Diario del Derecho. Edición de 16/05/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 14/05/2018
 
 

Documentos de pago de tasas, precios públicos y otros ingresos

14/05/2018
Compartir: 

Resolución de 26/04/2018, de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego, mediante la que se modifica el anexo IA de la Orden de 08/10/2012, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban los documentos de pago de tasas, precios públicos y otros ingresos, se establecen los órganos competentes y se regula el procedimiento de recaudación (DOCM de 11 de mayo de 2018). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 26/04/2018, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Y ORDENACIÓN DEL JUEGO, MEDIANTE LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO IA DE LA ORDEN DE 08/10/2012, DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA, POR LA QUE SE APRUEBAN LOS DOCUMENTOS DE PAGO DE TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS, SE ESTABLECEN LOS ÓRGANOS COMPETENTES Y SE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE RECAUDACIÓN.

La Orden de 08/10/2012, de la Consejería de Hacienda, recoge y codifica en sus anexos tanto los recursos económicos como los órganos gestores a los que es de aplicación el procedimiento recaudatorio a través de los documentos de pago 046, 746, 050 y 051, aprobados en la misma.

Varios órganos de coordinación han solicitado la actualización del anexo I.A de la referida norma para dar de baja conceptos de ingreso que han quedado en desuso, así como para dar de alta otros conceptos que clarifiquen y mejoren el cumplimiento de las obligaciones económicas de los ciudadanos.

La disposición final primera de la Orden de 08/10/2012 faculta a la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego para dictar las resoluciones necesarias para su desarrollo y aplicación, así como para la modificación de los anexos incluidos en esa norma.

Por todo ello, de conformidad con las competencias reconocidas en el artículo 7 Vínculo a legislación del Decreto 82/2015, de 14/07/2015, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas Dispongo

Primero. Modificar el anexo I.A, “Recursos a recaudar con los modelos 046 y 050”, de la Orden de 08/10/2012 de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban los documentos de pago de tasas, precios públicos y otros ingresos, se establecen los órganos competentes y se regula el procedimiento de recaudación, creando los conceptos que se citan a continuación:

Tabla omitida.

Segundo. Modificar el anexo citado en el punto anterior, dando de baja los conceptos de ingreso que se citan a continuación:

Tabla omitida.

Tercero. Se mantienen inalterados el resto de los recursos incluidos en el Anexo I.A de la referida Orden.

Cuarto. La presente resolución será de aplicación a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: No es posible reconocer, una vez finalizada la situación de incapacidad laboral, el derecho a percibir el importe económico derivado de la consolidación de un nuevo trienio durante la situación de IT
  2. Tribunal Supremo: En el caso de grupo de sociedades debe respetarse la personalidad de cada una y no procede, salvo circunstancias excepcionales, extender la responsabilidad a otras entidades del grupo
  3. Estudios y Comentarios: ¿Qué puede hacer y qué no el Gobierno en la opa de BBVA sobre Sabadell?; por José Carlos Laguna de Paz, Catedrático de Derecho Administrativo. ‘Of counsel’ Eversheds Sutherland
  4. Tribunal Supremo: No procede revisar una sentencia absolutoria por el cauce del art. 849.2 de la LECrim. para reajustar o reelaborar el hecho probado de la sentencia
  5. Actualidad: El TSXG concede la pensión de viudedad a una mujer de Lugo que se casó un día antes de fallecer su marido
  6. Actualidad: El TS tira por tierra el escalonamiento del caudal ecológico del Tajo y obliga a establecer ya el previsto para 2027
  7. Actualidad: La AN anula multas de 30 millones de la CNMC a editoriales de libros de texto por prácticas anticompetitivas
  8. Actualidad: El TS cita al Gobierno el 29 de mayo para que exponga las medidas adoptadas sobre el reparto de menores migrantes
  9. Legislación: Distribución de Competencias entre los órganos de la Administración autonómica gallega para la imposición de sanciones en las materias laborales, de prevención de riesgos y por obstrucción de la labor inspectora
  10. Actualidad: El TSXG suspende de forma cautelar el parque eólico de Seselle (A Coruña) por riesgo de daños a valores ambientales

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana