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Proyectos de prevención de riesgos laborales

20/10/2020
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Resolución de 9 de octubre de 2020, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se modifica parcialmente la distribución de créditos establecida para la provincia de Jaén en la Resolución de 26 de junio de 2019, por la que se convocan para el año 2019 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales, con sujeción a las bases reguladoras establecidas por la Orden de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio de 13 de junio de 2018 (BOJA de 19 de octubre de 2020). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 9 DE OCTUBRE DE 2020, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO Y BIENESTAR LABORAL, POR LA QUE SE MODIFICA PARCIALMENTE LA DISTRIBUCIÓN DE CRÉDITOS ESTABLECIDA PARA LA PROVINCIA DE JAÉN EN LA RESOLUCIÓN DE 26 DE JUNIO DE 2019, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2019 SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, A MICROEMPRESAS, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (PYME) DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, CON SUJECIÓN A LAS BASES REGULADORAS ESTABLECIDAS POR LA ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y COMERCIO DE 13 DE JUNIO DE 2018.

Mediante Resolución de 26 de junio de 2019, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se convocan para el año 2019 subvenciones, en Régimen de Concurrencia Competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales, con sujeción a las bases reguladoras establecidas por la Orden de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio de 13 de junio de 2018 (BOJA núm. 125, de 2.7.2019).

El punto 2 del resuelvo octavo de citada resolución de convocatoria, establece la distribución de los créditos aprobados para la convocatoria y fija las cuantías máximas entre los diferentes ámbitos territoriales y funcionales de competitividad contemplados en la misma, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.1 Vínculo a legislación de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial.

Por otro lado, en el punto 4 del mismo resuelvo octavo se establece que, si tras la resolución de concesión existiesen créditos sobrantes, de los fijados en el citado punto 2, en alguno de los ámbitos territoriales y funcionales establecidos, éstos se distribuirán con los mismos criterios de distribución territorial que los iniciales, previa modificación de la distribución de los créditos aprobados, entre los ámbitos territoriales y/o funcionales de la convocatoria en las existan solicitudes que aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en dichos ámbitos, de forma que, respetando el orden de evaluación establecido, se posibiliten resoluciones complementarias para la concesión de las subvenciones que incluyan dichas solicitudes.

A la vista de los créditos anteriormente referidos, fijados para la provincia de Jaén, y teniendo en cuenta la Resolución de concesión de la convocatoria emitida en dicha provincia en fecha 30 de septiembre de 2020, se constatan los siguientes créditos sobrantes, respecto a los inicialmente previstos:

PROVINCIA CRÉDITO CONVOCATORIA LÍNEA A) M1 (G/31C/77100) RESOLUCIÓN CONCESIÓN LÍNEA A) M1 (G/31C/77100) CRÉDITO CONVOCATORIA LÍNEA B) M1 (G/31C/77100) RESOLUCIÓN CONCESIÓN LÍNEA B) M1 (G/31C/77100) TOTAL CRÉDITO AUTORIZADO NO COMPROMETIDO (G/31C/77100)

JAÉN 412.439,27 € 257.934,75 € 195.264,60 € 190.757,43 € 159.011,69 €

TOTAL 412.439,27 € 257.934,75 € 195.264,60 € 190.757,43 € 159.011,69 €

Por otro lado, en el ámbito de la Línea B) Modalidad M1 de la misma provincia de Jaén, existen a la fecha solicitudes que aún cumpliendo todos los requisitos, no han podido resultar beneficiarias por agotamiento del crédito asignado en dicho ámbito. Para la concesión de dichas solicitudes es necesario un crédito total de 127.368,00 € en la posición presupuestaria G/31C/77100 de dicha provincia.

Por tanto, a la vista de lo anteriormente expuesto, se hace necesario un reajuste de los créditos máximos destinados entre los ámbitos funcionales de la provincia de Jaén, al objeto de poder finalizar la convocatoria del año 2019, procediendo a la concesión de todas aquellas solicitudes que cumpliendo todos los requisitos, no han sido concedidas por agotamiento del crédito disponible en los respectivos ámbitos funcionales, y en concreto los referidos a la posición presupuestaria G/31C/77100, para la financiación de los proyectos acogidos a la modalidad M1 de las líneas A) y B).

En virtud de lo anterior, y de conformidad con el Decreto 100/2019, de 12 de febrero Vínculo a legislación, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, la Orden de 13 de junio de 2018, de bases reguladoras y la Resolución de 26 de junio de 2019, de convocatoria,

RESUELVO

Primero. Modificación de distribución de créditos.

Se modifica la distribución de los créditos máximos fijados para la provincia de Jaén en el punto 2 del resuelvo octavo de la Resolución de 26 de junio de 2019, por la que se convocan las subvenciones para el año 2019, entre los ámbitos funcionales de competitividad contemplados para dicha provincia, en el siguiente sentido:

a) Para subvenciones a PYME incluidas en el apartado A) del resuelvo segundo, por desarrollar alguna de las actividades económicas que durante 2018 reflejaron en la Comunidad Autónoma de Andalucía mayores índices de incidencia por accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales.

a.1) Modalidad M1. Actividades y proyectos que contemplen inversiones dirigidas a la incorporación de medidas especificadas en la planificación preventiva de la empresa.

Tabla omitida.

b) Para subvenciones a PYME incluidas en el apartado B) del resuelvo segundo, por desarrollar alguna de las actividades económicas del sector industrial de Andalucía.

b.1) Modalidad M1. Actividades y proyectos que contemplen inversiones dirigidas a la incorporación de medidas especificadas en la planificación preventiva de la empresa.

Tabla omitida.

Segundo. Efectos.

La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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