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La Audiencia Nacional confirma 6 años de cárcel por construir un aparato de propaganda del Estado Islámico

15/10/2018
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La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha confirmado una condena de seis años de prisión por un delito de colaboración con banda terrorista al ciudadano marroquí Abdalá Lachiri por constituir una célula local autónoma que servía como aparato de propaganda del Estado Islámico, difundiendo material vídeos, textos e imágenes favorables a esta organización para hacer la "yihad de la palabra" y así convertir a sus adeptos en colaboradores o miembros de la organización.

MADRID, 13 (EUROPA PRESS)

De este modo, la Sala ha desestimado el recurso presentado por el acusado, por lo que confirma la sentencia que dictó el pasado junio la Sección Primera de la Sala de lo Penal, que encuadró a Lachiri entre los autodenominados 'luchadores-activistas informativos' del Estado Islámico, que realizan "su servicio a la causa salafista mediante la red propagandística que cada uno ha creado".

Para lograr sus objetivos de promocionar la yihad, entre octubre de 2015 y junio de 2016 Lachiri --nacido en 1976-- utilizó al menos 13 perfiles en redes sociales que llegaron a contar con más de 22.597 amigos y seguidores.

Los magistrados consideran probado que el acusado "no sólo expuso abiertamente su lealtad al califa --líder del Estado Islámico-- y al Califato, sino que solicitaba que hicieran lo mismo, en señal de lealtad y sometimiento, a los dirigentes de los países árabes".

NECESIDAD DE DAR UN PASO HACIA LA ACCIÓN

Para desarrollar todas las actividades propagandísticas, explica la sentencia, Lachiri se sirvió de una "sofisticada y compleja red de comunicación con difusión internacional, que además de permitir el contacto entre yihadistas, personas ideológicamente alineadas con el Estado Islámico y con otros colaboradores del mismo, permitía el adoctrinamiento y captación de nuevos sujetos para incorporarlos a la yihad".

"Una vez establecido que Lachiri tenía constancia del contacto entre unos y otros, se perfeccionaba el adoctrinamiento a base del colgado de todo tipo de material proyihadista relacionado con el Estado Islámico, intentando crear en el interlocutor la necesidad de dar un paso hacia la acción", dice la Sala.

Además, uno de los principales objetivos del acusado eran "formar un censo de potenciales candidatos, simpatizantes con la causa yihadista que asumieran y participasen de los medios y procedimientos violentos propios de la organización terrorista en concordancia con sus líneas estratégicas y que, llegado el caso, podría incluir la comisión de atentados".

En todo momento, cuentan los magistrados, el trato de los interlocutores hacia el acusado era el de 'sheik' (jeque o viejo sabio), "hasta el punto de resultar un referente para los simpatizantes y adeptos, por lo que, hasta el momento de su detención y desarticulación del operativo, constituía una prolongación del Estado Islámico en España".

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