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Estructura orgánica del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia

24/09/2021
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Decreto Foral 77/2021, de 8 de septiembre, por el que se modifica el Decreto Foral 266/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia (BON de 23 de septiembre de 2021). Texto completo.

DECRETO FORAL 77/2021, DE 8 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO FORAL 266/2019, DE 30 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL DEPARTAMENTO DE POLÍTICAS MIGRATORIAS Y JUSTICIA.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Por Decreto Foral 266/2019, de 30 de octubre Vínculo a legislación, se estableció la estructura orgánica del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia.

Dicho decreto foral fue modificado por Decreto Foral 9/2021, de 10 de febrero, para llevar a cabo una reordenación y mejor definición de funciones y competencias, así como la creación de nuevas unidades orgánicas, entre ellas el Servicio de Ejecución Penal y Justicia Restaurativa.

La estructura de dicho Servicio resulta insuficiente para potenciar la mediación y la justicia restaurativa como métodos válidos de resolución de controversias, por lo que la Dirección General de Justicia ha propuesto una nueva modificación de la estructura del Departamento para crear una Sección de Justicia Restaurativa con esa finalidad.

Así mismo, resulta necesario un cambio en la denominación del Servicio de Recursos Humanos y Nueva Oficina Judicial y Fiscal que pasará a denominarse Servicio de Recursos Humanos y Oficina Judicial y Fiscal, al haber quedado obsoleta la expresión “Nueva Oficina Judicial”.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Políticas Migratorias y Justicia, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día ocho de septiembre de dos mil veintiuno,

DECRETO:

Artículo único.- Modificación del Decreto Foral 266/2019, de 30 de octubre Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia.

Se modifica el Decreto Foral 266/2019, de 30 de octubre Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia, en el sentido siguiente:

Uno.-Se modifica el artículo 16.1, que queda redactado de la siguiente forma:

“1. La Dirección General de Justicia se estructura en los siguientes Servicios:

a) Servicio de Recursos Humanos y Oficina Judicial y Fiscal.

b) Servicio de Infraestructuras Judiciales.

c) Servicio Social de Justicia.

d) Servicio de Ejecución Penal y Justicia Restaurativa”.

Dos.-Se modifica el título de la Sección 2.ª, que queda redactado de la siguiente forma:

“Sección 2.ª Servicio de Recursos Humanos y Oficina Judicial y Fiscal”.

Tres.-Se modifica el artículo 17, que queda redactado de la siguiente forma:

“Artículo 17. Ámbito material y funcional del Servicio de Recursos Humanos y Oficina Judicial y Fiscal.

El Servicio de Recursos Humanos y Oficina Judicial y Fiscal ejercerá las siguientes funciones:

a) Gestión de las competencias de la Dirección General de Justicia en relación con el personal al servicio de la Administración de Justicia en Navarra.

b) Elaboración de propuestas normativas en materia de personal de la Administración de Justicia.

c) Planificación y ejecución de las actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales, en el ámbito competencial del Servicio, en colaboración con el Servicio de Infraestructuras Judiciales.

d) Planificación del cambio hacia el nuevo modelo de Oficina Judicial y Fiscal previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial e implantación progresiva del nuevo modelo organizativo.

e) Impulso de las negociaciones con las organizaciones sindicales con representación en la Administración de Justicia en Navarra para la implantación del nuevo modelo de Oficina Judicial y Fiscal.

f) Elaboración de propuestas normativas para la implantación del nuevo modelo de Oficina Judicial y Fiscal.

g) Propuesta e impulso de la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo y ejecución de los procesos para la provisión de puestos de trabajo en las nuevas unidades organizativas.

h) Registro, archivo y custodia de la documentación del Servicio.

i) Elaboración de la memoria de actividad del Servicio.

j) Cuantas otras le atribuya la legislación vigente o le encomiende la Dirección General de Justicia en materias de su competencia”.

Cuatro.-Se modifica el artículo 18, que queda redactado de la siguiente forma:

“Artículo 18. Estructura del Servicio de Recursos Humanos y Oficina Judicial y Fiscal.

El Servicio de Recursos Humanos y Oficina Judicial y Fiscal se estructura en las Secciones siguientes:

a) Sección de Relaciones Laborales y Gestión de Personal de la Administración de Justicia.

b) Sección de Oficina Judicial y Fiscal”-

Cinco.-Se modifica el apartado e) del artículo 21, que queda redactado de la siguiente forma:

“e) Planificación y control de la ejecución de las actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales en el ámbito de competencias de la Dirección General, en colaboración con el Servicio de Recursos Humanos y Oficina Judicial y Fiscal”.

Seis.-Se modifica el artículo 26 quater, que queda redactado de la siguiente forma:

“Artículo 26. quater. Estructura del Servicio de Ejecución Penal y Justicia Restaurativa.

El Servicio de Ejecución Penal y Justicia Restaurativa se estructura en las Secciones siguientes:

a) Sección de Ejecución Penal.

b) Sección de Justicia Restaurativa”.

Siete.-Se añade el artículo 26 sexies con la siguiente redacción:

“Artículo 26. sexies. Ámbito material y funcional de la Sección de Justicia Restaurativa.

La Sección de Justicia Restaurativa ejercerá las siguientes funciones:

a) Fomentar y desarrollar la justicia restaurativa y la resolución alternativa de conflictos en el marco de la Administración de Justicia en Navarra.

b) Coordinar e impulsar la realización de procesos restaurativos intrajudiciales.

c) Coordinar e impulsar la realización de procesos restaurativos penitenciarios, así como procesos restaurativos pos-penitenciarios para el acompañamiento hacia la reinserción.

d) Coordinar e impulsar la realización de talleres de diálogos restaurativos para el cumplimiento de penas no privativas de libertad.

e) Crear y coordinar una red que ofrezca procesos restaurativos comunitarios.

f) Crear y coordinar programas de mediación penitenciaria y prevención de conflictos en el interior del centro penitenciario.

g) Impulsar acciones formativas y divulgativas en relación a la justicia restaurativa.

h) Supervisar la calidad de los procesos restaurativos, asegurando especialmente la aplicación de la perspectiva de género en todos los ámbitos.

i) Cuantas otras le atribuya la legislación vigente o le encomiende la Dirección General de Justicia en materias de su competencia”.

Ocho.-Se modifica la disposición adicional tercera, que queda redactada de la siguiente forma:

“Disposición adicional tercera.-Requisitos para el desempeño de jefaturas.

Se establecen los siguientes requisitos para el desempeño de las Jefaturas de Sección:

En la Dirección General de Políticas Migratorias:

-Sección de Acogida:

Nivel B; titulación: Grado o Diplomatura en Trabajo Social o Educación Social.

-Sección de Acompañamiento y Mediación Intercultural:

Nivel B; titulación: Grado o Diplomatura en Trabajo Social o Educación Social.

En la Secretaría General Técnica:

-Sección de Régimen Administrativo y de Personal:

Niveles A, B o C.

-Sección de Gestión Económica:

Nivel A o B.

En la Dirección General de Justicia:

-Sección de Relaciones Laborales y Gestión de Personal de la Administración de Justicia:

Niveles A, B o C.

-Sección de Oficina Judicial y Fiscal:

Nivel B; Haber sido nombrado para un puesto de trabajo de nivel B de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o para un puesto de trabajo del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.

-Sección de Proyectos y Sistemas informáticos:

Nivel B.

-Sección de Inmuebles:

Niveles A o B; titulación: Arquitectura, Arquitectura Técnica, Ingeniería de Edificación, o Ingeniería Industrial.

-Sección de Asistencia a las Víctimas del Delito de Navarra y Colaboración con los Órganos Judiciales:

Niveles A, B o C.

-Sección de Registro Único de Parejas Estables:

Niveles A o B; Haber sido nombrado para un puesto de trabajo de T.A.P. (Rama Jurídica) o pertenencia al cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.

-Sección de Ejecución Penal:

Niveles A o B; Titulación: grado o licenciatura en Derecho o Psicología, grado o diplomatura en Trabajo Social o Criminología.

-Sección de Justicia Restaurativa:

Niveles A o B.”

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Disposición adicional única.-Confirmación de nombramientos.

Se confirma en la Dirección General de Justicia en las mismas condiciones en que se produjo el nombramiento de la Directora del Servicio de Recursos Humanos y Nueva Oficina Judicial y Fiscal que pasa a ser Directora del Servicio de Recursos Humanos y Oficina Judicial y Fiscal.

DISPOSICIÓN FINAL

Disposición final única.-Entrada en vigor.

El presente decreto foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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