Diario del Derecho. Edición de 02/07/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 19/01/2017
 
 

Audiencia Provincial de A Coruña

La Audiencia de A Coruña condena al Popular a pagar el dinero de cláusulas suelo a una clienta

19/01/2017
Compartir: 

La Audiencia Provincial de A Coruña ha dictado la primera sentencia en la que se aplica la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre cláusulas suelo y en la que se condena a la entidad demandada --el Banco Popular-- "a devolver a la clienta las cantidades cobradas de más".

A CORUÑA, 18 Ene. (EUROPA PRESS) -

En concreto, condena a la entidad a abonar el dinero cobrado "en aplicación de esta cláusula desde la firma del contrato, y no desde la sentencia del Tribunal Supremo de mayo de 2013", según informa el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

"Sin perjuicio de la reducción del diferencial que eventualmente haya sido aplicada en cada anualidad conforme al contrato", aclaran los magistrados en una sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia de A Coruña.

En el fallo, se consideran igualmente nulas, "por abusivas", otras cláusulas del contrato de préstamo hipotecario concedido en su día por Banco Pastor.

OTRAS OBLIGACIONES

Así, condena al banco a abstener de aplicar las previsiones de vencimiento anticipado del préstamo en apartados como incendio de la finca hipotecada, expropiación, embargo o anotación preventiva sobre la finca hipotecada o "si los prestatarios y/o hipotecantes incumplieran o infringieran cualquiera de los pactos establecidos en esta escritura y/o impuestos por las leyes".

Así, estima el fallo presentado por una particular contra la sentencia, de abril de 2016, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Ferrol y estima íntegramente la demanda promovida contra el Banco Popular.

También establece que esta deberá restituir a la demandante "las sumas percibidas por la prestamista en cuanto excedan --desde la primera revisión de 1 de abril de 2007 y en cada una de las sucesivas-- de la aplicación del tipo de interés variable convenido (Euribor más 2,35 puntos), sin perjuicio de la reducción del diferencial que eventualmente haya sido aplicada en cada anualidad conforme al contrato".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: ¿Tienen o no tienen los jueces el derecho a la huelga?; por Agustín Ruiz Robledo, Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada
  2. Estudios y Comentarios: Amnistía y estupidez; por Jorge Rodríguez-Zapata, profesor de Derecho Constitucional
  3. Estudios y Comentarios: ¿Un Tribunal para la Constitución?; por Germán M. Teruel Lozano, profesor titular de Derecho Constitucional de la Universidad de Murcia
  4. Estudios y Comentarios: La punta del iceberg; por Manuel Cancio Meliá, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Madrid
  5. Tribunal Supremo: Se encuentra protegido por la fe pública registral quien es tercero respecto de un título de adquisición nulo y que adquiere de manera válida del titular que lo fue en virtud de un acto nulo
  6. Actualidad: España, séptimo país por la cola en la UE en percepción ciudadana de la independencia de los jueces
  7. Actualidad: Justicia habla de "normalidad casi absoluta" tras el primer día de huelga de jueces y fiscales
  8. Actualidad: El TSJN absuelve a un hombre condenado a 4 meses de prisión por responder con un golpe a un puñetazo recibido
  9. Actualidad: La Audiencia Nacional envía a prisión a dos detenidos por la presunta estafa 'cripto' de FX Winning
  10. Tribunal Supremo: Establece el TS que el principio de íntegra regularización en relación a la compensación de cuotas de IVA de periodos anteriores no es aplicable cuando ya se ha producido la comprobación administrativa de la que se pretende extraer la consecuencia favorable

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana