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Magistrado del TC

Pablo García Manzano asegura que la Constitución "no define categóricamente" la delimitación de competencias

31/07/2015
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El magistrado del TC incide en que en sentencia 31/2010 del Estatuto de Cataluña "se desaprovechó" la ocasión de "complementar" la Constitución

SANTANDER, 30 (EUROPA PRESS)

El magistrado emérito del Tribunal Constitucional (TC) Pablo García Manzano ha asegurado este jueves en Santander que la Constitución Española de 1978 "no define categóricamente" la delimitación de las competencias exclusivas del Estado y que, a su juicio, "parece que el constituyente lo hubiese dejado en manos del intérprete de la Constitución", en referencia al TC.

Así, ha afirmado que la delimitación de las competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas (CC.AA) es una "labor lejana" para el Constitucional, pero que tiene que hacerla a pesar de que "no parte de una interpretación clara" de la triple concepción competencial legislativa, de desarrollo y de ejecución.

Durante su intervención en la última jornada del encuentro 'Tribunal Constitucional: logros y dudas', que se clausura este jueves en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP), García Manzano, ha asegurado, por lo tanto, que comprende que algunas líneas de actuación del TC sean "reprobables", pero ha aclarado que "no hay que reprochárselo" a este tribunal.

Además, ha considerado que en algunas ocasiones el TC realiza esta labor de "forma rotunda", como fue el caso de la sentencia 31/2010 sobre el Estatuto de Cataluña, con la que, a su juicio, "se desaprovechó" la ocasión de "complementar" la Constitución.

En relación con esta sentencia, ha asegurado que al TC le "habría bastado" con declarar inconstitucional al Estatuto porque no aceptaba las normas del Estado "si no eran normas con rango del Ley con un mínimo común normativo" y porque a una autonomía no le corresponde asumir la competencia de definir las bases legislativas que no ha introducido el constituyente.

En este sentido, ha comentado que en esta sentencia se recoge que lo que expresaba el Estatuto catalán "no es lejano" a la que es la mejor aproximación de lo que deben ser las bases legislativas.

Igualmente, ha recordado que el Constitucional "no se limitó a rechazar" este aspecto, sino que admitió que la jurisprudencia ha tenido "hipótesis distintas". Y ha añadido que lo que le "llama la atención" es que el TC no se refirió a las excepciones del concepto de bases estatales, sino que lo hizo "como elementos o variables", lo que, a su juicio, incide en la "indefinición" existente en este ámbito.

Asimismo, ha comentado que en los Estatutos de Autonomía hay varios puntos "polémicos", como la delimitación del territorio, que "adolece de indeterminación", al mismo tiempo se ha referido a que el Estado está utilizando últimamente la cláusula de condiciones básicas de igualdad en cuestiones como el derecho a la salud o a la viviendo como un "colchón salvavidas" porque, según ha añadido, no se recoge en la Constitución.

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