BILBAO, 14 Feb. (EUROPA PRESS) -
Por ello, según ha informado CC.OO., la mutua Fremap es condenada al pago de la prestación económica por sendos periodos de baja en los que ha estado la trabajadora debido a esta dolencia, concretamente entre el 3 de octubre y el 9 de diciembre de 2016 y entre el 27 de enero y el 31 de agosto de 2017.
La trabajadora es una auxiliar de cocina para colectividades de la empresa Auzolagun Sdad. Coop. y realiza limpieza de menaje, patio de centro escolar y comedor, retirada de bolsas de basura y colocación de menaje durante su jornada laboral.
La sentencia considera probado que todas estas tareas, especialmente las referidas a limpieza, conllevan un "apoyo prolongado y repetido" sobre correderas anatómicas que provocan lesiones nerviosas por compresión, así como movimientos mantenidos y/o repetidos de hiperflexión e hiperextensión en la muñeca, susceptible todo ello de ocasionar síndrome del túnel carpiano.
El responsable de salud laboral de CCOO de Euskadi, Alfonso Ríos, ha exigido a Fremap que reconozca este tipo de dolencias como de origen profesional para los sectores de cocina y colectividades, puesto que "tanto el cuadro de enfermedades profesionales como jurisprudencia reiterada así lo establecen".
CCOO considera que Fremap pretende eludir el pago de la prestación económica por enfermedad profesional a la trabajadora, "lo que pone muy en entredicho el papel de esta mutua como entidad colaboradora de la Seguridad Social".