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Unidad técnica denominada LURSAREA

23/04/2018
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Decreto Foral 12/2018, de 28 de marzo, por el que se crea la unidad técnica denominada LURSAREA Agencia Navarra del Territorio y Sostenibilidad y se integra en ella el Observatorio Territorial de Navarra (BON de 20 de abril de 2018). Texto completo.

DECRETO FORAL 12/2018, DE 28 DE MARZO, POR EL QUE SE CREA LA UNIDAD TÉCNICA DENOMINADA LURSAREA AGENCIA NAVARRA DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD Y SE INTEGRA EN ELLA EL OBSERVATORIO TERRITORIAL DE NAVARRA.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Tal y como señala el artículo 2 Vínculo a legislación del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, la actividad de ordenación del territorio y urbanística es una función pública que comprende la planificación, organización, dirección y control de la ocupación y utilización del suelo.

Añade el citado precepto que las actividades administrativas en materia de ordenación del territorio y urbanismo tienen por finalidad el desarrollo territorial sostenible de Navarra, garantizando, en cumplimiento de los principios constitucionales, el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, la utilización racional de los recursos naturales, el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, y la conservación, promoción y enriquecimiento del patrimonio histórico, artístico y cultural de Navarra, así como la participación de la comunidad en las plusvalías generadas por la acción urbanística de los entes públicos.

Asimismo, señala que los principios que deben informar toda actuación pública en relación con el territorio son:

a) El desarrollo racional y equilibrado de las actividades en el territorio, que, en todo caso, garantice su diversidad y complementariedad y asegure el óptimo aprovechamiento del suelo en cuanto recurso natural no renovable.

b) El desarrollo sostenible y cohesionado de los municipios de Navarra en términos sociales, culturales, económicos y ambientales, con el objetivo último de mantener y mejorar las condiciones de calidad de vida de todos los navarros.

Por tanto, para favorecer el desarrollo territorial sostenible y conseguir un territorio competitivo y cohesionado, es necesario trabajar en la coordinación de las políticas desarrolladas entre las diferentes administraciones locales e institucionales, empresas públicas, agentes locales, entidades locales, etc., dinamizando la puesta en marcha de iniciativas de desarrollo local sostenible a través de procesos de participación e implicación territorial.

Con esta finalidad, el Consejo de Administración de la sociedad pública Navarra de Suelo y Vivienda, S.A. (NASUVINSA), en sesión celebrada el día 31 de mayo de 2016, acordó la integración en su estructura organizativa de un área de trabajo la denominada LURSAREA Agencia Navarra del Territorio y la Sostenibilidad, cuyo objetivo es impulsar en el conjunto del territorio de Navarra el desarrollo sostenible y participado, la creación de empleo, las interrelaciones urbano-rurales y la cohesión y equilibrio territorial, al objeto de conseguir un territorio competitivo, cohesionado y culturalmente sostenible, afrontando los retos demográficos y luchando contra la despoblación.

El objetivo de NASUVINSA a través de la creación de esta área de actividad denominada LURSAREA Agencia Navarra del Territorio y Sostenibilidad es, por tanto, reforzar la labor de impulso, coordinación y dinamización de las políticas de desarrollo territorial existentes en la Comunidad Foral de Navarra, a nivel local y comarcal, al tiempo que pretende atender y dar respuesta en estos temas a las distintas líneas de acción y las demandas del departamento del Gobierno de Navarra con competencias en territorio y sostenibilidad.

En la actualidad, está adscrito a NASUVINSA como unidad técnica el denominado Observatorio Territorial de Navarra, figura que fue establecida en el artículo 15 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y que se creó mediante Decreto Foral 166/2004, de 5 de abril Vínculo a legislación, por el que se regula el Consejo Social de Política Territorial.

Las funciones concretas del Observatorio Territorial de Navarra vienen determinadas en el artículo 11 Vínculo a legislación del Decreto Foral 166/2004, de 5 de abril, por el que se regula el Consejo Social de Política Territorial.

Además, el reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Social de Política Territorial, aprobado por el propio Consejo en la sesión plenaria de 22 de marzo de 2006, dedica una parte importante del mismo al funcionamiento y tareas de Observatorio Territorial de Navarra.

Pues bien, la nueva área de actividad denominada LURSAREA Agencia Navarra del Territorio y Sostenibilidad pretende integrar las funciones del Observatorio Territorial de Navarra y, además, trabajar en la formulación, implantación y gestión de estrategias y políticas públicas para la consecución del desarrollo territorial sostenible de Navarra, a través de la sección denominada Desarrollo Territorial Sostenible, en la que se deberán ir incorporando todas aquellas líneas de actuación vinculadas como por ejemplo las de cambio climático, economía circular y territorio, espacios naturales..., por lo que se ha considerado procedente que esta área de actividad tenga carácter de unidad técnica adscrita a la sociedad pública NASUVINSA y adscribirle el Observatorio Territorial de Navarra.

