BASES
1. Objetivos.
Este curso monográfico tiene como finalidad analizar los cambios normativos producidos con la aprobación de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia, y la configuración de la protección de nuestro patrimonio cultural, con especial referencia al planeamiento urbanístico. De igual forma, se adelantan las futuras modificaciones que en la protección del patrimonio cultural y en la elaboración del planeamiento urbanístico supondrá la futura Ley de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas de Galicia, en tramitación parlamentaria.
Se estudiarán también aspectos nuevos como la inclusión de la lengua y de la toponimia por vez primera en la ley como patrimonio cultural inmaterial, se hablará de los retos en el ámbito archivístico y bibliotecario y se ahondará en el patrimonio inmaterial escasamente tratado y en el patrimonio arqueológico.
Esta actividad resulta esencial para todo el personal al servicio de cualesquiera de las administraciones públicas encargado del estudio y aprobación de planes urbanísticos, en especial para el personal al servicio de la Administración local encargado de la elaboración del planeamiento municipal, de la tramitación de las licencias urbanísticas, de su concesión, personal de sus servicios jurídicos, miembros de sus escalas de arquitectos/as, ingenieros/as, arqueólogos/as o miembros de los colegios profesionales de arquitectos/as, abogados/as e ingenieros/as.
2. Contenidos.
Como temas principales a tratar en este curso monográfico destacan los siguientes.
• El Camino de Santiago, elemento vertebrador del patrimonio cultural y del turismo.
• El reparto competencial en materia de patrimonio cultural y turismo.
• La protección legal y jurisprudencial del patrimonio cultural.
• El patrimonio cultural y el planeamiento urbanístico: el Camino de Santiago, las modificaciones de la futura Ley de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas de Galicia.
• El patrimonio inmaterial de Galicia.
• La lengua y la toponimia como patrimonio inmaterial.
• El patrimonio arqueológico.
• El patrimonio cultural y el turismo: coordinación de las políticas turísticas y de protección del patrimonio cultural, medidas contra la contaminación lumínica.
3. Personas destinatarias.
Personal empleado público, en situación de servicio activo o asimilada, de las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Galicia, de sus entes instrumentales, de las universidades del Sistema universitario de Galicia, profesionales y personas interesadas en general.
4. Desarrollo.
Duración: 12 horas lectivas.
Lugar: Escuela Gallega de Administración Pública, calle Madrid, 2-4, Santiago de Compostela.
Fechas: 4 y 5 de abril de 2019.
Horario: 4 de abril, mañana y tarde; 5 de abril, mañana.
5. Número de plazas: limitado por la capacidad del local.
6. Inscripción.
1. El plazo para la inscripción estará abierto desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta el día 31 de marzo de 2019.
2. Las solicitudes de participación en esta actividad formativa solo se podrán realizar mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección https://egap.xunta.gal/matricula desde las 8.00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes hasta las 23.55 horas de la fecha de finalización. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.
7. Criterios de selección.
El orden de admisión vendrá determinado por la fecha y hora de presentación de las solicitudes.
8. Publicación de las relaciones del alumnado seleccionado.
La EGAP publicará en la dirección https://egap.xunta.gal una relación de las personas seleccionadas para participar en este curso monográfico, así como un número adecuado de reservas, en caso de que el número de solicitudes recibidas fuese superior al número de plazas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
Se entenderá que las personas que no figuren en las relaciones fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria u ocupan un puesto más alejado en el listado de espera.
9. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y asistencia.
1. En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.
2. Renuncia:
a) Las personas seleccionadas solo podrán renunciar a la actividad formativa:
• Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.
• Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los/las responsables de los centros directivos.
• Por otras causas justificadas documentalmente.
b) La renuncia debe ser comunicada enviando un correo electrónico a [email protected], con una antelación mínima de tres días anteriores al inicio de la actividad formativa, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE de 2 de octubre). En la página web de la Escuela estará disponible un modelo de renuncia.
c) Las personas que incumplan lo previsto en los apartados a) y b) pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.
3. La asistencia y la puntualidad:
a) Son obligatorias la asistencia a las sesiones de la actividad formativa y la puntualidad.
b) Durante la actividad formativa se realizarán controles de asistencia y puntualidad.
c) Las faltas de asistencia:
1. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas presenciales. En todo caso, las faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante los/las responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo especificado anteriormente perderán el derecho al certificado de asistencia a la actividad formativa.
2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.
10. Modificaciones.
La EGAP se reserva la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de esta actividad, así como la facultad de cancelarla si el escaso número de solicitudes no justificase su realización.
11. Certificado de asistencia oficial.
Al final de esta actividad se emitirá un certificado electrónico de asistencia, descargable desde el área de matrícula (https://egap.xunta.gal/matricula/), a aquellas personas inscritas que hayan participado asiduamente y siempre que su asistencia hubiese sido igual o superior al 90 % de las horas lectivas programadas. Este documento estará firmado electrónicamente por la EGAP e incluirá, de forma expresa, el contenido, la carga lectiva, la fecha y el lugar de realización del curso, así como un código de verificación electrónica (CVE) para contrastar su autenticidad.