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TSJN

El TSJN autoriza la renovación de las medidas preventivas frente al Covid hasta el 31 de enero

13/01/2022
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El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha autorizado este miércoles la renovación hasta el 31 de enero las medidas extraordinarias vigentes en la Comunidad para la contención del virus, según ha confirmado el TSJN.

PAMPLONA, 12 Ene. (EUROPA PRESS) -

La nueva Orden Foral 64/2021 fue presentada este lunes por el Gobierno ante la sala para prorrogar las medidas desde este mismo sábado (15 de enero). Entre el paquete contenido en la norma, se incluye el límite máximo de cierre de una serie de locales y actividades entre la 1 y las 6 horas, la obligatoriedad del consumo sentado en mesas para un máximo de 10 personas y la regulación de eventos específicos de carácter social, cultural y deportivo.

En concreto, no se permite desde la 1 hasta las 6 horas la actividad de comercio, discotecas, salas de fiesta, cafés espectáculo, salas de conciertos, bares, bares especiales, cafeterías y restaurantes, actividades culturales, bingos, salones de juego y apuestas y recreativos, así como establecimientos en espacios multifuncionales cuando ejerzan actividad de hostelería y restauración. La limitación horaria aplica a su vez para sociedades gastronómicas y peñas, bajeras, piperos y similares.

En hostelería y restauración (interiores de establecimientos con licencia de bar especial, café espectáculo, bares, cafeterías y restaurantes), el consumo será siempre sentado en mesa pudiendo usarse las barras solo para pedir y recoger la consumición. Podrá permitirse el consumo en mesas que cuenten con taburetes y se encuentren pegadas a la barra. Éstas serán como máximo para dos personas y estarán a una distancia de 1,5 metros entre ellas, mismo número que se aplica a la distancia entre las propias mesas.

Asimismo, las mesas o grupos de mesas no podrán superar las diez personas garantizando la distancia de seguridad interpersonal de 70 cm entre ellas. El horario máximo del cierre de interiores de los establecimientos será las 1 horas. Asimismo, todas estas medidas serán aplicables para sociedades gastronómicas y peñas, así como 'piperos' y similares.

Se recuerda la vigencia de la prohibición de celebraciones de convivencia y ocio con consumo de alcohol (tipo botellón y similares) en la vía pública, parques y plazas públicas y en otros lugares de tránsito público.

EVENTOS DE CARÁCTER SOCIAL, CULTURAL, DEPORTIVO

Además de seguirse las recomendaciones preventivas de carácter sanitario, por las que las entidades organizadoras deberán adoptar las medidas necesarias para evitar aglomeraciones y altas concentraciones de personas, quedará prohibida la restauración en todos los eventos de carácter cultural, social o deportivos.

En actividades culturales y deportivas programadas, con butaca preasignada, se cumplirán las recomendaciones de la Resolución 1155/2021, de 16 de diciembre del Director General de Salud. En todo caso, como se ha mencionado, quedará prohibido el consumo de comidas y bebidas. Cuando el aforo supere las 1.000 personas en interiores y 2.000 en exteriores será necesario solicitar con carácter preceptivo informe al Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.

Por otro lado, se mantiene la necesidad de presentar pasaporte Covid en los espacios ya ampliados en la pasada Orden Foral, que extendió los supuestos en los que se aplicaba a determinados espacios cerrados y con afluencias de personas, circunstancias que aumentan la posibilidad de contagios, como demuestra la evidencia científica.

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