Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 29/03/2019
 
 

CGPJ

El CGPJ avala el proyecto de Real Decreto que actualiza las retribuciones por objetivos de jueces y fiscales

29/03/2019
Compartir: 

Considera que la norma garantiza que el derecho a la tutela judicial efectiva "se satisfaga mediante una justicia profesional"

MADRID, 28 (EUROPA PRESS)

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado este jueves por unanimidad el informe al proyecto de Real Decreto que actualiza las retribuciones especiales y variables por objetivos de jueces y fiscales al considerar que la norma garantiza que el derecho a la tutela judicial efectiva "se satisfaga mediante una justicia profesional".

El informe, del que han sido ponentes los vocales José María Macías Castaño y Juan Martínez Moya, concluye que "debe ser favorablemente valorada" la participación en programas de actuación por objetivos y desempeño de comisiones de servicio sin relevación de funciones contenida en el proyecto de Real Decreto.

Según informa en órgano de gobierno de los jueces en una nota, el texto aprobado señala que "con el incremento retributivo proyectado se contribuye a satisfacer la finalidad perseguida" en la Ley Orgánica del Poder Judicial de que "el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los supuestos en que proceda la sustitución de jueces y magistrados o en que sea necesario adoptar medidas de refuerzo" se ejerza por miembros de la carrera judicial para que el derecho fundamental de los ciudadanos a obtener una tutela judicial efectiva "se satisfaga mediante una justicia profesional".

NUEVAS CUANTÍAS

El proyecto de Real Decreto informado establece una nueva cuantía para las retribuciones especiales por sustitución, que pasan del 80 al 100 por cien del complemento de destino previsto para el desempeño profesional en el órgano que se sustituya, excluidas las circunstancias especiales asociadas al destino referidas en el artículo 5.c de la Ley 15/2013. En el caso de las sustituciones en la carrera fiscal, la cuantía se fija también en el cien por cien del complemente de destino del puesto que se sustituya.

Además, el proyecto de Real Decreto los magistrados, jueces, fiscales y abogados fiscales que participen en los programas concretos de actuación o desempeñen comisiones de servicio sin relevación de funciones percibirán una remuneración que se fijará por el Ministerio de Justicia y que consistirá en un porcentaje de hasta el cien por cien del complemento de destino, con exclusión de la parte de éste que retribuye otras circunstancias especiales recogidas en dicha ley.

Las nuevas cuantías surtirán efectos económicos a partir del primer día del mes siguiente a la publicación del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado, ha apuntado el CGPJ en un comunicado.

El proyecto de Real Decreto señala que tienen la consideración de retribuciones especiales las correspondientes al desempeño de servicios de guardia, las derivadas de la prestación de servicios extraordinarios sin relevación de funciones jurisdiccionales y las correspondientes a las sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra función.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana