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Operaciones de cierre del ejercicio económico de 2018

12/12/2018
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Orden de 5 de diciembre de 2018 por la que se modifica la Orden de 26 de septiembre de 2018 por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio económico de 2018 y apertura del ejercicio 2019 (DOE de 11 de diciembre de 2018). Texto completo.

ORDEN DE 5 DE DICIEMBRE DE 2018 POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 26 DE SEPTIEMBRE DE 2018 POR LA QUE SE REGULAN LAS OPERACIONES DE CIERRE DEL EJERCICIO ECONÓMICO DE 2018 Y APERTURA DEL EJERCICIO 2019.

Antes de proceder al cierre de la contabilidad del ejercicio 2018 se hace necesario la tramitación de determinados gastos inaplazables y precisos para el normal funcionamiento de la Administración, que debido a su particularidad no han podido gestionarse en los plazos establecidos en la Orden de 26 de septiembre de 2018 por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio económico de 2018, por lo que es necesario la ampliación de algunos de los plazos contemplados en la misma.

En su virtud, tengo a bien DISPONER:

Primero. Modificación de párrafos de la instrucción 3.1.

Se modifican los siguientes párrafos de la Instrucción 3.1 de la Orden de 26 de septiembre de 2018, que pasan a tener la siguiente redacción:

7. Subvenciones, transferencias y convenios a Entidades del Sector Público Autonómico podrán admitirse hasta el 31 de diciembre; transferencias globales a otras administraciones públicas y subvenciones nominativas, se admitirán hasta el 30 de noviembre.

11. Gastos derivados de actuaciones encuadradas en el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura, la Ley 7/2016 Vínculo a legislación, de medidas extraordinarias contra la exclusión social, en especial las Ayudas para la Renta Básica Extremeña de Inserción de la Ley 9/2014 Vínculo a legislación y encargos de gestión necesarios para la tramitación de las mismas y, en general, los gastos para prestaciones o subvenciones sociales y/o sanitarias, incluyendo la contratación de suministros necesarios para los equipos de valoración, cuya fecha límite es el 31 de diciembre.

17. Gastos relacionados con las mujeres, los menores, los mayores, los jóvenes y las víctimas del terrorismo, cuya fecha límite es el 31 de diciembre.

18. Apoyo a las Organizaciones Sindicales y Empresariales, cuya fecha límite de entrada es el 31 de diciembre.

21. Gastos esenciales para el funcionamiento de los servicios cuya fecha límite de entrada es el 30 de noviembre, así como el mantenimiento y/o soporte de las plataformas tecnológicas de gestión administrativa, que podrán admitirse hasta el 31 de diciembre.

Segundo. Nuevas excepciones en las instrucciones 3.1 y 3.2.

Se añaden a las excepciones ya contempladas en la instrucción 3.1 de la Orden de 26 de septiembre de 2018, las que se detallan a continuación, para las cuales la fecha límite de entrada en las Intervenciones Delegadas es el 31 de diciembre:

- Subvenciones en el marco del Plan de regeneración económica y del empleo de la zona minera de Aguablanca y su entorno.

- Ayudas al empleo financiadas con recursos propios, susceptibles de justificación al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

- Ayudas a Entidades Locales relacionadas con el Plan de Empleo Social complementario.

- Ayudas para la financiación de prácticas profesionales no laborales en empresas.

- Prórrogas y contratos derivados de los Acuerdos Marco.

- Desarrollo de programas de rehabilitación y restauración, así como de revitalización del Patrimonio Local.

- Reclamaciones por responsabilidad patrimonial.

- Servicios de asesoramiento en el ámbito del endeudamiento.

- Arrendamientos de inmuebles para personas con trastornos mentales graves.

- Subvenciones directas destinadas a la participación, intervención y acción social.

- Actuaciones enmarcadas en los Planes estratégicos para los sectores de la Fruta y del Equino.

- Ayudas para el secado tradicional del pimentón.

- Premios al emprendimiento y desarrollo empresarial.

- Gastos y subvenciones para el impulso del turismo cultural y promoción turística.

- Ayudas a la internacionalización de la economía extremeña.

- Contratos de suministro para políticas de dirección y administración de Empresa e Innovación.

Del mismo modo a la instrucción 3.2 se le incorpora la siguiente excepción:

- Los expedientes de contratación anticipada del servicio de seguridad y vigilancia podrán tramitarse en todas sus fases hasta el 31 de diciembre.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

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