De conformidad con lo expuesto, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintiocho de marzo de dos mil dieciocho,

DECRETO:

Artículo primero.-Creación de la unidad técnica LURSAREA Agencia Navarra del Territorio y la Sostenibilidad.

Se crea LURSAREA Agencia Navarra del Territorio y la Sostenibilidad como unidad técnica adscrita a la sociedad pública NASUVINSA con el fin de impulsar en el conjunto del territorio de Navarra el desarrollo sostenible y participado, la creación de empleo, las interrelaciones urbano-rurales, la cohesión y equilibrio territorial, la puesta en valor de los recursos locales, la dinamización territorial, la participación y relación con redes, la coordinación interadministrativa y la promoción del territorio.

Artículo segundo.-Ámbito funcional de la unidad técnica LURSAREA Agencia Navarra del Territorio y la Sostenibilidad.

1. Sin perjuicio de las funciones que dentro de su objeto social pueda atribuir a esta unidad técnica la sociedad pública NASUVINSA, esta tendrá por objeto, como mínimo, los ámbitos de actuación que se señalan a continuación:

a) Observatorio Territorial de Navarra: unidad de apoyo al Consejo Social de Política Territorial.

b) Desarrollo Territorial Sostenible: área responsable de la formulación, implantación y gestión de estrategias y políticas públicas para la consecución del desarrollo territorial sostenible en Navarra y la dinamización territorial.

c) Movilidad, Logística y Transporte: área responsable de la promoción y el desarrollo de estas áreas lo que incluye la participación en redes regionales, nacionales e internacionales, el seguimiento y obtención de indicadores del sector, así como la prestación de asistencia técnica al Gobierno de Navarra en esta materia.

d) Planificación Territorial: área responsable del desarrollo de instrumentos de ordenación territorial, prestando asistencia técnica al Gobierno de Navarra y asesoramiento urbanístico a las entidades locales, participando en los diferentes ámbitos territoriales, a través de las oficinas comarcales.

2. Para lograr sus objetivos la unidad técnica LURSAREA Agencia Navarra del Territorio y la Sostenibilidad llevará a cabo, entre otras, las siguientes actuaciones:

a) Observatorio Territorial de Navarra:

a.1) Unidad de apoyo al funcionamiento del Consejo Social de Política Territorial.

a.2) Realización de actividades de gestión, contabilidad, autorización de gastos y contratación relacionados con la actividad del Consejo Social de Política Territorial.

a.3) Dentro de las tareas de apoyo al ejercicio de las funciones del Consejo Social de Política Territorial podrá:

-Recabar el apoyo de los diversos órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus entes instrumentales.

-Acceder a los datos y a la información con que cuente la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus entes instrumentales, con salvaguarda de aquellos datos que puedan afectar a la normativa de protección de datos de carácter personal.

-Redactar informes y dictámenes previos a la posición del Consejo Social de Política Territorial sobre disposiciones de carácter general relacionadas con la ordenación territorial de Navarra, así como sobre normas, planes y proyectos de iniciativa estatal o europea que puedan, directa o indirectamente afectar al territorio de Navarra.

-Llevar a cabo la evaluación continua de la Estrategia Territorial de Navarra así como la preparación de propuestas para su revisión.

-Adaptar la Estrategia Territorial de Navarra a los objetivos y retos de la Agenda 2030 y apoyo a la Comisión Interdepartamental de ODS.

-Desarrollar las investigaciones metodológicas y bases de datos e indicadores del desarrollo regional, territorial y de la sostenibilidad de Navarra.

a.4) Recogida de datos, análisis territorial, seguimiento y evaluación de las políticas públicas desde la óptica territorial y de sostenibilidad económica, social y ambiental de Navarra, así como su comunicación y divulgación.

a.5) Llevar a cabo las funciones encomendadas por el Consejo Social de Política Territorial en las vertientes administrativa y técnica.

a.6) Divulgación, difusión, edición de materiales, organización de jornadas.

b) Desarrollo Territorial Sostenible.

b.1) Objetivos generales.

-Dinamización territorial, implementación y fomento de políticas y planes de acción de carácter transversal vinculados entre otros a las diferentes estrategias promovidas por el Gobierno de Navarra.

-Integrar transversalmente las políticas públicas de incidencia territorial y ambiental, aplicando políticas públicas deliberativas.

-Fomentar el equilibrio territorial de Navarra y de los principios de sostenibilidad desde las premisas de desarrollo social, económico y medioambiental.

-Impulsar el emprendimiento, la economía social y el empleo verde en el ámbito local y comarcal.

-Impulso de la economía circular.

-Apoyar la transferencia de conocimientos y la participación en las redes regionales, transregionales y transnacionales.

