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  • EDICIÓN DE 25/05/2020
 
 

Colegio Oficial de Diplomados en Enfermería

25/05/2020
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Decreto 21/2020, de 20 de mayo, por el que se aprueba el cambio de denominación del Colegio Oficial de Diplomados en Enfermería de La Rioja por el de Colegio Oficial de Enfermería de La Rioja (BOR de 22 de mayo de 2020) Texto completo.

DECRETO 21/2020, DE 20 DE MAYO, POR EL QUE SE APRUEBA EL CAMBIO DE DENOMINACIÓN DEL COLEGIO OFICIAL DE DIPLOMADOS EN ENFERMERÍA DE LA RIOJA POR EL DE COLEGIO OFICIAL DE ENFERMERÍA DE LA RIOJA

La norma institucional básica de la Comunidad Autónoma de La Rioja, aprobada por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio Vínculo a legislación, establece en su Título Preliminar, artículo 7.3, que corresponde a los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja impulsar aquellas acciones que tiendan a mejorar las condiciones de vida y trabajo y a incrementar la ocupación y el crecimiento económico.

El ámbito competencial al que hace referencia dicho artículo queda desarrollado en el Capítulo II del Título I del Estatuto de Autonomía y concretamente en su artículo 9.10, que prevé que en el marco de la legislación básica del Estado, corresponde a la Comunidad Autónoma de La Rioja, el desarrollo legislativo y la ejecución de la materia de colegios profesionales y el ejercicio de las profesiones reguladas. En ejercicio de esta competencia corresponde a la Comunidad Autónoma la potestad legislativa de desarrollo, la potestad reglamentaria y la función ejecutiva.

El artículo 36 Vínculo a legislación de la Constitución Española establece que la ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas.

La Ley 4/1999, de 31 de marzo Vínculo a legislación, de colegios profesionales de La Rioja, establece en su artículo 6 que 'las denominaciones de los Colegios Profesionales deberán responder a la titulación poseída por sus miembros y no podrá ser coincidente o similar con la de otros colegios preexistentes en el territorio, ni inducir a error en cuanto a los profesionales que los componen'. Este artículo también indica que 'las expresadas denominaciones colegiales incluirán la palabra 'Colegio' y finalizaran con la expresión 'de La Rioja', y que 'el cambio de denominación de un Colegio requerirá el acuerdo previo de éste, adoptado por mayoría absoluta de sus miembros, debiendo ser aprobado por Decreto del Gobierno de La Rioja, previa audiencia de los colegios que puedan resultar afectados, o, de existir, del Consejo General correspondiente'

El Colegio Oficial de Diplomados en Enfermería de La Rioja solicitó el 6 de mayo de 2019 a la Dirección General de Justicia e Interior, mediante certificado de 2 de abril de 2016, por el que se aprueba la modificación de estatutos y el propio texto de los estatutos modificados, que se inicien los trámites administrativos necesarios para el cambio de denominación de 'Colegio Oficial de Diplomados en Enfermería de La Rioja' por la de 'Colegio Oficial de Enfermería de La Rioja' mediante Decreto autonómico.

Posteriormente, el Colegio Oficial de Diplomados en Enfermería de La Rioja con fecha 2 de julio de 2019 aporta certificado de 21 de junio de 2019 del Secretario General de la Organización Colegial de Enfermería - Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España, en la que certifica que 'a la vista del proyecto de estatutos particulares del Ilustre Colegio Oficial de Enfermería de La Rioja, procede comunicar que la Comisión Ejecutiva del Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España, en ejercicio de la función contenida en los artículos 6.4, Vínculo a legislación 6.5 Vínculo a legislación y 9.1 Vínculo a legislación de la Ley 2/1974, sobre Colegios Profesionales, en reunión celebrada el día 12 de junio de 2019, por unanimidad de los miembros presentes, ha acordado informar favorablemente la propuesta de modificación de los Estatutos particulares del Ilustre Colegio Oficial de Enfermería de La Rioja'.

Finalmente, con fecha 18 de noviembre de 2019, tiene entrada en el registro certificado de 18 de noviembre de 2019 de la Secretaria del Colegio Oficial de Enfermería en el que se indica que 'según consta en el acta de la Junta General Ordinaria de este Colegio, celebrada el día dos de abril de dos mil diecinueve, fue aprobada por mayoría absoluta el punto 5 del orden del día, (propuesta de reforma de estatutos)'.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Servicios Sociales y a la Ciudadanía, conforme con el Consejo Consultivo de La Rioja y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 20 de mayo de 2020, acuerda aprobar el siguiente,

DECRETO

Artículo único. Cambio de denominación

Se aprueba el cambio de la denominación del Colegio Oficial de Diplomados en Enfermería de La Rioja, que en virtud de este decreto pasa a denominarse 'Colegio Oficial de Enfermería de La Rioja'.

Disposición final primera. Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

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