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Ayudas a la línea de financiación para proyectos de eficiencia energética y economía circular de empresas turísticas

01/12/2022
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Orden EMT/254/2022, de 28 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de ayudas a la línea de financiación para proyectos de eficiencia energética y economía circular de empresas turísticas de Cataluña, en el marco del instrumento europeo Next Generation y del Plan de recuperación, transformación y resiliencia del Gobierno de España (DOGC de 30 de noviembre de 2022). Texto completo.

ORDEN EMT/254/2022, DE 28 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA LÍNEA DE FINANCIACIÓN PARA PROYECTOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA Y ECONOMÍA CIRCULAR DE EMPRESAS TURÍSTICAS DE CATALUÑA, EN EL MARCO DEL INSTRUMENTO EUROPEO NEXT GENERATION Y DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA DEL GOBIERNO DE ESPAÑA.

En el marco del instrumento europeo de recuperación (Next Generation EU), el Plan de recuperación, transformación y resiliencia de España (en adelante, el Plan de recuperación) prevé inversiones, en su componente 14 (Plan de modernización y competitividad del sector turístico), y por importe de 220 millones de euros, para financiar proyectos de eficiencia energética y economía circular en empresas turísticas (medida C14.I4, Línea de actuación 2).

El objetivo 227 del Council Implementing Decision (CID) del Plan de recuperación prevé, entre las medidas específicas para reducir el consumo de energía, la instalación de sensores para monitorizar y optimizar el consumo, el fomento del uso de sistemas de gestión energética (como el sistema de certificación según la ISO 500001), la utilización de materiales que favorezcan el aislamiento térmico, el uso de tecnologías más eficientes en materia energética y los recursos exteriores (como sombras o jardines).

De acuerdo con lo anterior, y dentro del objetivo general de reducir la presión del turismo sobre el territorio y el medio ambiente, las medidas propuestas van dirigidas a incrementar la competitividad de nuestras empresas turísticas mediante la incorporación de elevados estándares en materia de eficiencia energética y economía circular para reducir la huella de carbono y los costes energéticos. Las iniciativas derivan de la Resolución de la Secretaría de Estado de Turismo de 31 de marzo de 2022, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de marzo de 2022, sobre el reparto territorial del crédito correspondiente al presupuesto de 2022, y de la línea de financiación para proyectos de eficiencia energética y economía circular de empresas turísticas del Plan de recuperación (BOE núm. 83, de 7.4.2022).

El mencionado Acuerdo prevé que a mediados de 2025 se hayan financiado 3.400 proyectos con las dotaciones del Plan de recuperación (220 millones), y abre la posibilidad para que puedan utilizarse más recursos adicionales del presupuesto nacional en forma de préstamos correspondientes al Fondo Financiero del Estado para la Competitividad Turística (FOCIT), cuya tesorería supera, en la actualidad, los 570 millones de euros.

La combinación de ambos recursos financieros (subvenciones del Plan de recuperación y préstamos del FOCIT) contribuiría a incrementar la financiación disponible para los proyectos indicados y es una demostración del compromiso del Gobierno de España con los objetivos generales de sostenibilidad y mitigación de los impactos medioambientales de la actividad turística.

Vista la repercusión de la pandemia de la COVID-19 sobre el sector turístico, la Conferencia Sectorial de Turismo estimó que un mecanismo mixto de financiación (préstamos FOCIT más subvenciones del Mecanismo de recuperación y resiliencia) no es adecuado en las circunstancias actuales, si bien deja abierta la posibilidad de aplicarlo por las comunidades o ciudades autónomas que así lo decidan en los términos del anexo IX del Acuerdo de 29 de marzo Vínculo a legislación de 2022, (Resolución de 31 de marzo de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo).

La obligación de que todos los proyectos financiados con recursos del Mecanismo de recuperación respeten el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (Do not significant harm, DNSH) está recogida en la normativa: Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero, por el que se establece el Mecanismo de recuperación y resiliencia; Comunicación de la Comisión 2021/C 58/01, de 12 de febrero; Guía técnica sobre la aplicación del principio de no causar un perjuicio significativo; y Decisión de Ejecución del Consejo, de 16 de junio de 2021, relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de recuperación y resiliencia de España.

De acuerdo con la definición del principio DNSH del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, de 18 de junio, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y dentro del marco general del Reglamento (UE) 2018/1999, de 11 de diciembre, sobre la gobernanza de la unión de la energía y de la acción por el clima, todos los proyectos de inversión que se financien con recursos del Acuerdo deben respetar ese principio y las condiciones del etiquetado climático, tal y como prevé la definición del Plan de recuperación. Esto incluye el cumplimiento de las condiciones específicas asignadas al componente 14, medida 4, donde se enmarcan las actuaciones, tanto en lo referente al principio DNSH como al etiquetado climático y, especialmente, a las recogidas en los apartados 3, 6 y 8 del documento del Componente del Plan, en el anexo de la CID y en el Acuerdo sobre las disposiciones operativas.

La etiqueta climática asignada a esta línea de actuación es la 024 (Eficiencia energética y proyectos de demostración en pymes y medidas de apoyo), con una contribución a objetivos climáticos del 40%, según el anexo VI del Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero. De acuerdo con ese objetivo, la medida prevista en el presente documento contribuirá a acelerar la renovación de los edificios destinados a establecimientos de alojamiento turístico a fin de mejorar su rendimiento energético, reducir su consumo de energía y contribuir a mejorar su competitividad turística.

En un contexto de impacto extremo de la pandemia sobre el sector turístico, la línea de financiación propuesta se enmarca y es coherente con los distintos programas de ayuda para la rehabilitación energética en los edificios existentes, llevados a cabo desde 2013 por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (programas PAREER de 2013, PAREER-CRECE de 2015, PAREER II de 2017, PREE de 2020 y PREE 5000 de 2021). Concretamente, traslada y ejecuta el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de marzo de 2022, sobre reparto territorial de crédito correspondiente al presupuesto de 2022, antes mencionado (Resolución de 31 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de Turismo).

Los fondos estatales para financiar esta línea de ayudas en el periodo 2021-2023 ascienden a 220 millones para subvenciones con cargo al Plan de recuperación. En concreto, para 2022, la Ley 22/2021, de 28 de diciembre Vínculo a legislación, de presupuestos generales del Estado para el año 2022, prevé un importe de 170 millones en la aplicación presupuestaria 50.43ND.759.

La puesta en práctica de este proyecto requiere que las partidas anuales de subvenciones del Plan de recuperación de los presupuestos en vigor en el periodo 2021-2023 sean transferidas anualmente a las comunidades autónomas, dada su competencia exclusiva en materia de turismo. Para la ejecución del Plan es condición indispensable la entrega de los fondos del Estado a las comunidades autónomas que, mediante las convocatorias de ayudas, deben contribuir al cumplimiento de los logros y objetivos asignados.

Asimismo, las comunidades y ciudades autónomas garantizarán el correcto seguimiento presupuestario de los compromisos y obligaciones reconocidas mediante el establecimiento de sistemas de gestión contable independientes que permitan la total trazabilidad de los créditos en todo momento. También deben comprometerse a cumplir todas las disposiciones que se deriven de normas nacionales o de la Unión Europea en el ámbito de ejecución y gestión del Reglamento (UE) 2021/241 del Plan de recuperación, y de la normativa aplicable sobre ayudas de estado, y a facilitar toda la información que requieran las autoridades nacionales o comunitarias.

El reparto territorial del crédito corresponde al presupuesto de 2023 para esta línea de financiación de proyectos de eficiencia energética de empresas turísticas (c.14.14 Línea de actuación 2) del Plan de recuperación y resiliencia (Resolución de 31 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de Turismo).

A la línea de financiación que prevé la presente Orden le resulta de aplicación el régimen de ayudas de estado, previsto en la normativa nacional y en la comunitaria, con las especificidades correspondientes a las ayudas y subvenciones que se derivan del Plan de recuperación y las singularidades que se establecen en los anexos.

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y, en concreto, el artículo 92.3 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre Vínculo a legislación,

Ordeno:

Artículo único

Se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de ayudas a la línea de financiación para proyectos de eficiencia energética y economía circular de empresas turísticas de Cataluña, en el marco del instrumento europeo Next Generation y del Plan de recuperación, transformación y resiliencia del Gobierno de España.

Disposición final

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Anexos

Omitidos.

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