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  • EDICIÓN DE 05/12/2018
 
 

Sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 7 de noviembre de 2018

05/12/2018
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Sentencia de 7 de noviembre de 2018, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima el recurso contencioso-administrativo 1/3814/2015, contra la Orden IET/2445/2014, de 19 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas (BOE de 5 de diciembre de 2018). Texto completo.

SENTENCIA DE 7 DE NOVIEMBRE DE 2018, DE LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL SUPREMO, QUE ESTIMA EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO 1/3814/2015, CONTRA LA ORDEN IET/2445/2014, DE 19 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LOS PEAJES Y CÁNONES ASOCIADOS AL ACCESO DE TERCEROS A LAS INSTALACIONES GASISTAS Y LA RETRIBUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES REGULADAS.

En el recurso contencioso-administrativo número 1/3814/2015, interpuesto por la Asociación Empresarial Multisector Cecot, contra la Orden IET/2445/2014, de 19 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas.

La Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 7 de noviembre de 2018 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:

Estimar el recurso contencioso-administrativo n.º 3814/2015 interpuesto por la Asociación Empresarial Multisectorial Cecot contra la Orden IET/2445/2014, de 19 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas, declarándose la nulidad de la disposición adicional séptima y el Anexo II, apartado 4, letras e) y f), de la Orden impugnada, con imposición de las costas de este proceso a las partes demandada y codemandada, por mitad, en los términos señalados en el fundamento jurídico quinto.

Así se acuerda y firma.-Eduardo Espín Templado.-José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat.-Eduardo Calvo Rojas.-María Isabel Perelló Doménech.-Diego Córdoba Castroverde.-Ángel Ramón Arozamena Laso.-Fernando Román García.-Firmado.

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