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Moción en la arena del Parlamento; por Jorge Rodríguez-Zapata, magistrado del Tribunal Supremo y magistrado emérito del Tribunal Constitucional

31/08/2020
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El día 29 de agosto de 2020, se ha publicado en el diario El Mundo, un artículo de Jorge Rodríguez-Zapata, en el cual el autor argumenta que las mociones de censura son un instrumento necesario del parlamentarismo democrático, incluso en el supuesto tópico en que “los votos no dan”.

El enfrentamiento entre la mayoría y las minorías parlamentarias -y entre las diversas minorías en que dentro de estas se articulan- es la esencia del parlamentarismo europeo o, lo que es lo mismo, el ser esencial de la democracia en Europa. Este enfrentamiento, siempre que se respete el fair play político, es tanto más vivo cuanto más avanzada sea la democracia. Se ignora la esencia del parlamentarismo cuando se critica la dureza de los debates parlamentarios (palabra tópico: “crispar”) porque el debate legitima a la oposición, no como un grupo hostil al que se pueda ignorar, despreciar o tratar de absorber en la mayoría parlamentaria, sino como un engranaje insustituible que representa la quintaesencia del gobierno democrático.

Entendía José Prat que la Segunda República, de la que fue diputado en varias ocasiones, superaba la democracia actual, porque un hemiciclo debe evocar la arena del circo romano y los oradores salir a la tribuna para hablar y no para leer -lo cual estaba prohibido en la Segunda República-, como a una auténtica lucha a muerte en la que tanto el Gobierno como la oposición pueden triunfar o desfallecer.

La moción de censura tiene su origen en el parlamentarismo británico. La responsabilidad política de los ministros se logró por el Parlamento con el corsé medieval de la responsabilidad criminal por impeachment a mediados del siglo XIV, cuando los validos del Rey habían dejado de gozar de la confianza de la Cámara de los Comunes. La acusación criminal del valido por esta Cámara, y su enjuiciamiento por la de los Lores, terminaba con la condena a muerte y envío del reo a la Torre de Londres, en la que entraba a través de la puerta de los traidores -Traitors’ gate- que da al Támesis; la cual era conocida también, en forma premonitoria, como “puerta del río”, o Watergate, donde se le cortaba la cabeza. El impeachment evolucionó en Gran Bretaña y fue el precedente de la dimisión de los cargos públicos, ideada por un ministro que, cuando iba a ser sometido a acusación por los Comunes y enjuiciamiento por los Lores, tuvo la lucidez de ausentarse de Londres a uña de caballo, poniendo tierra por medio. En el presidencialismo norteamericano subsiste el impeachment criminal, que recientemente se ha seguido en vano contra el presidente Donald Trump, y anteriormente contra Bill Clinton y contra Richard Nixon, quien evitó su juicio por dimisión y por el indulto que le otorgó el presidente Ford en 1974.

En el continente europeo, a diferencia del modelo británico, se tiende al multipartidismo, que ha producido mayorías parlamentarias muy heterogéneas y gobiernos en minoría poco estables. Las Constituciones han intentado garantizar, durante todo el siglo XX, la estabilidad del Gobierno, para lo cual han dificultado los instrumentos de control de la oposición. Es lo que se conoce como racionalización del sistema parlamentario, que trata de impedir que la libertad de opinión y de crítica, que es consustancial a todo parlamentarismo, se salde con la ineficacia del poder ejecutivo. Tras la Primera Guerra Mundial, las constituciones europeas hicieron necesarias tanto una votación formal de investidura como una moción formal de censura; y tras la Segunda, la moción de censura dejó de ser destructiva y se hizo constructiva. Así la introdujo la Ley Fundamental de Bonn en 1949, con un sistema análogo al que adoptaría la Constitución española en 1978, si bien en esta última se arbitraron numerosos obstáculos adicionales. Estas dificultades no fueron óbice para que, en 2018, prosperase la moción de censura contra el Gobierno de Rajoy, resultando investido Pedro Sánchez, quien ganaría las siguientes elecciones generales, así como en Alemania había triunfado la moción presentada contra el canciller Helmut Schmidt en 1982, que dio como resultado la mayoría parlamentaria de Helmut Kohl, quien la ostentaría durante los 15 años siguientes.

