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  • EDICIÓN DE 07/05/2018
 
 

Audiencia de Tarragona

Condenado a 19 años de prisión por asesinar a una mujer con más de 20 puñaladas en Tarragona

07/05/2018
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El tribunal descarta ensañamiento porque no se probó "prolongación de la agonía"

TARRAGONA, 4 (EUROPA PRESS)

La Audiencia de Tarragona ha condenado a un acusado a 19 años de prisión por asesinar a una mujer con quien mantenía una relación de amistad clavándole más de 20 cuchilladas el 9 de octubre de 2015 en el campamento del camino de la Budallera de Tarragona, además de que deberá indemnizar a la familia con 200.000 euros.

En la sentencia, recogida por Europa Press, el tribunal considera que el acusado Stanislav R., de nacionalidad eslovaca y sin antecedentes penales, la noche del 9 de octubre de 2015 se dirigió al campamento, donde vivía la víctima, situado en una zona boscosa aislada de difícil acceso, en una noche en que se encontraba sola.

En un momento dado, encontrándose fuera de la tienda de campaña y utilizando un cuchillo con una hoja de 35 milímetros de ancho, el acusado asestó múltiples cuchilladas a la víctima provocándole un shock hipovolémico por el que murió, y su cadáver no fue encontrado hasta dos días después por la madre de la mujer.

Durante el juicio, el acusado reconoció haber mantenido relaciones consentidas con la mujer, aunque ella después empezó a gritarle que le denunciaría, por lo que él entró en pánico y le asestó dos ó tres puñaladas --o incluso más-- pero indicó que no recordaba el detalle porque iba borracho, aunque el tribunal rechaza aplicar las atenuantes de confesión o alcoholemia.

El tribunal descarta un delito de violación en grado de tentativa porque en el juicio no quedó acreditado si la relación sexual que mantuvieron ambos esa noche fue o no consentida por la mujer y si hubo penetración.

HUBO ALEVOSÍA

La sentencia recoge el criterio de la Audiencia, que considera que las más de 20 cuchilladas, algunas de ellas en zonas especialmente vitales, como cuello o tórax, "denotan una evidente intención de matar, máxime si se tiene en cuenta que el cuchillo utilizado tenía unos 35 milímetros de ancho y una longitud lo suficientemente larga como para llegar a diversas zonas óseas del cuerpo".

Considera que hubo el agravante de alevosía ya que no sólo se produjo un mero desequilibrio de fuerzas entre agresor y víctima, sino que las circunstancias de tiempo, lugar, la imposibilidad de la víctima de recibir auxilio, la mayor fuerza física del acusado y el arma que portaba, un cuchillo una anchura aproximada de 35 milímetros y una longitud significativa, "hicieron que aquella viera prácticamente anuladas sus posibilidades de defensa".

Pese a constatar que el acusado tuvo una "conducta salvaje y despiadada", asestando más de 20 cuchilladas en el cuello, cabeza y tórax de la víctima, descartan ensañamiento porque, más allá del número de puñaladas, "no existen otros elementos de los que pudiera inferirse una intención del acusado de provocar intencionadamente un sufrimiento innecesario o una prolongación de la agonía".

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