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Declaración recapitulativa de operaciones con gases fluorados de efecto invernadero

18/03/2019
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Orden Foral 28/2019, de 11 de marzo, del Consejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se modifica la Orden Foral 46/2015, de 13 de octubre, del Consejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se aprueba el modelo 586 de “Declaración recapitulativa de operaciones con gases fluorados de efecto invernadero” (BON de 15 de marzo de 2019). Texto completo.

ORDEN FORAL 28/2019, DE 11 DE MARZO, DEL CONSEJERO DE HACIENDA Y POLÍTICA FINANCIERA, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 46/2015, DE 13 DE OCTUBRE, DEL CONSEJERO DE HACIENDA Y POLÍTICA FINANCIERA, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 586 DE “DECLARACIÓN RECAPITULATIVA DE OPERACIONES CON GASES FLUORADOS DE EFECTO INVERNADERO”.

La Orden Foral 46/2015, de 13 de octubre Vínculo a legislación, aprobó el modelo 586 para dar cumplimiento a la obligación establecida en el artículo 5 del Reglamento del Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero, aprobado por Real Decreto 1042/2013, de 27 de diciembre Vínculo a legislación, de presentar, por parte de los fabricantes, importadores, adquirentes intracomunitarios, revendedores y gestores de residuos, una declaración anual recapitulativa de operaciones, exentas y no sujetas, con gases fluorados de efecto invernadero.

Mediante Real Decreto 1075/2017, de 27 de diciembre, se ha modificado el citado artículo 5, debiendo incluirse en la declaración anual recapitulativa las citadas operaciones, estén sujetas, no sujetas o exentas.

La presente Orden Foral tiene por objeto modificar la Orden Foral 46/2015 para dar cumplimiento a la mencionada modificación reglamentaria.

En consecuencia, de conformidad con la atribución contenida en el artículo 6 y en la disposición adicional séptima de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre Vínculo a legislación, General Tributaria, y en la disposición final primera de la Ley Foral 11/2015, de 18 de marzo Vínculo a legislación, por la que se regulan el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica, el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero y el Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito,

ORDENO:

Artículo único.-Se modifica la Orden Foral 46/2015, de 13 de octubre Vínculo a legislación, del Consejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se aprueba el modelo 586 de “Declaración recapitulativa de operaciones con gases fluorados de efecto invernadero”.

Uno. Artículo 2.

“Artículo 2. Obligados a presentar el modelo 586.

Están obligados a la presentación del modelo 586 los fabricantes, importadores, adquirentes intracomunitarios, gestores de residuos y revendedores que realicen operaciones de adquisición, importación, adquisición intracomunitaria, venta o entrega o autoconsumo de gases fluorados que resulten sujetas, no sujetas o exentas de conformidad con lo establecido en los apartados Seis.1, Seis.2 y Siete respectivamente del artículo segundo de la Ley Foral 11/2015, de 18 de marzo Vínculo a legislación, por la que se regula, entre otros, el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero.”

Dos. Sustitución del Anexo de la Orden Foral 46/2015, de 13 de octubre Vínculo a legislación, por el que figura como Anexo en la presente Orden Foral.

Disposición final segunda.-Entrada en vigor.

La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra y será aplicable, por primera vez, a las declaraciones del modelo 586 que se presenten a partir del día 1 de enero de 2019, en relación con la información correspondiente al año 2018.

Anexos

Omitidos.

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