En este escenario, el anuncio por el líder de Vox de una moción de censura para el próximo mes de septiembre -la quinta desde la entrada en vigor de la Constitución de 1978- ha generado una amplia polémica. A decir de los franceses, la moción de censura es la bomba atómica del parlamentarismo, porque en los tiempos de la Guerra Fría se amenazaba con ella, pero rara vez se empleaba por temor a que sus efectos devastadores alcanzasen al mismo que la había lanzado. La solemnidad que caracteriza la presentación de toda moción de censura, la necesidad que impone a los grupos, e incluso a cada diputado, de asumir posiciones ideológicas precisas -ya que su votación es pública y por llamamiento según el Reglamento del Congreso-, el espíritu defensivo que puede crear en la mayoría que se censura y los ecos que suscita en los medios de comunicación y redes sociales pueden dar lugar a que, en algunos casos, una moción de censura fallida tenga el efecto contrario de reforzar un Gobierno ineficaz, o bien apuntalar una mayoría parlamentaria frágil.

Tales objeciones no justifican que sea cuestionada la pertinencia de la presentación de mociones de censura. La responsabilidad política del Gobierno no solo se exige el día de las elecciones generales, sino también cuando triunfa una moción de censura constructiva, e incluso cuando los electores siguen el debate de una moción de censura testimonial y pueden decidir en la sala de estar de su propia casa -ejemplo de la living-room democracy- cuál de entre todas las opciones políticas representadas en la Cámara debe orientar el sentido de su voto en las próximas elecciones para formar mayorías alternativas.

En ese sentido, la moción de censura testimonial también puede ser útil en el parlamentarismo democrático, especialmente en tiempos de crisis. La celebración de cuatro elecciones generales en los cuatro últimos años solo ha permitido lograr en España, con mucha dificultad, dos escuetas mayorías de investidura, pero no ha garantizado una dirección política estable que marque, dentro de la Constitución y del Derecho de la Unión Europea, directrices de gobierno que estén apoyadas en una mayoría de gestión y una mayoría de legislación, sin tener que acudir de manera recurrente a la llamada geometría variable parlamentaria.

El control mediante preguntas parlamentarias está recogido en el Reglamento del Congreso de 1982, el cual fue aprobado por la mayoría de un gobierno débil -de la UCD-, y solo ha sido modificado en aspectos no esenciales. Según este Reglamento, el tiempo de las preguntas no podrá exceder de cinco minutos; o bien de cinco ó diez minutos para las intervenciones en casos de interpelaciones. Estos estrechos márgenes temporales reducen el control de la oposición y contrastan con la posibilidad de hablar en la moción de censura, que puede ser defendida “sin límite de tiempo” por uno de los diputados firmantes y por el candidato propuesto para presidente del Gobierno para exponer su programa político.

Las mociones de censura son un instrumento necesario del parlamentarismo democrático, incluso en el supuesto tópico en que “los votos no dan”. El uso de los instrumentos de control que la oposición tiene a su disposición contra la mayoría parlamentaria, incluida la moción de censura, solo se puede enjuiciar a posteriori, y se mide siempre en clave de éxito o fracaso político. Merecen ser recordadas, a este respecto, las palabras de Felipe González en la defensa de la moción de censura testimonial presentada contra Adolfo Suárez el 28 de mayo de 1980, cuando afirmó que su programa debía servir “de base para trazar un camino por el cual pueda discurrir, si ello es posible, la mayoría de esta Cámara y, si no lo es [], que lleve a la conciencia de los más que los problemas que nos afectan -sociales, económicos, culturales o políticos- deben ser resueltos en el momento presente más uniendo voluntades que empleando la fría aritmética de los votos”.

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