-Realizar análisis, diagnósticos y formulación de propuestas y alternativas para la ordenación territorial desde una perspectiva sostenible, a través de la información obtenida y de un conjunto de indicadores de diagnóstico y seguimiento.

-Realizar estudios y proyectos temáticos sobre aspectos de interés para el desarrollo territorial y regional navarro.

-Analizar y realizar propuestas en relación con los impactos territoriales de las políticas sectoriales regionales, nacionales y supranacionales.

-Participar en redes y proyectos de carácter nacional e internacional en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

-Fomentar la puesta en marcha de pactos de sostenibilidad, entre los distintos agentes sociales e instituciones implicadas.

-Integrar las distintas estrategias, directrices y convenios internacionales y europeos, la Agenda 2030 y cuantas sean necesarias en los procesos de dinamización territorial para conseguir que Navarra sea un territorio más cohesionado, competitivo y sostenible.

-Divulgación, difusión, edición de materiales, organización de jornadas.

-Coordinación entre empresas públicas del Gobierno de Navarra y entre los diferentes departamentos para favorecer el máximo aprovechamiento de sinergias, y la implementación de estrategias de forma ágil, y eficiente.

b.2) Objetivos de dinamización territorial.

-Coordinar con los grupos de Acción Local, con entidades locales, con empresas públicas y otros colectivos públicos con funciones de interlocución, cooperación, visibilización, formación, difusión y promoción.

-Fomentar la interrelación, la coordinación y el trabajo en red entre los grupos de acción local y la administración para impulsar el desarrollo sostenible.

-Generar dinámicas de transmisión de las estrategias del Gobierno de Navarra a los territorios y viceversa, creando vehículos de transmisión de las iniciativas que partan de los territorios hacia el Gobierno.

-Crear dinámicas para favorecer las relaciones urbanas y rurales.

-Impulsar la cooperación entre entidades públicas, privadas y sociales a nivel local, y comarcal y la figura de los “contratos territoriales” como método y marco para la definición de las estrategias y la promoción del desarrollo local.

-Apoyar a nivel local y comarcal la implantación de los procesos participativos que por ley se exigen en la tramitación de los proyectos, planes y estrategias.

-Apoyar a nivel local y comarcal la implantación de los procesos participativos que se estimen convenientes para avanzar en el desarrollo sostenible de los territorios y comarcas.

-Divulgación, difusión, edición de materiales, organización de jornadas.

b.3) Objetivos de sostenibilidad.

-Fomentar la corresponsabilidad para la sostenibilidad.

-Apoyar técnicamente la redacción, actualización e implementación de las Agendas Locales 21 de sostenibilidad así como cooperar con la Red Navarra de Entidades Locales Sostenibles -Red Nels- y con las entidades locales interesadas en la mejora de la sostenibilidad en el ámbito local.

-Cooperar con todas las instituciones y agentes implicados en los distintos procesos de mitigación y adaptación al cambio climático en Navarra, incluyendo acciones de formación, comunicación y participación ciudadana.

-Promover en el ámbito local la transición hacia un nuevo modelo económico productivo más sostenible y bajo en carbono.

-Continuar con las labores de asesoramiento, participación, apoyo técnico, investigación, seguimiento y evaluación territorial y mantener criterios de sostenibilidad en la ocupación del territorio.

Artículo tercero.-Presupuesto.

La unidad técnica LURSAREA Agencia Navarra del Territorio y la Sostenibilidad tendrá sección presupuestaria propia dentro del presupuesto de la sociedad pública NASUVINSA. Esta sección estará constituida por las partidas consignadas a tal fin y nutridas de la forma que se determine al aprobarse el presupuesto.

Artículo cuarto.-Adscripción del Observatorio Territorial de Navarra a la unidad técnica LURSAREA Agencia Navarra del Territorio y la Sostenibilidad.

Se adscribe orgánicamente a la unidad técnica LURSAREA Agencia Navarra del Territorio y la Sostenibilidad, el Observatorio Territorial de Navarra.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Disposición adicional primera.-Habilitación a la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

Se faculta a la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local para dictar las disposiciones precisas en desarrollo y ejecución de este decreto foral.

Disposición adicional segunda.-Adecuación del artículo 11 del reglamento de funcionamiento del Consejo Social de Política Territorial que se encuentra recogido en el artículo 11 Vínculo a legislación del Decreto Foral 166/2004, de 5 de abril.

El Consejo Social de Política Territorial adecuará su reglamento de organización y funcionamiento a lo dispuesto en el presente decreto foral y, en concreto, en todo lo relacionado con el Observatorio Territorial de Navarra que se encuentra recogido en el artículo 11 Vínculo a legislación del Decreto Foral 166/2004, de 5 de abril, por el que se regula el Consejo Social de Política Territorial.

DISPOSICIÓN FINAL

Disposición final única.-Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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