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Memoria democrática inconstitucional; por José Ramón Rodríguez-Sabugo, abogado

26/10/2021
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El día 26 de octubre de 2021 se ha publicado, en el diario ABC, un artículo de José Ramón Rodríguez-Sabugo en el cual el autor opina que la Ley de Memoria Democrática es inconstitucional conforme al preámbulo de la Constitución, que prevé “garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución”.

MEMORIA DEMOCRÁTICA INCONSTITUCIONAL

El proyecto de ley de Memoria Democrática se basa en la declaración aprobada por la Asamblea Permanente del Consejo de Europa el 17 de marzo de 2006, en París, que reconoce en la actuación franquista de separaciones forzosas, ejecuciones extrajudiciales, detenciones arbitrarias, trabajos forzados, torturas, violaciones e incluso secuestros masivos de recién nacidos bajo una política de inspiración genética, persecuciones por razones políticas, ideológicas, de conciencia o creencias religiosas y políticas de campos de concentración. Pero el examen de la demanda por el Consejo de Europa no tuvo en cuenta, como marcan sus normas, la persecución religiosa del gobierno republicano durante la Guerra Civil, en que hubo una masacre de ejecuciones que les costó la vida a 4.184 sacerdotes, 2.365 frailes y 383 monjas por motivos de creencias religiosas. También fueron fusilados ministros, diputados, personalidades políticas de derecha, y hubo torturas y ejecuciones por parte del gobierno del Frente Popular; y no se examinó por parte del Consejo de Europa que fue una guerra civil en la que se cometieron barbaridades por ambas partes; lo dicho demuestra la falta de fundamentación y la descalificación de la citada declaración.

El Parlamento Europeo, en su resolución del 19 de septiembre de 2018, condenó el fascismo, el nazismo y el comunismo estalinista, y en la Ley de Memoria Democrática se recuerdan las persecuciones fascistas y nazis, pero se olvida del comunismo estalinista con los millones de afectados por las purgas y persecuciones del mismo, cuando -y en contra de lo acordado en 1979 en el 28.º Congreso del PSOE, que en sus estatutos suprimió de su ideario el comunismo- acordó sustituir la palabra comunismo por la de socialdemocracia. E infringe actualmente sus propios ideales, y forma un gobierno de coalición con partidos comunistas como IU y Podemos, que quieren introducir en la legislación principios comunistas sin tener en cuenta el fracaso del comunismo, social y económico con el derrumbamiento del Muro de Berlín.

El 20 de noviembre del año 2002, el PP y el PSOE superaron sus diferencias en el Congreso con una proposición no de ley a la que se sumaron otros grupos, condenando el golpe de Estado de Franco y prometiendo honrar a todas las víctimas de la Guerra Civil. Se reconocían ayudas a los exiliados y un reconocimiento moral a todas las personas que sufrieron más tarde la dictadura franquista, se pasó página y no se quiso resucitar odios o deseos de revancha. Pero en vez de resaltar que los partidos se pusieron de acuerdo para cerrar definitivamente esta cuestión, el PSOE lo cita ahora para justificar la redacción de la Ley de Memoria Democrática.

La Ley de Memoria Democrática es inconstitucional conforme al preámbulo de la Constitución, que prevé “garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución”; y no se garantiza esa convivencia si están recordando siempre una guerra civil y un enfrentamiento entre las partes contendientes, que finalizada, lo primero que procede es ponerse a construir el futuro conjuntamente todos los ciudadanos, dejando a ensayistas e historiadores su estudio. Como argumenta el TC, los derechos fundamentales recogidos en la Constitución deben interpretarse conjunta y globalmente, “en cuanto ésta se configura como marco de una convivencia humana, justa y pacífica, plasmada históricamente en un Estado de derecho”. La Ley de Memoria Democrática va en contra de esos principios, lo que origina un enfrentamiento entre ambas partes contendientes, incluso provocaría enfrentamientos de odio por cuestiones ideológicas o de creencias, delitos recogidos en el Código Penal.

La ley puede afectar también a la libertad de expresión al querer interpretar la Historia de una forma determinada y perseguir, en su caso, a los que se oponen a esa interpretación oficial, como hacen las teorías marxista-leninistas de la imposición de una ideología que debe de impregnar todas las relaciones sociales y el conocimiento. Y como dijo el TC en su sentencia 43/2004, de 23 de marzo, “el hecho de que el objeto del reportaje pueda versar sobre unos hechos ocurridos en la primera mitad del pasado siglo XX, y en contexto de una guerra civil, refuerza la misma solución, dado que el largo tiempo transcurrido sirve, en lo que ahora interesa, para despersonalizar el protagonismo y también, por ello, el honor de quienes intervinieron en los hechos narrados”. () “Si la historia solamente pudiera constituirse con base en hechos incuestionables, sería imposible la historiografía...” (...) “Los historiadores valoran cuáles son las causas que explican los hechos históricos, y proponen su interpretación, y aunque tales explicaciones e interpretaciones sean en ocasiones incompatibles con otras visiones, no corresponde a este Tribunal decidir, por acción u omisión, cuál o cuáles deban imponerse de entre las posibles”.

Asimismo, puede afectar a la libertad de cátedra, al llevar los contenidos de la ley a los currículos de la enseñanza, como dice la sentencia del TC 5/1981, de 13 de febrero: “Aunque tradicionalmente por libertad de cátedra se ha entendido una libertad propia sólo de los docentes de la enseñanza superior o, quizás más precisamente, de los titulares de puestos docentes denominados precisamente ‘cátedras’ y todavía hoy en la doctrina alemana se entiende, en un sentido análogo, que tal libertad es predicable sólo respecto de aquellos profesores cuya docencia es proyección de la propia labor investigadora, resulta evidente, a la vista de los debates parlamentarios, que son un importante elemento de interpretación, aunque no la determinen, que el constituyente de 1978 ha querido atribuir esta libertad a todos los docentes, sea cual fuere el nivel de enseñanza en el que actúan y la relación que media entre su docencia y su propia labor investigadora”.

También es inconstitucional la Ley de Memoria Democrática por discriminación, ya que hay que tratar igual a los combatientes de ambos bandos en todos los aspectos, como falló el TC en su sentencia 204/1988, de 7 de noviembre. Aquel fallo estableció que “sí existe actualmente una desigualdad con relevancia jurídica, y no de mero hecho, entre la situación de la recurrente y la de las viudas de quienes, en iguales circunstancias, fueron víctimas de su adhesión al alzamiento militar. Pocas dudas puede haber que esta discriminación está prohibida por la Constitución, no solo por la Cláusula General del artículo 14, sino por su referencia específica a la discriminación por razón de ‘opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal’, como es la de ser viuda de esposo ejecutado en una zona frente a las viudas de esposos ejecutados en otra. La consecuencia obliga a este Tribunal a otorgar el amparo solicitado por vulneración del artículo14”, sostenía el TC admitiendo que, en efecto, hubo discriminación.

Comentarios - 1 Escribir comentario

#1

Tendría razón el auto si alguien, como hacen los defensores de la "anti España" eterna encarnada en el franquismo reivindicara la bondad de los excesos bajo la república después de que se produjo el golpe de estado y empezó el genocidio siguiendo las consignas del General Mola. Ningún Gobiernos de la República respaldó los excesos criminales que procuró evitar. Franco y los criminales que le secundaron los fomentó, los indultó y los organizó con una farsa de tribunales de justicia.
La ley de memoria histórica busca dar fin a las alabanzas al genocidio y derramar árnica sobre los descendientes de sus víctimas. A ello se opone la "antiEspaña" que recupera en las calles el nombre de los que organizaron la guerra y el genocidio, como el Alcalde de Madrid

Escrito el 27/10/2021 8:07:18 por Alfonso J. Vázquez Responder Es ofensivo Me gusta (0)

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