Diario del Derecho. Edición de 07/12/2023
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 28/12/2018
 
 

Publicación electrónica del Diario Oficial de la Unión Europea

28/12/2018
Compartir: 

Reglamento (UE) 2018/2056 del Consejo de 6 de diciembre de 2018 por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 216/2013 sobre la publicación electrónica del Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE de 27 de diciembre de 2018) Texto completo.

REGLAMENTO (UE) 2018/2056 DEL CONSEJO DE 6 DE DICIEMBRE DE 2018 POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO (UE) N.º 216/2013 SOBRE LA PUBLICACIÓN ELECTRÓNICA DEL DIARIO OFICIAL DE LA UNIÓN EUROPEA

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea Vínculo a legislación, y en particular su artículo 352,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los Parlamentos nacionales,

Vista la aprobación del Parlamento Europeo,

De conformidad con un procedimiento legislativo especial,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (UE) n.º 216/2013 del Consejo (1) dispone que la edición electrónica del Diario Oficial debe llevar una firma electrónica avanzada, basada en un certificado reconocido y generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma, de acuerdo con la Directiva 1999/93/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2).

(2)

El Reglamento (UE) n.º 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo (3) establece un marco jurídico para las firmas electrónicas, los sellos electrónicos, los sellos de tiempo electrónicos, los documentos electrónicos, los servicios de entrega electrónica certificada y los servicios de certificados de autenticación de sitios web.

(3)

La autenticación mediante el sello electrónico ofrece garantías comparables con las de la firma electrónica. La utilización de un sello electrónico para la autenticación del Diario Oficial aceleraría el procedimiento de publicación del Diario Oficial en el sitio web EUR-Lex.

(4)

Por consiguiente, procede modificar el Reglamento (UE) n.º 216/2013.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el artículo 2 del Reglamento (UE) n.º 216/2013, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:

“1. La edición electrónica del Diario Oficial llevará una firma electrónica reconocida, definida de conformidad con el Reglamento (UE) n.º 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo (*1), o un sello electrónico reconocido, definido de conformidad con el Reglamento (UE) n.º 910/2014. Los certificados reconocidos para la firma electrónica o para el sello electrónico y sus renovaciones se publicarán en el sitio web EUR-Lex, de forma que el público pueda verificar la firma electrónica reconocida o el sello electrónico reconocido y el carácter auténtico de la edición electrónica del Diario Oficial.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

(1) Reglamento (UE) n.º 216/2013 del Consejo, de 7 de marzo de 2013, sobre la publicación electrónica del Diario Oficial de la Unión Europea (DO L 69 de 13.3.2013, p. 1).

(2) Directiva 1999/93/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 1999, por la que se establece un marco comunitario para la firma electrónica (DO L 13 de 19.1.2000, p. 12).

(3) Reglamento (UE) n.º 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE (DO L 257 de 28.8.2014, p. 73).

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El Supremo valida la sentencia del TSJC que anuló la Zona de Bajas Emisiones de Barcelona
  2. Estudios y Comentarios: ¿A quién le importa?; por Andrés Betancor, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Pompeu Fabra
  3. Legislación: Subvenciones destinadas a la financiación de proyectos sostenibles de mantenimiento y rehabilitación del patrimonio histórico con uso turístico en las ciudades de Ceuta y Melilla
  4. Estudios y Comentarios: Nuestra Constitución y su Tribunal; por Cándido Conde-Pumpido Tourón, presidente del Tribunal Constitucional
  5. Estudios y Comentarios: La Constitución ante el espejo del tiempo; por Ana Carmona Contreras, catedrática de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla
  6. Estudios y Comentarios: Referéndum (a propósito de la ley de amnistía); por Ignacio Arroyo Martínez, abogado y catedrático de Universidad
  7. Estudios y Comentarios: Diluir la tensión; por Vicente Guilarte, presidente suplente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y catedrático de Derecho Civil.
  8. Estudios y Comentarios: ¿Europa nos salvará?; por Araceli Mangas Martín, vicepresidenta de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas y catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales (UCM)
  9. Tribunal de Justicia de la Unión Europea: Sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-655/21 | G. ST. T. (Proporcionalidad de la pena en caso de falsificación de marca)
  10. Actualidad: El TS inadmite la querella de Vox contra Armengol al no ver delito en avalar las lenguas cooficiales antes de la reforma

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2023

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana