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  • EDICIÓN DE 11/11/2015
 
 

Medidas de apoyo para dotar de servicios de acceso a Internet de banda ancha

11/11/2015
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Orden de 3 de noviembre de 2015, del Consejero de Hacienda y Finanzas, por la que se deroga la Orden de 11 de julio de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se establecen medidas de apoyo para dotar de servicios de acceso a Internet de banda ancha en el marco del Proyecto Konekta Zaitez@Banda Zabala (BOPV de 10 de noviembre de 2015). Texto completo.

ORDEN DE 3 DE NOVIEMBRE DE 2015, DEL CONSEJERO DE HACIENDA Y FINANZAS, POR LA QUE SE DEROGA LA ORDEN DE 11 DE JULIO DE 2007, DE LA CONSEJERA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, POR LA QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS DE APOYO PARA DOTAR DE SERVICIOS DE ACCESO A INTERNET DE BANDA ANCHA EN EL MARCO DEL PROYECTO KONEKTA ZAITEZ@BANDA ZABALA.

La Orden de 11 de julio de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se establecen medidas de apoyo para dotar de servicios de acceso a Internet de banda ancha en el marco del Proyecto Konekta Zaitez@Banda Zabala supuso la regulación del régimen de concesión de medidas de apoyo en el marco del proyecto Konekta Zaitez@Banda Zabala, cuyo fin es contribuir al desarrollo de la Sociedad de la Información en Euskadi, facilitando la prestación de servicios de Internet en Banda Ancha, mediante una actuación que haga asequible, tanto la adquisición del equipo terminal de la persona usuaria para la conexión a dicho servicio dentro de la solución tecnológica, general o específica, inicialmente definida y aplicable de manera individual, como la implantación de soluciones colectivas basadas en tecnologías inalámbricas punto-multipunto en bandas de frecuencia libres (tecnología Wifi o similares).

Actualmente toda la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Euskadi, incluida la de las zonas más remotas y menos pobladas, están asistidas por operadores privados para el acceso a internet, habiéndose logrado el objetivo de hacer posible el acceso de todas las personas físicas o jurídicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi a internet, incluidas las que se encuentran en las zonas de escasa densidad poblacional o de dificultades orográficas inherentes, no siendo necesaria la intervención de los poderes públicos.

En consecuencia, habiéndose cumplido con el objetivo de la Orden de 11 de julio de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y en aras a la mayor eficacia y eficiencia de la utilización de los recursos públicos se dispone derogar la orden anterior.

Por todo ello, y en su virtud de las competencias atribuidas a este Departamento de Hacienda y Finanzas por el artículo 9.1.r) del Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, y por el artículo 3.2.c) del Decreto 192/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Hacienda y Finanzas,

DISPONGO:

Artículo único.- Objeto.

Queda derogada la Orden de 11 de julio de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, modificada por Orden de 18 de febrero de 2010 de la Consejera de Justicia y Administración Pública, por la que se establecen medidas de apoyo para dotar de servicios de acceso a Internet de banda ancha en el marco del Proyecto Konekta Zaitez@Banda Zabala.

DISPOSICIÓN FINAL.- Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

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