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TSJA

El TSJA desestima un recurso de Dornier contra el concurso de la zona azul al no ver legitimación

04/03/2019
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado un recurso contencioso administrativo promovido por la empresa de gestión de aparcamientos 'Dornier', contra la decisión de la mesa de contratación del Ayuntamiento de Sevilla de excluir la oferta presentada por 'Setex Aparki' en el concurso público promovido en el pasado mandato municipal al objeto de adjudicar la explotación de la zona azul hispalense, un procedimiento en el que también concurrió sin éxito la empresa protagonista de este litigio.

SEVILLA, 1 Mar. (EUROPA PRESS) -

En su sentencia, emitida el pasado 28 de septiembre y recogida por Europa Press, el TSJA aborda un litigio promovido por la vía Contencioso Administrativa con relación al resultado del concurso público promovido en el pasado mandato por el Ayuntamiento hispalense, entonces gobernado por el popular Juan Ignacio Zoido, para la gestión y explotación del servicio de estacionamiento en superficie regulado por precio público o zona azul.

Aquel nuevo contrato de explotación de la zona azul, recordémoslo, ampliaba de 4.112 a un total de 7.285 las plazas de estacionamiento público sometidas a esta figura, siendo el mismo adjudicado a la empresa Aparcamientos Urbanos de Sevilla (Aussa), participada en un 51 por ciento por la sociedad municipal Transportes Urbanos de Sevilla (Tussam) y que ya ostentaba la explotación de este servicio.

La citada adjudicación era formalizada a mediados de diciembre de 2013, después de que no prosperasen ante el Tribunal de Resolución de Recursos Contractuales del Ayuntamiento las impugnaciones administrativas promovidas por las empresas de gestión de aparcamientos 'Dornier S.A.' y 'Setex Aparki', tras haber concurrido las mismas a este concurso público finalmente fallado en favor de Aussa.

"FALTA DE LEGITIMACIÓN"

Al respecto, esta sentencia del TSJA aborda un recurso contencioso administrativo interpuesto por 'Dornier S.A.' contra la resolución adoptada a comienzos de diciembre de 2013 por el Tribunal de Recursos Contractuales del Ayuntamiento, inadmitiendo "por falta de legitimación" su recurso especial contra la decisión previa de la mesa de contratación de excluir del concurso público a 'Setex Aparki'.

En su recurso, 'Dornier' reclamaba anular dicha decisión, así como "retrotraer las actuaciones hasta el momento de análisis y valoración de las ofertas y realizar de una nueva valoración incluyendo" la oferta presentada por 'Setex Aparki', bajo la premisa de que la exclusión de dicha oferta "tuvo un efecto directo sobre todas y cada una de las valoraciones del resto de proposiciones económicas presentadas y del orden de puntuación que finalmente se asignó" a cada una de las empresas que pujaban por el contrato finalmente adjudicado a Aussa.

Así, si bien el concurso fue resuelto en favor de Aussa al contar su oferta con una puntuación de 79,45, --la máxima de todas seguida de la de 'Dornier' con una puntuación de 76,53--, dicha empresa asegura que de no haber sido excluida la oferta de 'Setex Aparki', la suya habría sido la propuesta con mejor puntuación con 69,26 puntos frente a 68,54 puntos que habrían correspondido a la oferta de Aussa según los "criterios" aplicables.

FUERA DEL "MODELO ESTABLECIDO"

No obstante, y después de que el Tribunal de Resolución de Recursos Contractuales del Ayuntamiento sostuviese que la oferta de 'Setex Aparki' fue excluida del concurso "por variar su oferta económica el modelo establecido, introduciendo aspectos que generan confusión, pues en vez de proponer un canon fijo anual como exigía el pliego proponía un canon medio anual de los diez años del servicio", entendiendo que 'Dornier' no había "acreditado que vaya a obtener un beneficio o la desaparición de un perjuicio con la anulación del acto recurrido", el TSJA zanja directamente que 'Dornier' carece de "legitimación activa para impugnar la exclusión de un tercer licitador".

"La controvertida decisión de la mesa de contratación en absoluto determinó el apartamiento de 'Dornier' del procedimiento de licitación, que prosiguió con su participación hasta la adjudicación del contrato a Auusa, acto que por cierto no consta recurrido", argumenta el TSJA, agregando que 'Setex Aparki' "consintió finalmente su exclusión, por no atenerse su proposición económica al modelo establecido en los pliegos". Por ello, el TSJA desestima a todos los efectos el mencionado recurso contencioso administrativo de 'Dornier'.

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