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Plantilla orgánica de la Administración

14/09/2018
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Decreto Foral 75/2018, de 5 de septiembre, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos (BON de 13 de septiembre de 2018). Texto completo.

DECRETO FORAL 75/2018, DE 5 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA LA PLANTILLA ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.

El Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra informa de la necesidad de modificar su plantilla orgánica a fin de ajustarla a las necesidades reales del mismo.

Existe informe favorable de la Dirección General del Presupuesto del Departamento de Hacienda y Política Financiera.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día cinco de septiembre de dos mil dieciocho,

DECRETO:

Artículo único. Creación de plazas de la plantilla orgánica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

La plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos:

Se crean las plazas de la plantilla orgánica que se relacionan seguidamente y que cuentan con la correspondiente dotación económica en el Capítulo I del vigente Presupuesto de Gastos.

DEPARTAMENTO DE RELACIONES CIUDADANAS

E INSTITUCIONALES

DIRECCIÓN GENERAL DE PAZ, CONVIVENCIA Y DERECHOS HUMANOS

-Una vacante de Técnico de Administración Pública (Rama Jurídica), de régimen funcionarial, nivel A, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 10551.

-Una vacante de Técnico de Grado Medio Bibliotecario, de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 10552.

DISPOSICIONES FINALES

Disposición final primera.-Habilitación para el desarrollo y ejecución del decreto foral.

Se faculta a la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia para dictar las disposiciones precisas en desarrollo y ejecución del presente decreto foral.

Disposición final segunda.-Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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