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Conflicto positivo de competencia n.º 3647-2015

11/11/2015
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Conflicto positivo de competencia n.º 3647-2015, contra los artículos 1, 2, 3, y disposiciones adicionales primera, segunda y tercera, transitoria y finales primera, segunda, tercera y cuarta, del Decreto de la Generalitat de Cataluña 69/2015, de 5 de mayo, por el que se modifica la demarcación de los registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles de Cataluña (BOE de 11 de noviembre de 2015). Texto completo.

CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA N.º 3647-2015, CONTRA LOS ARTÍCULOS 1, 2, 3, Y DISPOSICIONES ADICIONALES PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA, TRANSITORIA Y FINALES PRIMERA, SEGUNDA, TERCERA Y CUARTA, DEL DECRETO DE LA GENERALITAT DE CATALUÑA 69/2015, DE 5 DE MAYO, POR EL QUE SE MODIFICA LA DEMARCACIÓN DE LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES MUEBLES DE CATALUÑA.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 3 de noviembre actual en el conflicto positivo de competencia núm. 3647-2015, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Gobierno de la Nación, ha acordado: a) Declarar la desaparición sobrevenida del objeto del incidente sobre el mantenimiento o levantamiento de la suspensión de la disposición final cuarta del Decreto de la Generalitat de Cataluña 69/2015, de 5 de mayo, por el que se modifica la demarcación de los registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles de Cataluña. b) Mantener la suspensión de los artículos 1, 2 y 3 y del segundo párrafo de la disposición adicional primera, de las disposiciones adicionales segunda y tercera, de la disposición transitoria y de la disposición final segunda, salvo su primer inciso, del Decreto de la Generalitat de Cataluña 69/2015, de 5 de mayo, por el que se modifica la demarcación de los registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles de Cataluña. c) Levantar la suspensión del primer párrafo de la disposición adicional primera, de la disposición final primera, del inciso inicial de la disposición final segunda (“Se autoriza al consejero o consejera competente en materia de notarías y registros públicos de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles a dictar las normas que sean necesarias para interpretar y ejecutar este Decreto”) y de la disposición final tercera del Decreto de la Generalitat de Cataluña 69/2015, de 5 de mayo, por el que se modifica la demarcación de los registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles de Cataluña. Suspensión que se produjo con la admisión del mencionado Conflicto positivo de competencia y que fue publicada en el “Boletín Oficial del Estado” núm. 164, de 10 de julio de 2015.

Madrid, 3 de noviembre de 2015.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

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