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El TS confirma las penas de cárcel a los cabecillas del saqueo de 23 millones de la depuradora de Pinedo

13/10/2020
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El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado las penas de cárcel para los principales cabecillas del llamado caso Emarsa en el que se desviaron 23,5 millones de euros de dinero público a través de la gestión de la depuradora de Pinedo (Valencia).

VALÈNCIA, 9 Oct. (EUROPA PRESS) -

Entre ellos, figuran el exgerente de Emarsa, Esteban Cuesta, a quien se imponen 12 años de cárcel; Enrique Crespo, exvicepresidente 'popular' de la Diputación de Valencia, exalcalde de Manises y expresidente de Emarsa, condenado a 10 años de prisión; y José Juan Morenilla, exgerente de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat (Epsar), con una condena de 9 años de cárcel.

La Sala de lo Penal del alto tribunal ha desestimado de esta forma los recursos de casación interpuestos por los principales acusados en esta macrocausa, con un total de 24 personas en el banquillo. En una sentencia fechada el 30 de septiembre y conocida este viernes, la sala sí estima parcialmente las alegaciones interpuestas por algunos de los implicados, lo que supone algunas variaciones en las penas.

En junio de 2018, la Audiencia de Valencia consideró probado que los principales responsables de la empresa pública que gestionó la depuradora de la pedanía valenciana de Pinedo articularon un sistema fraudulento de facturación con el que lograron el desvío de 23,5 millones de euros de dinero público. Para ello se concertaron con varios empresarios que emitían facturas por servicios no prestados o por un importe muy superior al coste real. De este modo, incorporaron a su patrimonio o al de familiares y amigos el dinero defraudado.

Las penas impuestas entonces oscilaron entre los 9 meses y los doce años y medio de cárcel para los 24 acusados. Asimismo, se fijaron indemnizaciones a pagar de forma solidaria hasta los 23,5 millones de euros, así como otras de menor cuantía a título particular.

En el caso del exvicepresidente 'popular' de la Diputación de Valencia, exalcalde de Manises y expresidente de la entidad se le impusieron 10 años de prisión, inhabilitación para el derecho de sufragio durante la condena y 20 años de años de inhabilitación absoluta por un delito continuado de prevaricación administrativa, falsedad en documento oficial y mercantil y malversación de caudales públicos en su modalidad agravada. Se le absuelve del delito de falsedad en documento oficial y malversación de caudales relativo a la Epsar.

A José Juan Morenilla, exgerente de la Epsar, la pena es de 9 años de prisión y también 20 años de inhabilitación absoluta por prevaricación, falsedad en documento oficial y malversación de caudales.

Entre otros condenados por el fraude también se encuentra el exgerente de Emarsa, Esteban Cuesta, a quien se le han impuesto 12 años y medio de cárcel, la pena más alta. En concreto, son 4 de cárcel, 9 de inhabilitación para empleo o cargo público y multa de un año a 10 euros diarios por un delito de cohecho en concurso medial con falsedad en documento mercantil; y otros 8 años y seis meses por prevaricación, falsedad y malversación. Quedaba absuelto de la prevaricación y la falsedad en lo referente a Epsar.

Para Ignacio Bernácer, exjefe de Explotaciones de Epsar, la pena, tras alcanzar un acuerdo con la Fiscalía y devolver parte del dinero saqueado, se le quedó en unos 3 años. Para el empresario Jorge Ignacio Roca se acordaron 6 años y un día como cooperador necesario de un delito de malversación de caudales público y como autor de otro de falsedad documental.

A Enrique Arnal, ex director financiero de Emarsa, se le fijaron 8 años y seis meses de prisión y 20 años de inhabilitación por prevaricación, falsedad y malversación. Así mismo, al asesor Rafael Quiles se le impusieron 2 años y seis meses de prisión y 5 años de inhabilitación total (cooperador de la malversación y falsedad).

Para Enrique Sena y Vicente Ros Bartual, relacionados con Notec, se han impuesto 6 años y un día de cárcel para el primero y 6 años y seis meses de cárcel para el segundo como cooperadores de la malversación y autores de falsedad en documento mercantil; para Juan Carlos Gimeno, que fue encargado de gestión ambiental de la planta y posteriormente administrador de Área Este y CRM Adecua, 4 años y seis meses de prisión y 6 años de inhabilitación, también por su cooperación en delitos de malversación y falsedad; y para Vicente Tomás Benlloch, administrador de Viajes Benimàmet, 11 meses de cárcel y un año y seis meses de inhabilitación.

Los recursos interpuestos por todas estas personas quedan desestimados. La sala sí acepta parcialmente, según figura en el fallo, consultado por Europa Press, los recursos de casación presentados por las representaciones procesales de Sebastián García Martínez 'Chanín', el exinformático de la entidad; su hermana, María Paz García Martínez; la administradora del Grupo Mas, Eva María Marsal Gil; el exjefe del Área Mediambiental, Adolfo Polo Baixauli, y Daniel Calzada, de la mercantil Llar Calzada.

SEGUNDA SENTENCIA

En una segunda sentencia de la Sala de lo Penal del TS, también dictada el 30 de septiembre, se recoge que hubo un auto aclaratorio de julio de 2018 de acuerdo al cual se modificaron algunos aspectos de la sentencia de instancia.

En esta segunda resolución, se absuelve a Eva María Marsal Gil del delito de falsedad documental del que venía condenada y se la condena como autora de un delito de malversación de caudales públicos ya definido, a la pena de dos años y tres meses de prisión y cuatro años de inhabilitación absoluta.

Respecto a 'Chanín', se le condena como cooperador necesario de un delito continuado de malversación de caudales público, en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil, con la atenuante analógica de confesión, a la pena de 7 años de prisión y 15 años de inhabilitación absoluta.

Igualmente, se condena a María Paz García Martínez como cómplice de un delito de malversación de caudales públicos y como autora de un delito de falsedad documental, en concurso medial, a la pena de 2 años de prisión y multa de 10 meses con cuota diaria de 6 euros. La responsabilidad civil se ajustará al importe de 3.434.516,66 euros.

Adolfo Polo Baixauli es condenado como cómplice de un delito continuado de malversación de caudales públicos y como autor de un delito continuado de falsedad documental, con las atenuantes de reparación del daño y analógica de confesión, ambos en concurso medial, a la pena de 1 año y 4 meses de prisión y multa de 5 meses con cuota diaria de 6 euros. El límite de la indemnización de la que debe responder, en la forma establecida en la sentencia de instancia, como cómplice y de conformidad con el artículo 116 CP, se establece en 205.192,72 euros.

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