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Secretarías autonómicas de la Administración

18/01/2024
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Decreto 4/2024, de 15 de enero, del president de la Generalitat, de modificación del Decreto 12/2023, de 20 de julio, del president de la Generalitat, por el que se determinan las secretarías autonómicas de la Administración del Consell (DOGV de 17 de enero de 2024). Texto completo.

DECRETO 4/2024, DE 15 DE ENERO, DEL PRESIDENT DE LA GENERALITAT, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO 12/2023, DE 20 DE JULIO, DEL PRESIDENT DE LA GENERALITAT, POR EL QUE SE DETERMINAN LAS SECRETARÍAS AUTONÓMICAS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONSELL.

El artículo 12.1 Vínculo a legislación de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, atribuye, al president de la Generalitat, la dirección y coordinación de las acciones del Consell, y, a tal efecto, le corresponde, entre otras facultades y atribuciones, crear, modificar y suprimir las secretarías autonómicas.

Mediante el Decreto 12/2023, de 20 de julio Vínculo a legislación, del president de la Generalitat, modificado por los decretos 13/2023, de 18 de septiembre, y 2/2024, de 8 de enero, asimismo del president de la Generalitat, se determinaron las secretarías autonómicas de la Administración del Consell. De acuerdo con la experiencia acumulada durante estos meses, se ha advertido la conveniencia de introducir algún cambio más en las secretarías autonómicas, por lo que procede llevar a cabo la modificación oportuna.

Así, en virtud de la competencia atribuida en el artículo 12.1.b) Vínculo a legislación de la Ley 5/1983, del Consell,

DECRETO

Artículo único. Modificación de los órganos superiores de la Presidencia de la Generalitat

Se modifica el artículo único Vínculo a legislación del Decreto 12/2023, de 20 de julio, del president de la Generalitat, por el que se determinan las secretarías autonómicas de la Administración del Consell, por lo que se refiere a las secretarías autonómicas de la Presidencia de la Generalitat, que quedan de la siguiente manera:

Presidencia de la Generalitat

– Secretaría Autonómica de Relaciones Institucionales y Transparencia

– Secretaría Autonómica del Gabinete del President y Comunicación

– Secretaría Autonómica de Presidencia

– Secretaría Autonómica de Representación ante la Unión Europea y las Comunidades Autónomas

– Abogado o Abogada General de la Generalitat

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Modificaciones presupuestarias

La Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública llevará a cabo las modificaciones presupuestarias que se requieran para dar cumplimiento a lo previsto en este decreto.

Segunda. Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su aprobación.

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