SANTA CRUZ DE TENERIFE, 8 Feb. (EUROPA PRESS) -
La acusación, presentada por el grupo municipal Por Tenerife-Nueva Canarias (XTF-NC), alude a supuestas irregularidades en la gestión y rescate del servicio de grúas cuando Clavijo era concejal de Seguridad Ciudadana (2003-2007) y alcalde (2008-2014).
Según informa el TSJC, se reitera que, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía Superior de Canarias ante la reforma del Estatuto de Autonomía --que entró en vigor el pasado 6 de noviembre y suprime los aforamientos especiales de los miembros del Parlamento de Canarias y del Gobierno autónomo-- debe ser un juzgado ordinario el que decida si se investiga o no por los presuntos delitos de prevaricación y malversación, en este caso, el Juzgado de Instrucción Número 2 de La Laguna.
La resolución de la Sala cuenta con un voto particular, el de su presidente, Antonio Doreste que, respetando el criterio mayoritario del Tribunal, apunta que se deberían estimar los recursos de súplica y retener la competencia mediante la ultractividad del antiguo Estatuto de Autonomía.
Por ahora, el presidente de Canarias no tiene la condición de investigado en las diligencias y está personado en calidad de 'interviniente' para que se preserven sus derechos ante una hipotética imputación.
Al haberse desestimado los recursos de súplica --y no caben más contra este auto-- adquiere firmeza el auto del 14 de noviembre que declaró la incompetencia de la antigua Sala de aforados, por lo que será el Juzgado de La Laguna quien determine si procede o no la imputación de Clavijo.