Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 05/08/2015
 
 

Módulos económicos de sostenimiento de los centros concertados

05/08/2015
Compartir: 

Orden de 29 de julio de 2015, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, por la que se actualizan los módulos económicos de sostenimiento de los centros concertados (BOPV de 4 de agosto de 2015). Texto completo.

ORDEN DE 29 DE JULIO DE 2015, DE LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y CULTURA, POR LA QUE SE ACTUALIZAN LOS MÓDULOS ECONÓMICOS DE SOSTENIMIENTO DE LOS CENTROS CONCERTADOS.

La Ley 5/2014, de 23 de diciembre Vínculo a legislación, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2015, recoge en su anexo IV la relación de módulos económicos de sostenimiento de los centros concertados, sus componentes y sus respectivos importes para cada nivel educativo.

En su apartado 5 se recoge que el componente de gasto de personal docente de las enseñanzas obligatorias será actualizado a partir de 1 de septiembre de 2015 mediante orden de la consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, incrementando el concepto de sustituciones de un 2% a un 3%. Esta orden fijará los nuevos importes de los módulos económicos y será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco.

Por tanto, atendiendo a lo establecido en el apartado 5 del anexo IV de la Ley 5/2014, de 23 de diciembre Vínculo a legislación, por el que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2015, se actualiza el concepto de sustituciones de los módulos económicos correspondientes a los niveles de educación infantil (2.º ciclo), educación primaria, educación secundaria obligatoria, educación especial abierta de primaria y secundaria, proyectos de refuerzo educativo y diversidad curricular y se fijan los nuevos importes correspondientes a sus módulos económicos.

Por todo lo dicho,

DISPONGO:

Artículo único.- Actualizar los módulos económicos de sostenimiento de los centros concertados de los niveles de enseñanza que se establecen en el anexo y que entrarán en vigor a partir del 1 de septiembre de 2015.

Anexo

Omitido.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana