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Una condena que refuerza el Estado de derecho; por Eugenio Ribón, Decano de la Abogacía de Madrid

21/11/2025
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El día 21 de noviembre de 2025 se ha publicado, en el diario ABC, un artículo de Eugenio Ribón en el cual el autor opina que el derecho de defensa el secreto profesional y la lealtad procesal no son fórmulas retóricas, sino garantías constitucionales que protegen al ciudadano frente al poder.

UNA CONDENA QUE REFUERZA EL ESTADO DE DERECHO

La condena del Tribunal Supremo al fiscal general del Estado trasciende lo individual: es un pronunciamiento que subraya la vigencia de los principios esenciales del Estado de derecho y la necesidad de preservarlo sin ambigüedades. El derecho de defensa, el secreto profesional y la lealtad procesal no son fórmulas retóricas, sino garantías constitucionales que protegen al ciudadano frente al poder y aseguran la equidad del proceso penal. Cuando se vulneran, lo que se debilita no es solo un caso concreto, sino el modelo de justicia garantista que consagra nuestra Constitución. Esta es la convicción que motivó, tras un análisis minucioso y sereno de los hechos la actuación del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid y nuestra decisión de acudir a los tribunales ante la difusión pública de una comunicación mantenida entre un abogado y un fiscal, en el contexto de una eventual conformidad: un instrumento procesal basado en la buena fe recíproca entre acusación y defensa, que no puede funcionar si la información reservada de una parte es divulgada sin consentimiento, como aquí ocurrió.

El ICAM, tras un análisis sereno y riguroso de los hechos, ejerció la acusación popular convencido de que existían indicios más que concurrentes de responsabilidad penal. No podíamos permanecer impasibles ente una infracción tan grave de los principios que sustentan el ejercicio de la Abogacía.

Lo que estaba en juego en este juicio ere mucho más que una actuación concreta: era la solidez de una de las piedras angulares del Estado de derecho, la inviolabilidad del derecho de defensa. No podíamos quedar impasibles ante una vulneración tan evidente de los principios esenciales que sustentan el ejercicio de la abogacía.

La relevancia de esta condena reside, también, en la reafirmación de un principio estructural de nuestro sistema democrático: nadie está por encima de la ley. Lejos de erosionar la confianza ciudadana en la Justicia esta resolución la fortalece.

Nuestra intervención en este procedimiento ha estado presidida por la prudencia, el respeto escrupuloso a la presunción de inocencia y la convicción de que ciertos hechos no pueden quedar sin respuesta. Porque cuando las garantías constitucionales se vulneran desde posiciones institucionales de máxima responsabilidad, cuando la confidencialidad procesal se relativiza o se instrumentaliza, entonces se abre la puerta a que empiece a valer todo. Y cuando empieza a valer todo lo que quiebra es el Estado de derecho.

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