Diario del Derecho. Edición de 04/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 11/09/2018
 
 

Comisión Interdepartamental para la Coordinación, Apoyo y Seguimiento del Proceso Electoral a Les Corts

11/09/2018
Compartir: 

Decreto 128/2018, de 7 de septiembre, del Consell, de modificación del Decreto 85/2010, de 14 de mayo, del Consell, por el que se crea la Comisión Interdepartamental para la Coordinación, Apoyo y Seguimiento del Proceso Electoral a Les Corts (DOCV de 10 de septiembre de 2018). Texto completo.

DECRETO 128/2018, DE 7 DE SEPTIEMBRE, DEL CONSELL, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO 85/2010, DE 14 DE MAYO, DEL CONSELL, POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN INTERDEPARTAMENTAL PARA LA COORDINACIÓN, APOYO Y SEGUIMIENTO DEL PROCESO ELECTORAL A LES CORTS.

PREÁMBULO

El Decreto 85/2010, de 14 de mayo, del Consell, regula la composición, organización y funciones de la Comisión Interdepartamental para la Coordinación, Apoyo y Seguimiento del Proceso Electoral a Les Corts.

El Decreto 100/2018, de 27 de julio, del Consell, modificó el Decreto 103/2015, de 7 de julio Vínculo a legislación, del Consell, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, y el Decreto 103/2018, de 27 de julio, del Consell, modificó el Decreto 87/2017, de 7 de julio Vínculo a legislación, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, afectando a la gestión de las consultas populares y procesos electorales.

Todo lo cual hace necesario adecuar la composición de la Comisión Interdepartamental para la Coordinación, Apoyo y Seguimiento del Proceso Electoral a Les Corts, a la normativa vigente. Asimismo se aprovecha esta modificación para actualizar el régimen jurídico aplicable a su funcionamiento.

Por todo ello, de acuerdo con lo que disponen los artículos 25 Vínculo a legislación y 28.c Vínculo a legislación de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, a propuesta de la consellera de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, previa deliberación del Consell en la reunión del 7 de septiembre de 2018,

DECRETO

Artículo único. Modificación del Decreto 85/2010, de 14 de mayo, del Consell, por el que se crea la Comisión Interdepartamental para la Coordinación, Apoyo y Seguimiento del Proceso Electoral a Les Corts

Se modifica el apartado 1 del artículo 4, y el apartado 1 del artículo 5 del Decreto 85/2010, de 14 de mayo, del Consell, por el que se crea la Comisión Interdepartamental para la Coordinación, Apoyo y Seguimiento del Proceso Electoral a Les Corts, que quedan redactados como se indica en el anexo de este decreto.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. Incidencia presupuestaria

La aplicación y desarrollo de este decreto no podrá tener incidencia alguna en la dotación de los capítulos de gasto asignada al departamento de la Generalitat competente por razón de la materia, y, en todo caso, deberá ser atendida con los medios personales y materiales de este.

DISPOSICIÓN FINAL

Única. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

ANEXO

Nueva redacción de los artículos 4.1 y 5.1 del Decreto 85/2010, de 14 de mayo, del Consell, por el que se crea la Comisión Interdepartamental para la Coordinación, Apoyo y Seguimiento

del Proceso Electoral a Les Corts

1. Artículo 4.1

“1. La Comisión Interdepartamental para la Coordinación, Apoyo y Seguimiento del Proceso Electoral a Les Corts estará compuesta por los siguientes miembros:

a) Presidente o presidenta: el conseller o la consellera con competencias en materia de consultas populares y procesos electorales.

b) Vicepresidente o vicepresidenta: el conseller o la consellera con competencias en materia de participación de la sociedad civil y ciudadanía.

c) Vocalías:

1. La persona titular de la secretaría autonómica de la conselleria competente en materia de consultas populares y procesos electorales.

2. La persona titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de comunicación institucional de la Generalitat.

3. La persona titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de tecnologías de la información, telecomunicaciones, comunicaciones corporativas y teleadministración de la Generalitat.

4. La persona titular de la secretaría autonómica con competencia en materia de relaciones con la Administración del Estado.

5. La persona titular de la secretaría autonómica con competencias en materia de participación de la sociedad civil y ciudadana.

6. La persona titular de la dirección general con competencias en materia de coordinación institucional.

7. La persona titular de la subsecretaría de la conselleria con competencias en materia de consultas populares y procesos electorales, quien desempeñará las funciones de secretario o secretaria de la comisión interdepartamental.

8. La persona titular de la subsecretaría de la conselleria con competencias en materia de participación de la sociedad civil y ciudadanía, quien desempeñará las funciones de vicesecretario o vicesecretaria de la comisión interdepartamental”.

2. Artículo 5.1

“1. La constitución, convocatoria, régimen de sesiones y de adopción de acuerdos y, en general, el funcionamiento de la Comisión Interdepartamental para la Coordinación, Apoyo y Seguimiento del Proceso Electoral a Les Corts, se ajustarán a lo establecido en los artículos 15 Vínculo a legislación a 18 Vínculo a legislación de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público”.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: La falta de prueba pericial de la autenticidad de las conversaciones de WhatsApp no implica necesariamente y en todos los casos que su contenido no pueda ser objeto de valoración cuando a través de otras vías se puede descartar su manipulación
  2. Actualidad: El Supremo propone juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas
  3. Tribunal Supremo: Si el empresario delega de manera válida y efectiva las funciones de prevención de riesgos en un técnico o profesional cualificado y cumple con su deber de supervisión, puede quedar exonerado de responsabilidad penal en caso de accidente de un trabajador
  4. Actualidad: El TSJA confirma la condena a dos mujeres que amenazaron a otra por su condición de inmigrante
  5. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  6. Estudios y Comentarios: Un bochorno para la institución; por Cristina Dexeus, presidenta de la Asociación de Fiscales (AF)
  7. Revistas: Iustel presenta el número 17 de su Revista General de Insolvencias & Reestructuraciones / Journal of Insolvency & Restructuring (I&R)
  8. Actualidad: El Tribunal Supremo reconoce por primera vez el derecho de consulta del comité de empresa europeo en IAG
  9. Actualidad: Da comienzo el juicio contra el Fiscal General del Estado
  10. Actualidad: La Comisión Mixta entre Justicia y el TSJC analiza las primeras fases de la Ley de Eficiencia Judicial

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana