la confianza ciudadana en la Monarquía, que había caído a una aceptación del 3,72% de los encuestados por el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) en junio de 2014. En una consulta, aunque indirecta, celebrada en agosto de 2020, obtenía el refrendo del 80% de la población. Y no ha sido, desde luego, una tarea sencilla. De ahí la certeza del título del libro de José Antonio Zarzalejos Un Rey en la adversidad. De entrada, por las severas medidas adoptadas en el seno de la Familia Real, extraordinariamente duras y difíciles para cualquiera. Como recordaba el ex presidente del Senado Juan José Laborda, “su condición de hijo y hermano quedó sometido al imperativo de la ejemplaridad”. Un compromiso ya referenciado en su discurso de proclamación el 19 de junio de 2014: “Una Monarquía renovada para un tiempo nuevo”.

En segundo lugar, el Rey Don Felipe ha cumplido con la letra y el espíritu de nuestra Constitución. En sus propias palabras: “Cuando tengo una duda, me agarro a la Constitución y no la suelto”. Lo ha hecho incluso en contextos políticos tan difíciles, pero fuera de todo activismo político, como los vividos en los varios procesos de designación de candidato a la Presidencia del Gobierno (artículo 99 CE). Toda una declaración de intenciones que se vislumbra -el hombre europeo es, afirmaba el maestro Díez del Corral (Ensayo sobre arte y sociedad), un hombre visual- en el excelente Retrato de Don Felipe, del pintor Hernán Cortés, en la Sala de Plenos del Tribunal Constitucional. En él se reproduce un ejemplar de nuestro texto constitucional de 1978. Un Monarca que se siente hijo de la Ilustración, como atestigua el intencionado Retrato de Carlos III de Mengs en su despacho del Palacio de la Zarzuela.

Don Felipe ha satisfecho sus competencias con prudencia y huyendo del conflicto ante un Gobierno no siempre respetuoso con sus funciones (artículos 56.1 y 63 CE). Especialmente, en el ámbito internacional, postergando, cuando no vaciando, su presencia institucional. España es una Monarquía parlamentaria. No un régimen presidencialista. Sirva de ejemplo la ausencia en sus viajes del acompañamiento del ministro de Asuntos Exteriores o de un ministro de Jornada, con la paralela quiebra de toda una serie de convenciones y costumbres constitucionales. Suplidos, en el mejor de los casos, por la insuficiente presencia de un secretario de Estado, lo que violenta la recta comprensión del refrendo tácito de sus actos (artículo 64 CE y SSTC 5 y 8/87). Eso sí, Don Felipe sigue siendo, como antes Don Juan Carlos, el mejor embajador de la España constitucional.

En tercer término, debe destacarse su compromiso con la transparencia de la Casa del Rey, con una creciente fiscalización de sus cuentas públicas. Una acción instada motu proprio. Primero, con la adopción de disposiciones de carácter interno; y más tarde, con la aprobación, de acuerdo con el Gobierno, de los Reales Decretos 772/2015, de 28 de agosto y 297/2022, de 26 de abril, de Reestructuración de la Casa de Su Majestad el Rey.

Y, por último, está su mensaje, el 3 de octubre de 2017, ante el desafío secesionista catalán. Y es que un Rey “neutral”, en su actuación institucional cotidiana, no es, como ha reiterado Manuel Aragón, un Rey “neutralizado”. Faltaría más, cuando lo que está en juego es la propia pervivencia de la Constitución frente a los que aspiran abierta y directamente a destruirla. Les traigo a colación lo que expresa nuestra Magna Carta: “El Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento de guardar y hacer guardar la Constitución” (artículo 61.1). La Corona es una pieza esencial, que no accesoria ni convidada de piedra, de nuestro sistema político, pues, además de ser un importante símbolo, lo dota de estabilidad, permanencia, normalidad e integración. Por cierto, y ante algunas falsarias afirmaciones de parte, a su actuación se unió -quizá debiera haberse instrumentado antes- la decisión del Gobierno, respaldada íntegramente por la oposición, de aplicar el mecanismo del artículo 155, aprobado mayoritariamente por el Senado y avalado después por el Tribunal Constitucional, así como las posteriores penas impuestas a sus autores por la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

Tales razones justificaban las magníficas jornadas que, con el título Felipe VI. Una década de reinado, impulsadas y dirigidas con acierto por Luis Cazorla, ha celebrado la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España. No en vano la Constitución encomienda expresamente al Rey “el Alto Patronazgo de las Reales Academias” (artículo 62.j). En esta misma línea deseo reseñar las últimas palabras del manifiesto elaborado por la Cátedra de la Monarquía -creada en la Universidad Rey Juan Carlos y hoy en la Universidad de Burgos- con la denominación Una década de éxito para una Monarquía renovada, que dicen lo siguiente: “Tenemos un Rey que es un apasionado defensor de la democracia constitucional y de la Monarquía parlamentaria”. Lo que despliega, por lo demás, con contrastada serenidad y templados ademanes.

Ahora bien, una Monarquía parlamentaria, así como la mismísima Constitución de 1978, requiere para su subsistencia en el tiempo de la leal colaboración de los poderes públicos, de una ineludible política de consensos entre las diferentes fuerzas políticas y de un activo compromiso ciudadano. Es decir, de una lealtad y patriotismo constitucional con mayúsculas tanto por parte de los operadores políticos como de sus conciudadanos. Como argumentó Miquel Roca, uno de nuestros founding fathers, en la intervención que cerraba las mentadas Jornadas Académicas -bajo la activa presidencia de Manuel Pizarro-, es momento “de darnos la mano y no la espalda; de políticas de acuerdo que requieren, eso sí, de valentía y coraje”.

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