Diario del Derecho. Edición de 11/07/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 21/11/2019
 
 

TS

El Tribunal Supremo vuelve a fallar contra una cláusula multidivisa

21/11/2019
Compartir: 

El Tribunal Supremo ha vuelto a fallar contra una cláusula multidivisa, en este caso comercializada por Banco Popular, a favor de un socio de Asufin, según la sentencia vista por Europa Press.

MADRID, 20 Nov. (EUROPA PRESS) -

Los demandantes son un matrimonio en el que uno de sus integrantes es japonés, pero reside desde hace años en España, donde trabaja y recibe sus ingresos en euros.

El Supremo considera que el hecho que recibiera una donación en yenes únicamente servía para pagar una parte inicial del préstamo, sin que se haya probado que esto convirtiera al yen en la moneda funcional del préstamo.

Asimismo, el Alto Tribunal ha alegado que es "esencial" que el banco informe al cliente sobre la carga económica que le podría suponer una fluctuación de la divisa en el pago de las cuotas de amortización, el vencimiento anticipado del préstamo en el pago del capital pendiente de amortizar o el cambio desde la divisa al euro en el incremento del capital pendiente de amortizar, computado en euros.

La sentencia razona que el cliente también debe ser informado de que la devaluación del euro frente a la divisa extranjera, por encima de ciertos límites, otorga al banco la facultad de exigir nuevas garantías, así como de las consecuencias de no prestar esas garantías suplementarias.

Esta falta de transparencia también agrava su situación jurídica, puesto que ignora el riesgo de infragarantía para el caso de depreciación del euro frente a la divisa en que se denominó el préstamo.

Por todo ello, el Supremo ha declarado la nulidad parcial del contrato, que supone la eliminación de las referencias a la denominación en divisas del préstamo, que queda como un préstamo concedido y amortizado en euros.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Una sentencia lamentable y su interpretación; por Antonio Bar Cendón, catedrático de Derecho Constitucional y catedrático Jean Monnet ad personam en la Universidad de Valencia
  2. Actualidad: El Supremo confirma la prisión permanente revisable por la muerte de Manuela Chavero
  3. Actualidad: El Supremo confirma ocho años de cárcel para el hombre que habló de matar a Sánchez en un chat de WhatsApp
  4. Estudios y Comentarios: Intervencionismo espurio; por Cecilio Madero, Abogado
  5. Estudios y Comentarios: La corrupción, los servicios; por Jesús Trillo-Figueroa Martínez-Conde, abogado del Estado
  6. Tribunal Supremo: En el delito de estafa por omisión se aprecia la existencia de engaño típico cuando se omiten los comportamientos legales exigidos para evitar el resultado producido, o cuando no se facilita la información obligada
  7. Libros: YELA UCEDA, Mercedes: El delito de trata de seres humanos con fines de explotación sexual. Análisis jurídico-penal de formas de esclavitud actuales con perspectiva de género y captación mediante nuevas tecnologías, Iustel, 232 Páginas
  8. Actualidad: El TS confirma 16 años y 11 meses de cárcel al exconcejal de Ponferrada (León) que dejó parapléjica a su mujer
  9. Tribunal Supremo: La prestación de asistencia sanitaria por infección de Covid-19 corresponde a las aseguradoras con conciertos con las entidades gestoras del régimen especial de funcionarios
  10. Actualidad: El Supremo fija que el complemento de pensión de brecha de género se conceda a hombres y mujeres en igualdad

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana