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  • EDICIÓN DE 14/05/2018
 
 

Red de centros de atención a las drogodependencias y adicciones

14/05/2018
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Orden de 8 de mayo de 2018, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la adecuación de la red de centros de atención a las drogodependencias y adicciones y actuaciones para la mejora de la accesibilidad para personas con discapacidad, que serán cofinanciadas mediante el Programa Operativo FEDER 2014-2020, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, para el ejercicio 2018 (BOJA de 11 de mayo de 2018). Texto completo.

ORDEN DE 8 DE MAYO DE 2018, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DIRIGIDAS A LA ADECUACIÓN DE LA RED DE CENTROS DE ATENCIÓN A LAS DROGODEPENDENCIAS Y ADICCIONES Y ACTUACIONES PARA LA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, QUE SERÁN COFINANCIADAS MEDIANTE EL PROGRAMA OPERATIVO FEDER 2014-2020, EN EL ÁMBITO DE LAS COMPETENCIAS DE LA CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y POLÍTICAS SOCIALES, PARA EL EJERCICIO 2018.

Mediante Orden de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, de 2 de agosto de 2017, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la adecuación de la red de centros de atención a las drogodependencias y adicciones y actuaciones para la mejora de la accesibilidad para personas con discapacidad, que serán cofinanciadas mediante el Programa Operativo FEDER 2014-2020, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales (BOJA núm. 151, de 8 de agosto de 2017).

En el marco de la referida Orden se determinan las líneas concretas de subvenciones a las que resulta de aplicación y se especifica el régimen jurídico para su regulación.

En su virtud, y tal como se establece en el preámbulo de la misma, de conformidad con los artículos 44.2 Vínculo a legislación y 46.4 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el artículo 118 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo Vínculo a legislación, y de acuerdo con el artículo 26. 2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre Vínculo a legislación, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el Decreto 209/2015, de 14 de julio Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, modificado por el Decreto 142/2017, de 29 de agosto,

DISPONGO

Primero. Convocatoria y limitaciones presupuestarias.

1. Se convoca para el ejercicio 2018, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las siguientes líneas de subvenciones descritas en la citada Orden de 2 de agosto de 2017, en el ámbito de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, en la cuantía total máxima y con cargo a los créditos presupuestarios que se especifican para cada una de la Líneas:

Tabla omitida.

2. Las referidas Líneas se convocan para la atención de los conceptos subvencionables que se recogen en la Orden de 2 de agosto de 2017, cuya dotación presupuestaria se produce con cargo a las partidas presupuestarias descritas en el cuadro que antecede, financiada con Fondos de la Unión Europea a través del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020, y cofinanciada con fondos propios, consignada en los presupuestos del ejercicio 2018, quedando en todo caso limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.

3. Los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitaran una resolución complementaria de la concesión de subvenciones que incluya solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisitos no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 5.5 de la Orden de 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

Segundo. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la adecuación de la red de centros de atención a las drogodependencias y adicciones y actuaciones para la mejora de la accesibilidad para personas con discapacidad, que serán cofinanciadas mediante el Programa Operativo FEDER 2014-2020, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, aprobadas mediante Orden de 2 de agosto de 2017 (BOJA núm. 151, de 8 de agosto de 2017).

Tercero. Línea 2. Subvenciones institucionales en materia de accesibilidad en infraestructuras sociales, atendiendo de manera especial al colectivo de personas con discapacidad.

A efectos de la aplicación del criterio de valoración 1 “Porcentaje de personas beneficiarias o potencialmente beneficiarias con dicha actuación con relación a la población del municipio”, se tomará como referencia los datos existentes el último día de presentación de solicitudes.

Cuarto. Solicitudes y plazos de presentación.

1. Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular del órgano indicado en el apartado 10.b) y se presentarán en los lugares indicados en el apartado 10.c), ambos del cuadro resumen de cada línea de subvención aprobada mediante la Orden de 2 de agosto de 2017 anteriormente referida.

Tanto la citada solicitud, como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos a los que se refiere la Orden por la que se aprueban las Bases reguladora, se podrán obtener en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la siguiente URL: http://www.juntadeandalucia.es/organismos/igualdadypoliticassociales.html, en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en la sede de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.

2. El plazo de presentación de solicitudes será de Treinta días naturales y se computará a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) Vínculo a legislación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Quinto. Notificación y publicación.

1. De conformidad con el apartado 19 de los cuadros resumen aprobados mediante Orden de 2 de agosto de 2017, los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las entidades interesadas, y en particular los requerimientos de subsanación, el trámite de audiencia y el de resolución del procedimiento se publicarán en la página web http://www.juntadeandalucia.es/organismos/igualdadypoliticassociales.html, en los términos del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre Vínculo a legislación, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá los mismos efectos.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las notificaciones que deban cursase personalmente, se practicarán en el lugar indicado por la entidades en sus solicitudes.

Sexto. Utilización de medios telemáticos.

De conformidad con lo previsto en el apartado 10.c) de los cuadros resumen aprobados mediante la Orden de 2 de agosto de 2017, las solicitudes podrán ser presentadas utilizando medios electrónicos de la forma prevista en los mismos. Asimismo, el estado de la tramitación del procedimiento de concesión de estas ayudas podrá ser consultado por las entidades interesadas a través de la página web de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, en la dirección http://www.juntadeandalucia.es/organismos/igualdadypoliticassociales.html, en la que figurarán los actos de trámites realizados, su contenido y fecha en la que fueron dictados.

Séptimo. Entrada en vigor.

La eficacia de la presente Orden se producirá con la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) Vínculo a legislación de la Ley 38/2003, antes referida.

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