Diario del Derecho. Edición de 25/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 01/07/2015
 
 

CP

Los jueces podrán decretar el cierre de mezquitas según el nuevo Código Penal

01/07/2015
Compartir: 

Los jueces podrán decretar el cierre de cualquier establecimiento o local si queda acreditado que se emplea para promover el odio o el fanatismo, incluyendo centros de culto religioso como las mezquitas, en aplicación del Código Penal que entrará en vigor mañana, han informado este martes fuentes del Ministerio de Justicia.

MADRID, 30 (EUROPA PRESS)

La nueva norma castiga a quienes fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias.

El delito es aplicable a las personas jurídicas y prevé que "los jueces y tribunales" impongan a los centros que tengan esta categoría como condena "la clausura de sus locales y establecimientos por un plazo que no podrá exceder de cinco años", en caso de ser declaradas culpables.

También contempla la prohibición de realizar en el futuro las actividades en cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto el delito y la inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas.

Esta medida se ha puesto en marcha en Túnez para el refuerzo de la seguridad tras el atentado contra un complejo hotelero en una playa de Susa. El Gobierno del país magrebí tiene previsto cerrar todas las mezquitas que no estén bajo control del Ministerio de Asuntos Religiosos, unas 80, durante una semana, por "incitar a la violencia", .

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana