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Delegación del Gobierno de la Generalidad en Portugal

23/11/2018
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Decreto 247/2018, de 20 de noviembre, por el que se restablece la Delegación del Gobierno de la Generalidad en Portugal (DOGC de 22 de noviembre de 2018). Texto completo.

DECRETO 247/2018, DE 20 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE RESTABLECE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE LA GENERALIDAD EN PORTUGAL.

En fecha 28 de octubre de 2017 (BOE n.º. 261), se publicó el Real decreto 945/2017, de 27 de octubre, por el que se dispone, en virtud de las medidas autorizadas con fecha de 27 de octubre de 2017 por el Pleno del Senado respecto de la Generalidad de Cataluña en aplicación del artículo 155 Vínculo a legislación de la Constitución, la adopción de varias medidas respecto de la organización de la Generalidad de Cataluña y el cese de diferentes altos cargos de la Generalidad de Cataluña.

Entre estas medidas, se incluyó la supresión de todas las delegaciones del Gobierno de la Generalidad de Cataluña en el exterior, entre ellas, la Delegación del Gobierno de la Generalidad en Portugal, creada por el Decreto 105/2015, de 16 de junio Vínculo a legislación.

En cumplimiento de este mandato y siguiendo las indicaciones recibidas por parte de la Administración General del Estado, se procedió al cierre de las delegaciones, actuación que comportó, entre otros agravios, el despido del personal y la rescisión de los contratos de arrendamiento, aparte de la interrupción de la actividad ordinaria que llevaban a cabo las delegaciones.

El mandato derivado de la implantación del artículo 155 Vínculo a legislación de la Constitución española no tuvo presente que la acción de Cataluña en el exterior viene reconocida en el mismo Estatuto de autonomía de Cataluña -norma que forma parte del marco jurídico vigente-, que regula tanto las relaciones de la Generalidad con la Unión Europea (capítulo II, artículos 184 a 192) como la acción exterior de la Generalidad (capítulo III, artículos 193 a 200).

Todos estos artículos del EAC Vínculo a legislación fueron declarados conformes al texto constitucional por la Sentencia del Tribunal Constitucional 31/2010, de 28 de junio, sentencia que resolvió el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra varios preceptos del EAC Vínculo a legislación del 2006.

En concreto, el artículo 193 Vínculo a legislación del EAC ya establece que la Generalidad debe impulsar la proyección de Cataluña en el exterior y promover sus intereses en este ámbito, respetando la competencia del Estado en materia de relaciones internacionales. Y el artículo 194 Vínculo a legislación EAC indica que la Generalidad, para la promoción de los intereses de Cataluña, puede establecer oficinas en el exterior.

Desde el mismo momento en que el EAC Vínculo a legislación reconoce la capacidad de la comunidad autónoma de Cataluña de ejercer acción exterior, es básico que -para poder canalizar y ejercer esta competencia- la Generalidad se dote de oficinas en el exterior. Tal como se expuso en el Decreto 126/2018, de 26 de junio Vínculo a legislación, por el que se restablecen las delegaciones del Gobierno de la Generalidad en el exterior en el Reino Unido e Irlanda, Alemania, Estados Unidos de América, Italia, Suiza y Francia, la supresión de las delegaciones implicó, en la práctica, eliminar las competencias que, en el ámbito de la acción exterior, habían sido asumidas estatutariamente y confirmadas por el Tribunal Constitucional. En este contexto, el Gobierno está restableciendo, de conformidad con los procedimientos legales establecidos, la red de delegaciones en el exterior.

La regulación contenida en este decreto respeta los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129 Vínculo a legislación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La iniciativa está justificada por la necesidad de desplegar en el ámbito exterior las competencias propias de manera eficaz y eficiente, con transparencia, proporcionalidad y seguridad jurídica.

Por todo ello, de conformidad con lo que prevé el título IV de la Ley 26/2010 Vínculo a legislación, del 3 de agosto, de régimen jurídico y procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y de acuerdo con los artículos 39 Vínculo a legislación y 40 Vínculo a legislación de la Ley 13/2008, del 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno;

A propuesta del consejero de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

1. Se restablece la Delegación del Gobierno de la Generalidad de Cataluña en Portugal suprimida por el Real decreto 945/2017, de 27 de octubre.

2. La sede de la Delegación se establece en la ciudad de Lisboa.

Artículo 2

Funciones de la Delegación

Corresponde a la Delegación del Gobierno de la Generalidad de Cataluña en Portugal, con sede en Lisboa, el ejercicio de las funciones siguientes:

a) Promover y coordinar las relaciones bilaterales con las autoridades de la República Portuguesa, así como con los otros gobiernos descentralizados, en el ámbito de las competencias de la Generalidad.

b) Promover y coordinar las relaciones de colaboración de la Generalidad y sus órganos adscritos con los organismos internacionales con sede en Portugal y que tengan un interés relevante para Cataluña.

c) Facilitar las funciones de prospección del Gobierno de la Generalidad con respecto a las relaciones con los otros países de la Comunidad de Países de Lengua Portuguesa.

d) Las otras previstas en el artículo 18 Vínculo a legislación del Decreto 61/2017, de 13 de junio, de las unidades de representación institucional del Gobierno en el exterior.

Artículo 3

Régimen organizativo y de funcionamiento

La organización, la estructura, el funcionamiento, el régimen jurídico y el régimen económico-financiero y presupuestario de la Delegación se rige por aquello que dispone el Decreto 61/2017, de 13 de junio Vínculo a legislación, de las unidades de representación institucional del Gobierno en el exterior.

Disposición adicional

La implementación de este decreto se llevará a cabo de manera escalonada de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria del departamento competente en materia de acción exterior.

Disposición derogatoria

Se deroga el Decreto 105/2015, de 16 de junio Vínculo a legislación, de creación de la Delegación del Gobierno de la Generalidad de Cataluña en Portugal.

Disposiciones finales

Primera

Se faculta a los titulares de los departamentos competentes en materia de acción exterior, función pública y economía para adoptar las medidas necesarias para la aplicación y la ejecución de este decreto.

Segunda

Este decreto entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña.

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