Diario del Derecho. Edición de 16/06/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 05/12/2018
 
 

Catálogo de la Red de Carreteras del Estado

05/12/2018
Compartir: 

Real Decreto 1411/2018, de 3 de diciembre, por el que se modifica el Catálogo de la Red de Carreteras del Estado (BOE de 5 de diciembre de 2018). Texto completo.

REAL DECRETO 1411/2018, DE 3 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL CATÁLOGO DE LA RED DE CARRETERAS DEL ESTADO.

El artículo 10, apartado 34, del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, aprobado por Ley Orgánica 3/1979 de 18 de diciembre Vínculo a legislación, establece que, en materia de carreteras y caminos, además de las competencias contenidas en el artículo 148.1.5.ª Vínculo a legislación de la Constitución, las Diputaciones Forales de los territorios históricos conservarán íntegramente el régimen jurídico y competencias que ostentan o que, en su caso, hayan de recobrar a tenor del artículo 3 de este Estatuto.

A su vez, en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, aprobado por la citada Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre Vínculo a legislación, que regula la Comisión Mixta de transferencias entre el Estado y el País Vasco, y en el Real Decreto 2339/1980, de 26 de septiembre, se establecen la forma y el procedimiento a que han de ajustarse los traspasos de servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco.

De acuerdo con las disposiciones anteriores, mediante el Real Decreto 2769/1980, de 26 de septiembre, se traspasaron a la Comunidad Autónoma del País Vasco funciones y servicios en materia de carreteras. En este real decreto no se contemplaba el traspaso de las autopistas cuya gestión estaba sometida a concesión administrativa, por lo que en el mismo no se incluyó ningún tramo de la autopista AP-1, a su paso por el territorio del País Vasco, puesto que en ese momento estaba sujeta a concesión.

En la reunión del Pleno de la Comisión Mixta de Transferencias Estado-País Vasco, celebrada el día 26 de noviembre de 2018, se ha acordado el traspaso al País Vasco de las funciones y servicios asociados al tramo de autopista AP-1, entre el límite provincial entre Burgos y Álava y Armiñón, a la Comunidad Autónoma del País Vasco, con efectos del día 1 de diciembre de 2018.

En consecuencia, es preciso modificar el Catálogo de la Red de Carreteras del Estado incluido en el Anexo II de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre Vínculo a legislación, de carreteras, dando de baja de dicho catálogo el tramo de autopista AP-1 entre el P.K. 77+200 y el P.K. 83+200.

Este real decreto se dicta de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.8 Vínculo a legislación de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, que dispone que la Red de Carreteras del Estado podrá modificarse, mediante real decreto, a propuesta del Ministro de Fomento, en virtud del acuerdo de traspaso alcanzado.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Fomento, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de noviembre de 2018,

DISPONGO:

Artículo 1. Baja del Catálogo de la Red de Carreteras del Estado.

Se da de baja el tramo de autopista AP-1 entre el P.K. 77+200 y el P.K. 83+200, entre el límite provincial entre Burgos y Álava y Armiñón, en el Catálogo de la Red de Carreteras del Estado.

Artículo 2. Modificación del Anexo II de la Ley de carreteras.

En el Anexo II de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre Vínculo a legislación, de carreteras, “Catálogo de la Red de Carreteras del Estado”, se sustituye la línea:

“AP-1 Autopista del Norte. Burgos / Armiñón”

por la siguiente:

“AP-1 Autopista del Norte. Burgos / L.P. Burgos - Álava”.

Disposición final única. Eficacia.

La baja del Catálogo de la Red de Carreteras del Estado del tramo de la autopista AP-1, objeto de este real decreto, así como la modificación del anexo II de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre Vínculo a legislación, surtirán efecto desde las 00:00 horas del día 1 de diciembre de 2018.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Condenan a 28 años de cárcel al hombre que asesinó a su pareja en Piedrabuena (Ciudad Real) tras años de maltrato
  2. Estudios y Comentarios: Agonizante europeísmo del Gobierno; por Araceli Mangas Martín, académica de Número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas y catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid
  3. Estudios y Comentarios: Nota breve sobre una ponencia de sentencia constitucional; por Ramón Trillo; Ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  4. Estudios y Comentarios: La urgente necesidad de reducir la complejidad del Derecho digital europeo; por Moisés Barrio Andrés, Letrado del Consejo de Estado
  5. Tribunal Supremo: Se examina por la Sala los requisitos que han de concurrir para apreciar la responsabilidad civil subsidiaria del titular de un establecimiento de ocio en el que se comete un delito
  6. Estudios y Comentarios: La ley electoral cumple 40 años; por Enrique Arnaldo Alcubilla, magistrado del Tribunal Constitucional
  7. Legislación: Tasas por tramitación de autorizaciones administrativas y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería
  8. Tribunal Supremo: Analiza la Sala los efectos de la prórroga ordinaria de un Convenio Colectivo con relación a la cláusula de revisión salarial contenida en el mismo
  9. Actualidad: Cinco condenados por colaborar en estafar 112.000 euros a una mujer con un falso novio militar
  10. Legislación: Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a entidades sin ánimo de lucro que fomenten la cultura emprendedora

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana