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Baremo de las listas de espera para la provisión de puestos de trabajo en régimen de interinidad de los cuerpos docentes no universitarios

28/06/2018
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Orden ECD/1083/2018, de 1 de junio, por la que se modifica el anexo de la Orden ECD/276/2016, de 4 de abril, por la que se establece el baremo de las listas de espera para la provisión de puestos de trabajo en régimen de interinidad de los cuerpos docentes no universitarios (BOA de 27 de junio de 2018). Texto completo.

ORDEN ECD/1083/2018, DE 1 DE JUNIO, POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO DE LA ORDEN ECD/276/2016, DE 4 DE ABRIL, POR LA QUE SE ESTABLECE EL BAREMO DE LAS LISTAS DE ESPERA PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD DE LOS CUERPOS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS.

Con fecha 7 de abril de 2016, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 66, la Orden ECD/276/2016, de 4 de abril, por la que se establece el baremo de las listas de espera para la provisión de puestos de trabajo en régimen de interinidad de los cuerpos docentes no universitarios.

Mediante Pacto de Mesa Sectorial de 10 de noviembre de 2017, se ratificó por mayoría absoluta la incorporación de la puntuación por el desempeño de puestos de especial dificultad al baremo de interinos, expresándose la necesidad de modificar en el anexo de la orden reguladora e incorporar un nuevo apartado 1.5 que valorase la experiencia desarrollada a partir del 1 de septiembre de 2018 en los puestos de especial dificultad.

En consecuencia, y tras la tramitación oportuna, con fecha 26 de abril de 2018, se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 80, la Orden de ECD/621/2018, de 3 de abril, por la que se modifica el anexo de la Orden ECD/276/2016, de 4 de abril, por la que se establece el baremo de las listas de espera para la provisión de puestos de trabajo en régimen de interinidad de los cuerpos docentes no universitarios, incluyéndose un nuevo punto 1.5 en el baremo valorando la experiencia docente en un puesto o centro que tenga la calificación de especial dificultad.

No obstante, y dado que la modificación de la Orden ECD/621/2018, de 3 de abril, no recoge de forma total lo pactado en Mesa Sectorial, procede realizar una nueva modificación en el sentido de regular de forma expresa que se valorará la experiencia en puestos o centros que tengan la calificación de especial dificultad desarrollada a partir del 1 de septiembre de 2018.

En consecuencia, en el uso de las competencias conferidas por la Ley 2/2009, de 11 de mayo Vínculo a legislación, del Presidente y del Gobierno de Aragón, así como por el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre Vínculo a legislación, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, acuerdo:

Artículo único. Modificación del anexo de la Orden ECD/276/2016, de 4 de abril, por la que se establece el baremo de las listas de espera para la provisión de puestos de trabajo en régimen de interinidad de los cuerpos docentes no universitarios.

Por el apartado 1.5 del baremo, se valorará únicamente la experiencia desarrollada a partir del 1 de septiembre de 2018 en puestos o centros que tengan la calificación de especial dificultad.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente disposición entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

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