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El TS estima reabrir el expediente a la jueza de Verín en el caso de la mujer asesinada en el Hospital de Ourense

28/02/2019
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La víctima fue asesinada en mayo de 2015 por su marido en una habitación del CHUO

OURENSE, 27 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha estimado el recurso presentado por la familia de Isabel Fuentes, la mujer asesinada por su marido en una habitación del Complexo Hospitalario Universitario de Ourense (CHUO) en 2015, contra el acuerdo del Consejo General del Poder Judicial que ratificó el archivo de expediente abierto por la actuación de una jueza de Verín en un procedimiento por lesiones a la misma víctima antes de que el hombre la matase.

De esta manera, el Supremo respalda que se practiquen las diligencias necesarias, ya que, según señala la sentencia, el promotor de la acción disciplinaria del CGPJ, que acordó en primera instancia el archivo de actuaciones, asumió de forma "acrítica" tanto las manifestaciones contenidas en el informe emitido por la jueza de Instrucción número 1 de Verín en las fechas en que concurrieron los hechos, así como la secuencia cronológica de las diligencias previas. Todo ello, indica, "sin ninguna valoración sobre las mismas ni sobre los argumentos de la hoy recurrente, dejando en consecuencia zonas de sombra sobre la forma en que aquellas se desarrollaron".

Así las cosas, el Tribunal Supremo ha estimado que no se han agotado las diligencias que eran necesarias para esclarecer cómo se desarrollaron los hechos en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Verín desde el día 3 de abril de 2015 hasta el 8 de mayo del mismo año y no solo en relación con la jueza, sino también con los restantes intervinientes en las diligencias previas.

Por ello, considera procedente "que se complete la actuación investigadora" para esclarecer las circunstancias concurrentes en relación con los hechos denunciados.

La sentencia cuenta con el voto particular apoyado por cinco magistrados de un total de 29 que formaron el Pleno, que creen que el recurso debió desestimarse y confirmarse el archivo de la información previa a la juez.

VERSIÓN DE LA LETRADA

La letrada de la familia de la víctima, María Beatriz Seijo Méndez, había señalado el pasado 11 de febrero, en declaraciones a Europa Press, que solicitaba que se continuase con las diligencias abiertas en su día para sancionar a la jueza en cuestión "porque varias de las pruebas" que había solicitado que se tenían que practicar para decidir sobre si sancionarla o no "se denegaron sin ningún tipo de motivación y sin sentido".

"Pedíamos que se les tomara declaración a los guardias civiles que habían llevado a cabo la investigación respecto a la primera tentativa de asesinato de Isabel y en ningún momento se les permite hacer un informe, ni comentar, ni traducir las enormes dificultades e impedimentos para poder proteger a Isabel por parte del Juzgado, con negativas a recibirles y sin prestar atención a los atestados que presentaban", había añadido.

Asimismo, Beatriz Seijo, que lamentaba que "el CGPJ decidiera no indagar porque no le interesaba demasiado", destacaba que otra de las voluntades de su parte era "que se comprobasen las ausencias de la jueza, que las hubo", y a la cual le ha atribuido una actuación "totalmente negligente".

"Cuando Isabel estaba en peligro vital, antes de que la volvieran a atacar y la remataran en el CHUO, se le pedía a la jueza que celebrase la comparecencia que establece la ley para decidir sobre una medida de alejamiento, prisión preventiva o de protección a la víctima; esta señora ni siquiera apareció en el juzgado, consideramos que hay que indagar, por eso decimos que se cerró en falso", había apuntado.

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