RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 5333-2017, CONTRA EL ARTÍCULO 1 DEL DECRETO-LEY DE LA GENERALITAT DE CATALUÑA 5/2017, DE 1 DE AGOSTO, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA ORDENACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE DE VIAJEROS EN VEHÍCULOS DE HASTA NUEVE PLAZAS.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 21 de marzo actual, en el recurso de inconstitucionalidad núm. 5333-2017, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, contra el art. 1 del Decreto-Ley de la Generalitat de Cataluña 5/2017, de 1 de agosto, de medidas urgentes para la ordenación de los servicios de transporte de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, ha acordado: “Levantar la suspensión del art. 1 del Decreto-Ley de la Generalidad de Cataluña 5/2017, de 1 de agosto, de medidas urgentes para la ordenación de los servicios de transporte de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas.”. Suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el “Boletín Oficial del Estado” núm. 294, de 4 de diciembre de 2017.
Madrid, 21 de marzo de 2017.-La Secretaria del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.