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Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores

17/12/2018
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Orden de 10 de diciembre de 2018, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes de ayudas establecido en la Orden de 3 de septiembre de 2018, por la que se convocan para 2018 las ayudas previstas en la Orden de 26 de junio de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 (Submedida 6.1) (BOJA de 14 de diciembre de 2018). Texto completo.

ORDEN DE 10 DE DICIEMBRE DE 2018, POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE AYUDAS ESTABLECIDO EN LA ORDEN DE 3 DE SEPTIEMBRE DE 2018, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA 2018 LAS AYUDAS PREVISTAS EN LA ORDEN DE 26 DE JUNIO DE 2018, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DIRIGIDAS A LA CREACIÓN DE EMPRESAS PARA LOS JÓVENES AGRICULTORES, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL 2014-2020 (SUBMEDIDA 6.1).

La Orden de 3 de septiembre de 2018, por la que se convocan para 2018 las ayudas previstas en la Orden de 26 de junio de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 (Submedida 6.1), establece que el plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda será de tres meses, a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) Vínculo a legislación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El artículo 32 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la posibilidad de que la Administración, salvo precepto en contrario, pueda conceder de oficio o a petición de los interesados una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero.

De acuerdo con esta facultad, se considera necesario ampliar el plazo de presentación de solicitudes en dicha convocatoria, hasta el día 14 de enero de 2019 inclusive, a fin de facilitar que las personas que pretendan concurrir a la misma puedan preparar y formular más adecuadamente sus solicitudes de participación. Por este motivo, resulta aconsejable ampliar el plazo de presentación de solicitudes de estas ayudas.

En su virtud, a propuesta del Director General de la Producción Agrícola y Ganadera y en uso de las facultades atribuidas en el Decreto 215/2015, de 14 de julio Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural,

RESUELVO

Primero. Ampliar el plazo de presentación de las solicitudes de ayudas, establecido en el resuelvo primero, de la Orden de 3 de septiembre de 2018, por la que se convocan para 2018 las ayudas previstas en la Orden de 26 de junio de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 (Submedida 6.1), hasta el día 14 de enero de 2019, inclusive.

Segundo. La presente orden surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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