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Programas de deporte en edad escolar

04/05/2018
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Orden de 10 de abril de 2018, conjunta de las Consejerías de Educación, de Salud y de Turismo y Deporte, por la que se aprueban los programas de deporte en edad escolar que integran el Plan de Deporte en Edad Escolar de Andalucía en el curso 2017-2018 (BOJA de 3 de mayo de 2018). Texto completo.

ORDEN DE 10 DE ABRIL DE 2018, CONJUNTA DE LAS CONSEJERÍAS DE EDUCACIÓN, DE SALUD Y DE TURISMO Y DEPORTE, POR LA QUE SE APRUEBAN LOS PROGRAMAS DE DEPORTE EN EDAD ESCOLAR QUE INTEGRAN EL PLAN DE DEPORTE EN EDAD ESCOLAR DE ANDALUCÍA EN EL CURSO 2017-2018

La Ley 5/2016, de 19 de julio Vínculo a legislación, del Deporte de Andalucía, establece en su artículo 5.d) entre los principios rectores que han de presidir la política deportiva de los poderes públicos de Andalucía la promoción del deporte en edad escolar, atribuyendo su artículo 11.h) a la Administración de la Junta de Andalucía la competencia de ordenación, planificación y coordinación del deporte en edad escolar en Andalucía, así como el fomento de su práctica en coordinación y cooperación con las entidades locales, los centros escolares y las entidades deportivas andaluzas, con la perspectiva de la promoción de estilos de vida saludables, consagrando en su artículo 30.2 que las Consejerías competentes en materia de educación, salud y deporte promoverán la práctica de la actividad física y el deporte en edad escolar en los ámbitos participativos de iniciación, promoción y rendimiento de base, a través de planes y programas específicos.

El Decreto 6/2008, de 15 de enero Vínculo a legislación, por el que se regula el deporte en edad escolar en Andalucía, dispone en su artículo 11 que el Plan de Deporte en Edad Escolar de Andalucía estará constituido por los programas de deporte en edad escolar promovidos a iniciativa de la Administración de la Junta de Andalucía, las entidades locales y las entidades deportivas andaluzas, cuya integración en el Plan se aprobará con carácter anual por Orden conjunta de las Consejerías competentes en materia de educación, salud y deporte, a propuesta de la Comisión de Seguimiento del Plan de Deporte en Edad Escolar de Andalucía, previa solicitud presentada conforme a lo dispuesto en la Orden de 11 de enero Vínculo a legislación de 2011, conjunta de las Consejerías de Educación, Salud y Turismo, Comercio y Deporte, por la que se regula el Plan de Deporte en Edad Escolar de Andalucía, y se aprueban los programas que lo integran en el curso 2010-2011, cuyo formulario que figura como Anexo III fue modificado por Resolución de 16 de enero de 2012, de la Dirección General de Planificación y Promoción del Deporte (BOJA núm. 21 de 1 de febrero), cuando dichos programas se ajusten a lo establecido en las bases de inclusión de programas de deporte en edad escolar en el Plan de Deporte en Edad Escolar de Andalucía aprobadas por Resolución de 17 de marzo de 2011, de la Dirección General de Planificación y Promoción del Deporte (BOJA núm. 62, de 29 de marzo), modificadas por su Resolución de 22 de julio de 2011 (BOJA núm. 159, de 16 de agosto).

En su virtud, tomando en consideración cuanto establece el artículo 46.4 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 11.2 Vínculo a legislación del Decreto 6/2008, de 15 de enero, a propuesta de la Comisión de Seguimiento del Plan de Deporte en Edad Escolar de Andalucía conforme a lo dispuesto en la base 11.2 de la Resolución de 17 de marzo de 2011, de la Dirección General de Planificación y Promoción del Deporte, por la que se establecen las bases para la inclusión de programas de deporte en edad escolar en el Plan de Deporte en Edad Escolar de Andalucía, modificada por su Resolución de 22 de julio de 2011,

D I S P O N E M O S

Artículo único. Objeto.

Es objeto de esta Orden la aprobación de los programas de deporte en edad escolar que integran el Plan de Deporte en Edad Escolar de Andalucía en el curso 2017-2018, que figuran en el Anexo.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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