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Nuevas directrices

Bruselas publica directrices para aclarar límites del derecho a compensación de los pasajeros aéreos

13/06/2016
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La Comisión Europea ha publicado este viernes nuevas directrices para clarificar el alcance de la normativa europea sobre los derechos de los pasajeros aéreos antes del periodo de vacaciones estivales, por ejemplo el derecho a una compensación en caso de retraso o cancelación del vuelo o denegación del embarque.

BRUSELAS, 10 Jun. (EUROPA PRESS) -

"Todos los ciudadanos de la UE que viajan en avión deben recibir el nivel de protección al que tienen derecho", ha justificado la comisaria de Transporte, Violeta Bulc, que ha confiado en que las nuevas directrices "aportarán más claridad y certidumbre legal para garantizar que las normas se aplican de forma correcta" tras las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que han afectado al contenido y alcance de la normativa, que entró en vigor en 2005.

La legislación europea sobre los derechos de pasajeros aéreos es de las más avanzadas a nivel mundial y prevé un elevado nivel de protección en el caso de "circunstancias imprevisibles" para los que viajan en avión hacia y desde un país de la UE.

Las directrices publicadas este viernes clarifican el alcance del derecho a la compensación en caso de un retraso de tres horas respecto al horario de la llegada prevista de un vuelo o el derecho a recibir una compensación por perder una conexión por el retraso del vuelo sobre la hora prevista.

Así, aclaran que en caso de retraso en la salida del vuelo los pasajeros tendrán derecho a cuidados, al reembolso y al vuelo de regreso y en el caso de un retraso largo del vuelo de llegada de al menos tres horas, el pasajero tendrá el mismo derecho a recibir una compensación que en el caso de la cancelación de un vuelo.

Cuando el retraso de llegada es inferior a las cuatro horas para trayectos de más de 3.500 kilómetros desde un aeropuerto ubicado fuera de la UE, la compensación podrá reducirse a la mitad y se elevaría a los 300 euros.

Las directrices también precisan que en el caso de que un vuelo sea desviado y el pasajero aterrice en un aeropuerto que no se corresponde con el indicado como destino final según el plan de viaje original, ello se considerará como una cancelación, a menos que el pasajero reciba otra propuesta para redirigirle al aeropuerto inicialmente previsto u otro de su elección "en condiciones de transporte comparables" lo antes posible, en cuyo caso se considerará como un retraso.

CANCELACIONES POR CIRCUNSTANCIAS EXTRAORDINARIAS.

En caso de cancelación, el pasajero tendrá derecho al reembolso del billete o que el reprogramen el vuelo o al vuelo de retorno, a cuidados y una compensación, que deberá pagarse por su parte si el pasajero no ha sido informado de la cancelación con un tiempo suficiente de antemano. La compensación no deberá pagarse sin embargo si la aerolínea puede probar que la cancelación se ha debido a circunstancias extraordinarias inevitables.

En el caso de denegación de embarque, el texto precisa por ejemplo que si ocurre debido al hecho de que la aerolínea ha cancelado el vuelo o porque redirige al pasajero a través de otro vuelo, éste tendrá derecho a "una compensación adicional" por parte de la aerolínea. Pero no se considerará en cambio una situación de denegación de embarque en cambio cuando no se autoriza a un pasajero a coger el vuelo de regreso si "no se presentó" en el vuelo de ida y no utilizó este billete pese a tener la reserva.

Asimismo, las directrices precisan que "circunstancias extraordinarias" como defectos técnicos ligados al funcionamiento indebido "prematuro" de componentes del avión o por la colisión de un avión no exime a la aerolínea del pago de una compensación en caso de retraso o cancelación del vuelo.

El documento también aclara el derecho a asistencia de los pasajeros en el caso de acontecimientos excepcionales como la nube de cenizas por la erupción de un volcán islandés en 2010 que provocó la cancelación de cientos de vuelos.

Las directrices se aplicarán hasta la adopción o entrada en vigor de las nuevas normas de derechos de pasajeros aéreos propuesta por el Ejecutivo comunitario en 2013, que están siendo negociadas en la actualidad por los Veintiocho y la Eurocámara.

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